SAN, 25 de Enero de 2007

PonenteMARIA ASUNCION SALVO TAMBO
EmisorAudiencia Nacional. Sala Contencioso Administrativo, Sección 6ª
ECLIES:AN:2007:169
Número de Recurso667/2005

MERCEDES PEDRAZ CALVO JOSE MARIA DEL RIEGO VALLEDOR SANTIAGO PABLO SOLDEVILA FRAGOSO CONCEPCION MONICA MONTERO ELENA MARIA ASUNCION SALVO TAMBO

SENTENCIA

Madrid, a veinticinco de enero de dos mil siete.

Visto el recurso contencioso-administrativo que ante esta Sección Sexta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional y bajo el número 667/05, se tramita a

instancia de la entidad ALTADIS, S.A., representada por la Procuradora Dña. María Teresa Goñi

Toledo, contra resolución del Tribunal Económico Administrativo Central de fecha 13 de octubre de 2005, sobre Impuesto sobre el Valor Añadido a la Importación; y en el que la Administración

demandada ha estado representada y defendida por el Sr. Abogado del Estado; siendo la cuantía

del mismo 113.199 euros.

ANTECEDENTES DE HECHO
  1. La parte actora interpuso, en fecha 19 de diciembre de 2005, este recurso respecto del acto antes aludido; admitido a trámite y reclamado el expediente se le dio traslado para que formalizara la demanda, lo que hizo en tiempo; y en ella realizó una exposición fáctica y la alegación de los preceptos legales que estimó aplicables, concretando su petición en el suplico de la misma, en el que literalmente dijo: "Que, admitiendo el presente escrito, tenga por formalizada demanda contra la Resolución del Tribunal Económico-Administrativo Central por la que se desestima la reclamación económico-administrativa interpuesta por su representada contra el Acta A02-70958170 incoada por el concepto intereses de demora derivados de las cuotas de IVA no satisfechas según lo dispuesto en el acta A01-73803761 y, previos los trámites legales preceptivos, dicte en su día Sentencia en la que declare la nulidad de la liquidación contenida en la mencionada acta. Fijándose como cuantía del presente recurso 113.199,00 euros."

  2. De la demanda se dio traslado al Sr. Abogado del Estado, quien en nombre de la Administración demandada contestó en un relato fáctico y una argumentación jurídica que sirvió al mismo para concretar su oposición al recurso en el suplico de la misma, en el cual solicitó: "Que, teniendo por presentado este escrito, se sirva admitirlo y tener por contestada la demanda, con devolución de los autos, dictando previos los trámites legales, sentencia por la que se desestime el presente recurso, con imposición de costas a la parte recurrente.".

  3. No habiéndose solicitado el recibimiento a prueba del recurso siguió el trámite de Conclusiones, a través del cual las partes, por su orden, han concretado sus posiciones y reiterado sus respectivas pretensiones, tras lo cual quedaron los autos pendientes de señalamiento, lo que se hizo constar por medio de providencia de 30 de octubre de 2006; y finalmente, mediante providencia de 16 de noviembre de 2006 se señaló para votación y fallo el día 23 de enero de 2007, en que...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
1 sentencias
  • STS, 4 de Mayo de 2011
    • España
    • May 4, 2011
    ...la Sección Sexta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional en fecha 25 de enero de 2007, recaída en el recurso nº 667/2005 , sobre IVA a la importación; habiendo comparecido como parte recurrida la ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO, dirigida y asistida del Abogado......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR