STSJ Galicia , 2 de Diciembre de 2004
Ponente | CARLOS LOPEZ KELLER |
ECLI | ES:TSJGAL:2004:4941 |
Número de Recurso | 4451/2001 |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Fecha de Resolución | 2 de Diciembre de 2004 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
RECURSO 02 /0004451 /2001 EN NOMBRE DEL REY La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, ha pronunciado la:
SENTENCIA Nº 853/ 2.004 Ilmos. Sres.
DON CARLOS LÓPEZ KELLER.- PTE. DON JOSÉ ANTONIO MÉNDEZ BARRERA DON JOSÉ MARÍA ARROJO MARTÍNEZ En la ciudad de A Coruña, a dos de diciembre de dos mil cuatro.
En el proceso contencioso-administrativo que con el número 02 /0004451 /2001 pende de resolución de esta Sala, interpuesto por DELEGACIÓN DEL GOBIERNO EN GALICIA, representado por D/ña. y dirigido por ABOGADO DEL ESTADO, contra acuerdo del Ayuntamiento de Narón de 26 -1 -01, por el que se aprueba la moción relativa al uso del gallego como lengua oficial del Concello. Es parte como demandada el AYUNTAMIENTO DE NARÓN, el cual no se encuentra personado en estos autos, pese haber sido emplazado conforme determina el artículo 63.1 de la Ley Jurisdiccional de 1956. La cuantía del recurso es indeterminada.
Admitido a trámite el recurso contencioso administrativo presentado, se practicaron las diligencias oportunas y se mandó que por la parte recurrente se dedujera demanda, lo que realizó a medio de escrito en el que tras exponer los hechos y fundamentos de derecho pertinentes, suplica que se dicte sentencia estimando íntegramente el recurso interpuesto.
La Corporación demandada no se encuentra personada en estos autos, pese haber sido emplazada conforme determina el artículo 63.1 de la Ley Jurisdiccional de 1956 .
Finalizado el trámite de conclusiones conferido a las partes, se declaró concluso el debate escrito y se señaló para votación y fallo el día veinticinco de noviembre de 2004.
En la sustanciación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.
VISTO: Siendo Ponente el Iltmo. Sr. D. CARLOS LÓPEZ KELLER.
Es objeto de este recurso el acuerdo plenario del Ayuntamiento de Narón de 26 de enero de 2001 que aprobó una moción sobre el uso del gallego como lengua oficial del mismo (punto 7º del orden del día).
En el escrito de demanda se matiza que la impugnación afecta solo a los puntos 4°, 5º y 6º de dicho acuerdo, que para mejor comprensión se transcriben seguidamente, rezando así: "4°.- As empresas adxudicatarias ou...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba