RESOLUCION DE 25 DE ABRIL DE 1996, de la Direccion general de Trabajo, por la que se dispone la Inscripcion en el Registro y Publicacion del Texto de los acuerdos de Modificacion del V convenio colectivo de «iberia lae, sociedad anonima, y sus tripulantes pilotos».

MarginalBOE-A-1996-11360
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Cultura
Rango de LeyResolución

Vista la Resolución de esta Dirección General de Trabajo de fecha 21 de marzo de 1996, por la que se dispone la inscripción en el Registro y publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del texto de los acuerdos de modificación del V Convenio Colectivo de «Iberia LAE, Sociedad Anónima, y sus Tripulantes Pilotos», publicación que se realizó en el «Boletín Oficial del Estado» de fecha 9 de abril de 1996; Resultando que mediante comunicación de fecha 11 de abril de 1996 la Comisión Negociadora presenta escrito en este organismo en el que pone de manifiesto que en la documentación que remitió en su momento para registro y publicación, se omitió, por error, incluir el Acuerdo de 28 de diciembre de 1994 que formaba parte como anexo del acta de fecha 19 de febrero de 1996 tal y como se recoge en el propio texto de la misma;

Considerando que esta Dirección General es competente para proceder a la rectificación de la resolución de inscripción y publicación del texto del Convenio Colectivo que nos ocupa, de conformidad con lo establecido en el artículo 105 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en relación con el artículo 90.2 y 3 del Real Decreto Legislativo l/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y demás normas de general aplicación,

Esta Dirección General de Trabajo acuerda:

Disponer el registro y publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del Acuerdo de 28 de diciembre de 1994 como parte integrante del anexo al V Convenio Colectivo de «Iberia LAE, Sociedad Anónima, y sus Tripulantes Pilotos».

Madrid, 25 de abril de 1996.-La Directora general, Soledad Córdova Garrido.

ANEXO

En Madrid, siendo las trece horas del día 28 de diciembre de 1994, se reúnen las personas que se relacionan a continuación:

En representación de «Iberia, LAE»:

Don Javier Salas Collantes.

Don Miguel Cuenca Valdivia. Don Juan A. Sáez Elegido.

Don Juan Losa Montañés.

Don Sergio Turrión Barbado.

En representación de SEPLA-Iberia:

Don Armando Guajardo Fajardo-Chaves.

Don Santiago Martínez Martínez.

Don Jesús García Sánchez.

Don Mario Durán Montero.

Don Pedro García Alvarez.

Don Daniel González Tur.

Don Ricardo Ramos Losantos.

Don Valentín Paniagua Quevedo.

Don Arturo Gómez Rivera.

EXPONEN

Iberia ha puesto en práctica, en el marco del plan estratégico de 1991, las medidas de ajuste y mejoras de productividad previstas en el mismo, pese a ello la situación de la compañía ha empeorado produciéndose unos resultados económicos de elevadas pérdidas y con unas perspectivas patrimoniales y financieras que amenazan su viabilidad.

Ello ha sido fundamentalmente debido a una incidencia superior a la prevista en la recesión de la economía mundial y específicamente de la del sector de transporte aéreo, así como a la mayor apertura de nuestros mercados a la competencia.

Siendo conscientes las partes de que las condiciones del mercado en que actúa Iberia se están modificando tanto por el adelanto de la liberación del mercado doméstico y de los servicios aeroportuarios españoles como por el nuevo marco regulador altamente competitivo del mercado europeo, se hace necesario adoptar una política de defensa de los ingresos poniendo en marcha actuaciones similares a las que realizan las compañías líderes del sector, con el fin de lograr el objetivo de fortalecer su posición en los mercados prioritarios.

A los anteriores objetivos, la Dirección de «Iberia, LAE», buscará el apoyo de las Administraciones Aeronáuticas Nacionales de las compañías participadas, de manera que se coordinen, en la medida en que la Ley Aeronáutica de cada país lo permita, las decisiones de estas Administraciones Aeronáuticas con la gestión más eficiente de sus compañías nacionales.

Adicionalmente se procederá a una ampliación de capital que dote a la empresa de una estructura de balance en línea con las del sector y que asegure su estabilidad.

Para la consecución de los anteriores objetivos, ambas partes están de acuerdo en la necesidad de propiciar el diálogo permanente entre la Dirección de la compañía y la sección sindical de SEPLA, al igual que con el resto de los trabajadores de la empresa, para hacer olvidar la crisis vivida, y desarrollar eficazmente la política de viabilidad adoptada en el presente acuerdo, aglutinando en torno a la Dirección a todos los estamentos de la empresa.

SEPLA-Iberia hace constar sus reservas sobre la oportunidad y la eficacia de la incorporación de UGT y CC.OO. a la Comisión Ejecutiva de la compañía por las consecuencias disuasorias que para la entrada de nuevos accionistas pueda tener la insólita presencia sindical en tal ámbito de decisión, en comparación con las empresas de la competencia.

La sección sindical de SEPLA en Iberia hace constar que el sacrificio que adopta lo hace en función de las expectativas creadas entre la totalidad del personal de Iberia, LAE, respecto a la búsqueda de una alternativa que asegure, al menos a medio plazo, sus puestos de trabajo, pues habrá que esperar algún tiempo para comprobar si este nuevo ejercicio de definición de un plan de viabilidad se lleva a buen término.

No obstante todo lo anterior, las partes consideran imprescindible, al buen fin de la viabilidad de la empresa, que la gestión empresarial del grupo sea autónoma en sus decisiones para lograr el desarrollo más eficaz de Iberia, LAE.

Por todo ello, ambas partes de común acuerdo y en la representación que ostentan,

ACUERDAN

CAPÍTULO I

Saneamiento financiero

Con el objeto de dotar a Iberia, LAE, de una estructura financiera saneada y teniendo en cuenta las posibilidades reales del accionista, se propondrá una ampliación de capital por valor de 130.000 millones de pesetas.

Adicionalmente a estos 130.000 millones de pesetas se procederá a un último tramo al final de la vigencia del plan, es decir, en 1997, a realizar por inversores privados por una cuantía a determinar en el entorno de los 25.000 millones de pesetas.

Con la inmediatez que permita una buena venta, la empresa procederá a la enajenación de parte de las participaciones en las compañías americanas, y resto de activos del grupo, en base a una programación en 1995-1996-1997, de manera que se obtenga recursos propios dentro del plan de viabilidad.

A medio plazo, la Dirección y el accionista principal por la captación de recursos adicionales privados, cuidando TENEO de mantener la gestión y control de la compañía.

CAPÍTULO II

Organización de Iberia, LAE

  1. El grupo Iberia mantendrá, como mínimo, su actual capacidad de producción. Si por imperativos jurídicos de la Unión Europea hubiera que proceder a una disminución de la capacidad operadora y productiva del actual grupo, en ningún caso dicha reducción se producirá a costa de la matriz Iberia, LAE.

  2. Ambas partes valoran positivamente los efectos económicos que supone la reabsorción por Iberia, LAE, del trabajo cedido a Viva Air y la dedicación de esta compañía al mercado chárter, por ello:

    Iberia, LAE, asumirá antes del 1 de febrero de 1995 la operación de los vuelos que con código Iberia realiza en la actualidad la compañía Viva Air. Asimismo, la Dirección adquiere el compromiso de dedicar en el plazo máximo del año 1995, a la citada compañía a la operación chárter, de manera que se alcance la máxima actividad económica y de operación de vuelo.

    Durante el año 1995 se transferirán a la...

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