SAN, 7 de Febrero de 2002
Ponente | MERCEDES PEDRAZ CALVO |
Emisor | Audiencia Nacional. Sala Contencioso Administrativo, Sección 6ª |
ECLI | ES:AN:2002:7581 |
Número de Recurso | 1378/1998 |
MERCEDES PEDRAZ CALVO JOSE MARIA DEL RIEGO VALLEDOR SANTIAGO PABLO SOLDEVILA FRAGOSO CONCEPCION MONICA MONTERO ELENA FERNANDO DELGADO RODRIGUEZ
SENTENCIA
Madrid, a siete de febrero de dos mil dos.
Vistos los autos del recurso contencioso-administrativo num 1378/98 que ante esta Sala de lo
contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional ha promovido el Procurador de los Tribunales
D. Pablo Oterino Menéndez, en nombre y representación de CONSTRUCCIONES HERMANOS
CARRAJO S.A. frente a la Administración del Estado defendida y representada por el Sr. Abogado
del Estado, contra Resolución dictada por el Tribunal Económico-Administrativo Central el día 24
de Junio de 1.998, en materia relativa a Impuesto sobre el Valor Añadido con una cuantía de
41.956.850 pesetas. Ha sido Ponente la Magistrado Dª Mercedes Pedraz Calvo.
La recurrente indicada interpuso recurso contencioso-administrativo ante esta Sala contra la Resolución de referencia mediante escrito de fecha 3-IX-98. La Sala dictó Providencia acordando tener por interpuesto el recurso, ordenando la reclamación del expediente administrativo y la publicación de los correspondientes anuncios en el BOE.
En el momento procesal oportuno la parte actora formalizó la demanda mediante escrito en el cual, tras alegar los hechos y fundamentos de derecho que estimó de rigor, termino suplicando se dicte sentencia anulando los actos administrativos impugnados.
El Abogado del Estado contestó a la demanda para oponerse a la misma, y con base en los fundamentos de hecho y de derecho que consideró oportunos, terminó suplicando la desestimación del recurso.
Las partes, por su orden presentaron sus respectivos escritos de conclusiones, para ratificar, respectivamente, lo solicitado en los de demanda y contestación a la demanda.
La Sala dictó Providencia señalando para votación y fallo del recurso la fecha del 6 de Febrero de 2.002, en que se deliberó y votó habiendose observado en su tramitación las prescripciones legales.
Es objeto de impugnación en el presente recurso contencioso-administrativo el Acuerdo dictado el día 24 de Junio de 1.998 por el Tribunal Económico-Administrativo Central en el recurso RG 10515-96 RS 76-97 por el que se desestima la reclamación en única instancia interpuesta por CONSTRUCCIONES HERMANOS CARRAJO S.A. hoy actora contra Acuerdo del TEAR de Galicia de 4-XII-96 recaído en el expediente núm. 32/1090/94 sobre el IVA, ejercicio 1993 y cuantía 49.925.534 ptas.
Los hechos que se encuentran en el origen del presente recurso son los siguientes: la recurrente en la declaración-liquidación del último periodo y resumen anual de 1.993 presentó un saldo final a su favor de 49.925.534 ptas., solicitando su devolución. La A.E.A.T. practicó liquidación provisional admitiendo la devolución únicamente de 7.968.627 ptas, porque en la facturación del periodo aparecen obras de ejecución de un inmueble destinado a la "Congregación de...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba-
ATS, 3 de Diciembre de 2003
...de 7 de febrero de 2.002 de la Sala de lo Contencioso-Administrativo (Sección Sexta) de la Audiencia Nacional, dictada en el recurso nº 1378/98, sobre liquidación practicada por el concepto de Impuesto sobre el Valor En virtud de providencia de 23 de septiembre de julio de 2.003 se puso de ......