SAP Toledo 12/2007, 9 de Febrero de 2007

PonenteGEMA ADORACION OCARIZ AZAUSTRE
ECLIES:APTO:2007:136
Número de Recurso172/2006
ProcedimientoAPELACION JUICIO DE FALTAS
Número de Resolución12/2007
Fecha de Resolución 9 de Febrero de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Toledo, Sección 1ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1

TOLEDO00012/2007

Rollo Núm................... 172/2.006.-

Juzg. Instruc. Núm...... 1 de Orgaz.-

J. Faltas Núm.............. 140/2.006.-

SENTENCIA NÚM. 12

‹ /h1›

AUDIENCIA PROVINCIAL DE TOLEDO

SECCION PRIMERA

Ilma. Sra. Magistrado

Dª. GEMA ADORACION OCARIZ AZAUSTRE

En la Ciudad de Toledo, a nueve de febrero de dos mil siete.

Esta Sección Primera de la Ilma. Audiencia Provincial de TOLEDO, integrada por los Ilmos. Sres. Magistrados que se expresan en el margen, ha pronunciado, en NOMBRE DEL REY, la siguiente,

SENTENCIA

Ante esta Audiencia Provincial se ha visto el presente recurso de apelación penal, Rollo de la Sección número 172 de 2.006, contra la sentencia dictada por el Juzgado de Instrucción Núm. 1 de Orgaz, por una falta de hurto, en el Juicio de Faltas Núm. 140/06, en el que han intervenido, como apelante Jesús Carlos, defendido por el Letrado Sr. Ortiz Novillo.

ANTECEDENTES
PRIMERO

Por el Juzgado de Instrucción Núm. 1 de Orgaz, con fecha 8 de junio de 2.006, se dictó sentencia en el juicio de faltas de que dimana este rollo, cuya PARTE DISPOSITIVA dice: "Que debo condenar y condeno a Jesús Carlos como autor de una falta de hurto a la pena de multa de 45 días a razón de una cuota diaria de 6 Euros y a indemnizar a Evaristo en la cantidad que se determine en ejecución de sentencia por las herramientas sustraídas".-

SEGUNDO

Contra la anterior resolución y por el condenado, dentro del término establecido se interpuso recurso de apelación formulando por escrito sus motivos de impugnación, y recurso del que se dio traslado al resto de las partes, que le contestaron por escrito, los que fueron unidos al correspondiente procedimiento, y efectuado se remitió a esta Audiencia, donde se formó el oportuno rollo y nombrado Ponente, quedaron vistas para dictar resolución.-

SE CONFIRMAN Y RATIFICAN los hechos probados, fundamentos de derecho y fallo de la resolución recurrida, en cuanto se entienden ajustados a derecho, por lo que, en definitiva, son

Se declara probado que "en una obra que se está ejecutando en la C/ San Rafael de la localidad de Madrilejos (Toledo) por el denunciante, Jesús Carlos sustrajo herramientas consistentes en doce reglas o miras de aluminio, ocho calderos de goma y ocho puntales, de la citada obra sin autorización de su dueño, en el presente procedimiento denunciante".-

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se alza la recurrente contra la sentencia apelada alegando que debe declararse la nulidad de la misma porque dicho recurrente, denunciado por la falta enjuiciada, no fue debidamente citado al acto del juicio. Son dos los requisitos ineludibles cuya concurrencia se precisa para que pueda decretarse la nulidad de actuaciones que solicita en su recurso el apelante, tanto en relación con la sentencia apelada como en relación al juicio previamente celebrado y por el que recayó aquella, siendo que además la concurrencia de dichos requisitos ha de constar de forma rotunda e...

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