ORDEN IRP/401/2007, de 5 de noviembre, por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones para la realización de actividades de defensa y promoción de los derechos humanos y se abre convocatoria pública para la presentación de solicitudes para el año 2008 y el bienio 2008-2009.

SecciónDisposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE INTERIOR, RELACIONES INSTITUCIONALES Y PARTICIPACIÓN
Rango de LeyOrden

ORDEN

IRP/401/2007, de 5 de noviembre, por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones para la realización de actividades de defensa y promoción de los derechos humanos y se abre convocatoria pública para la presentación de solicitudes para el año 2008 y el bienio 2008-2009.

El Estatuto de autonomía de Cataluña indica, en el artículo 4 de su título preliminar que .Los poderes públicos de Cataluña tienen que promover el pleno ejercicio de las libertades y los derechos que reconocen este Estatuto, la Constitución, la Unión Europea, la Declaración universal de derechos humanos, el Convenio europeo para la protección de los derechos humanos y los otros tratados y convenios internacionales suscritos por España que reconocen y garantizan los derechos y las libertades fundamentales.. Al mismo tiempo insiste en la necesidad que los poderes públicos promuevan la libertad y la igualdad de los individuos y grupos y los valores de la libertad, la democracia, la igualdad, el pluralismo y la paz, entre otros.

En este sentido, el Departamento de Interior, Relaciones Institucionales y Participación tiene como uno de sus principales objetivos desarrollar una política pública de fomento de la paz y dotarse de los instrumentos necesarios para llevarla a cabo, en el marco de lo que prevé la Ley de fomento de la paz. Por este motivo, se creó el Programa para el Instituto Catalán Internacional por la Paz con una doble finalidad: por una parte, crear el Instituto Catalán Internacional por la Paz y, de otra, impulsar una política de fomento de la paz por parte de los diferentes departamentos de la Generalidad, de forma coordinada y transversal.

El Programa para el Instituto Catalán Internacional por la Paz se ha transformado en la Oficina de Promoción de la Paz y de los Derechos Humanos, que tiene por objetivos, además de elaborar el proyecto final del Instituto, desarrollar unas políticas públicas de fomento de la paz y de promoción de los derechos humanos, de acuerdo con el Consejo Catalán de Fomento de la Paz, como espacio de participación y consulta sobre políticas de fomento de la paz, y programar acciones en el ámbito del fomento de la paz y los derechos humanos.

La voluntad de crear el Instituto Catalán Internacional por la Paz, y, con este objeto, la dotación del Programa para su creación en el seno del Departamento de Interior, Relaciones Institucionales y Participación, respondieron a la necesidad expresada muchas veces por el mismo movimiento por la paz de dotarse de un instrumento institucional que impulsará, potenciará y ayudará a vertebrar el conjunto de grupos, personas, entidades e instituciones que dan fuerza al movimiento por la paz y los derechos humanos.

A esta necesidad corresponden actividades destinadas a reforzar e impulsar las actuaciones que desde hace muchos años la sociedad organizada, desde las entidades, está llevando a cabo en favor del fomento de los derechos humanos en nuestro país.

No hay que olvidar, además, que en el año 2008 se celebrará el 60º aniversario de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, ocasión especialmente importante para evaluar los resultados y los principales retos que afectan al sistema de protección de los derechos humanos instaurado por las Naciones Unidas.

Por eso, y de acuerdo con sus objetivos, el Departamento de Interior, Relaciones Institucionales y Participación abre dos líneas de subvenciones dirigidas a incrementar la toma de conciencia de la sociedad catalana del valor y contenido de los derechos humanos, y fortalecer las redes de entidades catalanas que trabajan en este terreno así como su capacidad de actuación a través de cuatro herramientas de actuación a disposición de las entidades: la formación, la investigación, la difusión y la participación.

Para esta finalidad, es necesario aprobar las bases reguladoras de las subvenciones para proyectos dirigidos al fomento de los derechos humanos a través de las actuaciones anteriormente mencionadas.

Vistos el capítulo IX del Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña, y la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones;

Visto lo que dispone la Ley 13/1989, de 14 de diciembre, de organización, procedimiento y régimen jurídico de la Administración de la Generalidad de Cataluña, con los informes previos de la Asesoría Jurídica de Relaciones Institucionales y Participación y de la Intervención Delegada,

Ordeno:

Artículo 1

1.1 Se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones para la realización de actividades de defensa y promoción de los derechos humanos que figuran en el anexo de esta Orden.

1.2 Se abren dos convocatorias públicas:

La convocatoria para proyectos a desarrollar durante el año 2008.

La convocatoria para proyectos a desarrollar durante los años 2008-2009.

Se abren ambas convocatorias para la presentación de solicitudes para la obtención de las subvenciones previstas en las bases reguladoras que figuran en el anexo de esta Orden.

Artículo 2

El plazo de presentación de solicitudes para la obtención de estas subvenciones empezará el día siguiente de la publicación de esta Orden en el DOGC y finalizará treinta días hábiles después de su publicación.

Artículo 3

3.1 Los entes beneficiarios de las subvenciones correspondientes a la convocatoria anual del año 2008, tienen hasta el 7 de noviembre de 2008 para presentar la correspondiente cuenta justificativa.

3.2 Los entes beneficiarios de las subvenciones correspondientes a la convocatoria bienal de los años 2008-2009, tienen hasta el 9 de noviembre de 2009 para presentar la correspondiente cuenta justificativa.

Artículo 4

Esta convocatoria se financia con cargo a la aplicación presupuestaria IT05D/482370100/1210 o partida equivalente del presupuesto del Departamento de Interior, Relaciones Institucionales y Participación para el año 2008, y queda condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente. La convocatoria anual del año 2008 tiene destinada una cuantía máxima total de 350.000 euros. La convocatoria bienal por los años 2008-2009 tiene destinada una cuantía máxima total de 600.000 euros, distribuyéndose de la siguiente manera: 300.000 euros para el año 2008 y 300.000 euros para el año 2009.

Disposición final

Esta Orden entrará en vigor al día siguiente de haberse publicado en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya.

Barcelona, 5 de noviembre de 2007

Joan Saura i Laporta

Consejero de Interior, Relaciones Institucionales y Participación

Anexo

Bases reguladoras de las subvenciones para la realización de actividades de defensa y promoción de los derechos humanos

.1 Objeto

Se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para proyectos dirigidos a defender y promocionar los derechos humanos.

.2 Beneficiarios

Pueden optar a las subvenciones reguladas en estas bases las entidades sin ánimo de lucro cuya sede social se encuentra en Cataluña, que cumplan con las condiciones siguientes:

  1. Disponer de sede social o delegación con establecimiento permanente en Cataluña, así como tener una presencia activa, capacidad de movilización y base social amplia en el territorio catalán. La entidad tiene que tener un equipo de gestión o un órgano de trabajo con capacidad de decisión en Cataluña que pueda asumir la responsabilidad directa de la presentación de la solicitud y estar en condiciones de dar en todo momento a la Generalidad de Cataluña cualquier aclaración, información y documentación relativa a la contabilidad y gestión del proyecto durante su fase de seguimiento y ejecución.

  2. Disponer de capacidad logística, recursos humanos, materiales o experiencia para garantizar los objetivos del proyecto que se pide subvencionar.

    .3 Requisitos de los entes beneficiarios y forma de...

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