SAP Zaragoza 599/2005, 7 de Noviembre de 2005

PonenteJAVIER SEOANE PRADO
ECLIES:APZ:2005:2650
Número de Recurso510/2005
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución599/2005
Fecha de Resolución 7 de Noviembre de 2005
EmisorAudiencia Provincial - Zaragoza, Sección 5ª

SENTENCIA núm. 599 / 2005

ILMOS. Señores:

Presidente:

D. PEDRO ANTONIO PÉREZ GARCÍA

Magistrados:

D. JAVIER SEOANE PRADO

D. ANTONIO LUIS PASTOR OLIVER

En ZARAGOZA, a siete de Noviembre de dos mil cinco.

En nombre de S.M. el Rey,

VISTOS por esta Sección 005 de la Audiencia Provincial de ZARAGOZA, en grado de apelación, los Autos de JUICIO VERBAL 0000108/2005, procedentes del JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 11 de ZARAGOZA, a los que ha correspondido el ROLLO DE APELACIÓN núm. Nº 510 de 2005, en los que aparece como parte apelante D. Juan Enrique y OPTIMA 2004, S.L. representados por el procurador D. GUILLERMO GARCIA-MERCADAL GARCIA-LOYGORRI, y asistido por el Letrado Dª YOLANDA MOMPEL LASHERAS, y como parte apelada Dª Irene representado por el procurador D. ROBERTO POZO PARADIS y asistido por el Letrado D. MIGUEL LANASPA CUELLO; siendo Magistrado Ponente el Ilmo. Sr. D. JAVIER SEOANE PRADO.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se aceptan los de la sentencia apelada de fecha 25 de abril de 2005 , cuyo FALLO es del tenor literal siguiente: "Que, estimando la demanda promovida en JUICIO VERBAL Nº 108/A-205, instado por el Procurador Sr. Pozo Paradís, en nombre y representación de Dña. Irene , contra Dn. Juan Enrique y contra OPTIMA 2004, debo condenar y condeno a dichos demandados a que paguen a la actora 1.835,84 euros, en concepto de principal, más el interés legal de dicha suma desde la fecha de la interposición judicial de la demanda, condenándoles asimismo al pago de las costas procesales".

SEGUNDO

Notificada dicha sentencia a las partes por la representación procesal de las codemandadas, se interpuso contra la misma recurso de apelación; y dándose traslado a la parte contraria se opuso; remitiéndose las actuaciones a esta Sección Quinta de la Audiencia, previo emplazamiento de laspartes.

TERCERO

Recibidos los Autos y cinta de video; y personadas las partes, se formó el correspondiente Rollo de Apelación con el número ya indicado, y se señaló para deliberación, votación y fallo el día 31 de octubre de 2005.

CUARTO

En la tramitación de estos autos se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Se aceptan los de la resolución recurrida en tanto no se opongan a los de la presente resolución y;

PRIMERO

Dª Irene reclama 1.835'84 € a D. Juan Enrique y la entidad Optima 2004. SL como honorarios profesionales por la redacción de un contrato que el primero le encomendó en su condición de administrador de la mercantil y en su propio nombre.

Los demandados se opusieron a la demanda, como primeramente a la reclamación monitoria que precedió al presente verbal, alegando que el trabajo no le había sido entregado completo y que la cuantía exigida es superior a la acordada, pues la actora, que no le dio presupuesto previo alegando razones de amistad con una amigo común, le había indicado no importaría más de 360 €.

La juzgadora de primer grado rechazó los motivos de oposición expresados y estimó la demanda en su integridad, resolución que ha sido impugnada por los condenados...

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