SAP Las Palmas 65/2006, 10 de Mayo de 2006

PonenteMARIA OLIVA MORILLO BALLESTEROS
ECLIES:APGC:2006:1040
Número de Recurso4/2005
Número de Resolución65/2006
Fecha de Resolución10 de Mayo de 2006
EmisorAudiencia Provincial - Las Palmas, Sección 1ª

MARIA OLIVA MORILLO BALLESTEROSJOSE LUIS GOIZUETA ADAMELAURA MIRAUT MARTIN

S E N T E N C I A

Ilmos. Sres.:

Presidente:

Dª. María Oliva Morillo Ballesteros.

Magistrados:

D. José Luis Goizueta Adame.

Dª. Laura Miraut Martín.

En Las Palmas de Gran Canaria, a diez de mayo de dos mil seis.

Visto ante esta Audiencia Provincial, Sección Primera, la causa procedente del Juzgado de Instrucción número Siete de Las Palmas, por delito de Homicidio en grado de tentativa, contra Carlos Alberto, hijo de Francisco y Pino, nacido el 18-03-1961, natural y vecino de Las Palmas, sin antecedentes penales, con DNI NUM000 y en prisión provisional por esta causa desde el 4-01-2005, representado por el Procurador Sr. León Ramírez y defendido por la Sra. Letrada Dª. Josefina Navarrete Hernández, habiendo sido parte acusadora el Ministerio Fiscal y Ponente el Ilma. Sra. Dª. María Oliva Morillo Ballesteros.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Ministerio Fiscal en el trámite de conclusiones modificó el escrito de acusación, y se calificaron definitivamente los hechos como constitutivos de un delito de Homicidio en grado de tentativa del artículo 138, 16 y 62, todos del Código Penal de 1.995 , y un delito de maltrato familiar del artículo 153 del CP , concurriendo la circunstancia mixta agravante de parentesco del artículo 23 del CP en relación con el delito de homicidio y la eximente incompleta de alcoholismo del artículo 21.1 en relación con el artículo 20.2 CP y estimando autor del mismo al acusado , para el que solicitó la pena de cuatro años y seis meses de prisión para el delito de homicidio intentado y seis meses de prisión por el delito de maltrato familiar, y la prohibición de tenencia o porte de armas durante tres años y la prohibición de aproximarse o comunicarse en cualquier forma con la victima por tiempo de cinco años, y abono de costas.

En concepto de responsabilidad civil solicitó que el acusado indemnice a Dª. Cristina en 3.450 euros, con el interés establecido en el artículo 576.1º de LEC.

SEGUNDO

La defensa de la acusada se adhiere y acepta en su integridad la calificación del Ministerio Fiscal, solicitando se le impusiera a su representado las indicadas penas e indemnización.

PRIMERO

Probado y así se declara, que sobre las 16.30 horas del día cuatro de enero de 2005, el acusado Carlos Alberto, de 44 años de edad, nacido el 18-03-61, con antecedentes penales por delito contra la propiedad, cuando se encontraba en el interior de su domicilio sito en el numero NUM001 de la CALLE000, en compañía de su pareja sentimental Cristina, quien había acudido al lugar con la finalidad de retirar sus pertenencias al dar por finalizada su relación de pareja, con el propósito de acabar con la vida de esta ultima, se apodero de un cuchillo de cocina de 15 centímetros de hoja, y tras manifestarle a esta "si no eres mía no vas a ser de nadie, en la cárcel no se esta tan mal, si no eres mía no vas a ser de nadie" inicio movimientos oscilatorios de atrás a adelante con el citado cuchillo, intentando la victima distraerlo con su conversación, no logrando su propósito, por cuanto el acusado se abalanzo hacia adelante, cortándola en el segundo dedo de la mano derecha y hundiendo el arma en la región mamaria izquierda, a la altura del corazón, causándole una herida incisa de 4 cm. de longitud y cola de ratón, profunda y no suturada con drenaje, retorciendo posteriormente el acusado el cuchillo en el interior del cuerpo de la victima, lesiones para cuya sanidad la perjudicada preciso dos asistencias facultativas.

Una vez hubo extraído el cuchillo, el agresor se disponía a clavarlo nuevamente en el otro costado de Cristina, circunstancia que no se produjo a consecuencia de la estratagema urdida por esta ultima, quien manifestó a su agresor "que la dejara tranquila, pues ya había logrado el objetivo pretendido, al estarse muriendo"

Cristina fue trasladada al Hospital Insular donde permanecería durante algunas horas en observación.

El acusado en hora no determinada del día anterior (3 de enero de 2005) con el propósito de menoscabar la integridad física de Cristina, y en represalia a la negativa de acompañarle a Fuerteventura, ya la había acometido, en el interior del citado domicilio sito en el numero NUM001 de la CALLE000 de esta capital, dándole un fuerte cabezazo, sin que conste que se produjeran lesiones objetivables, circunstancia esta que desembocaría en una crisis de la relación y que daría lugar mas tarde a los hechos que se describen con anterioridad.

La perjudicada ha consecuencia de las dos lesiones incisas, ha estado incapacitada para sus ocupaciones habituales durante 15 días, sufriendo estrés postraumático moderado y perjuicio estético leve, lesiones estas por las que se reclama.

El acusado padece desde hace años una grave adicción al consumo de alcohol de la que ha intentado recuperarse en diferentes tratamientos sin conseguirlo; y en el momento de ocurrir los hechos el acusado había consumido abundantes bebidas alcohólicas mezclada con medicación lo que limitó gravemente sus facultades volitivas y cognoscitivas.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Los hechos declarados probados son legalmente constitutivos de un delito de Homicidio intentado del artículo 138 en relación con el artículo 16 del C.P . , y un delito de maltrato familiar previsto y penado en el artículo 153 de CP ,

A la conclusión de que los narrados son los realmente acaecidos hemos llegado tras una valoración en conciencia de las pruebas practicadas en el acto del plenario en condiciones de inmediación, oralidad y contradicción y con todas las garantías legales y constitucionales; pruebas que son de signo inequívocamente incriminatorio o de cargo y aptas para enervar la presunción de inocencia.

En relación al delito de homicidio intentado el acusado ha reconocido que acometió con un cuchillo a su víctima causándole las lesiones descritas en...

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