SAP Murcia 252/2002, 25 de Junio de 2002
Jurisdicción | España |
Emisor | Audiencia Provincial de Murcia, seccion 1 (civil) |
Fecha | 25 Junio 2002 |
Número de resolución | 252/2002 |
SENTENCIA NÚM. 252/2.002
ILMOS. SRES.
D. CARLOS MORENO MILLÁN
PRESIDENTE
D. FRANCISCO JOSÉ CARRILLO VINADER
D. ÁLVARO CASTAÑO PENALVA
MAGISTRADOS
En la ciudad de Murcia, a veinticinco de junio del año dos mil dos.
Habiendo visto en grado de apelación la Sección Primera de esta Audiencia Provincial los autos de Juicio de menor cuantía número 71/01 que en primera instancia se ha seguido en el Juzgado Civil número Siete de Murcia entre las partes, como actor y ahora apelante D. Constantino , representado por la Procuradora Sra. Velasco Vivancos y defendido por el Letrado Sr. Pedreño Balibrea, y como demandada y ahora apelada la mercantil Pelayo, Mutua de Seguros, S. A., representada por el Procurador Sr. Hurtado López y defendida por la Letrada Sra. Barceló Sempere. Siendo ponente el Ilmo. Sr. Magistrado don FRANCISCO JOSÉ CARRILLO VINADER que expresa la convicción del Tribunal.
El Juzgado de instancia citado con fecha 18 de septiembre de 2.001 dictó en los autos principales de los que dimana el presente rollo la sentencia cuya parte dispositiva dice así: "FALLO: Que desestimando la demanda formulada por la Procuradora doña Purificación Velasco Vivancos, en nombre y representación de D. Constantino , contra la compañía de seguros Mutua de Seguros Pelayo, representada por el Procurador D. José Miguel Hurtado López, debo de absolver y absuelvo a la demandada de las peticiones formuladas en su contra con expresa condena al pago de las costas procesales a la parte actora".
Contra la anterior sentencia, en tiempo y forma, interpuso recurso de apelación D. Constantino , por discrepar de todos sus pronunciamientos.
Admitido a trámite el recurso, se dio traslado a la otra parte, quien presentó escrito oponiéndose al mismo, pidiendo la confirmación de la sentencia.
Por el Juzgado se elevaron las actuaciones a esta Ilma. Audiencia Provincial, turnándose a la Sección Primera donde se registraron con el número 260/02 de Rollo. En providencia del día 12 de junio se acordó traer los autos a la vista para dictar sentencia, señalándose para la celebración de la votación y Fallo el día de hoy.TERCERO.- En la sustanciación de ambas instancias se han observado las prescripciones legales, salvo el plazo para remitir las actuaciones a esta Sala desde el Juzgado, en el que se ha invertido más de seis meses.
La demanda se plantea para reclamar de la compañía de seguros el importe de la reparación de los daños sufridos en su vivienda como consecuencia de un siniestro cubierto por la póliza multirriesgo del hogar.
La aseguradora se opone a la demanda negando que la causa invocada de contrario sea cierta y oponiéndose a la valoración de los daños que pretende.
La sentencia de primera instancia entiende que no ha acreditado el actor la causa del desprendimiento de los azulejos y armarios de cocina, al venir contrarrestado el informe pericial presentado con la demanda por el que se aporta con la contestación y no solicitarse otro informe de perito en la fase de prueba de la presente causa.
Contra dicha resolución se plantea este recurso en el que el apelante sostiene que la sentencia ha incurrido en error en la valoración de las pruebas, solicitando que se dicte otra por la que se estime la demanda inicial.
Del recurso se dio traslado a la otra parte, que interesó la confirmación de la sentencia, con costas.
Para la sentencia de primera instancia el actor debía haber acreditado la causa del desprendimiento de los azulejos, considerando insuficiente el informe pericial presentado con la demanda (documento 6), pues resulta contrarrestado por el que la demandada ha aportado con su contestación (documento 4). La sentencia...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba