La herencia digital y analógica es una, como lo es el heredero de patrimonio digital: cuestiones sobre la inexistencia del testamento digital y la confusa oferta de contratos de servicio on line sobre voluntades digitales

Fecha01 Mayo 2023
Autor
Rev. Crítica de Derecho Inmobiliario, N.º 797, págs. 1797 a 1831. Año 2023
1797
1.4. Sucesiones
La herencia digital y analógica es una, como
lo es el heredero de patrimonio digital:
cuestiones sobre la inexistencia del testamento
digital y la confusa oferta de contratos
de servicio on line sobre voluntades digitales
Identity of the digital and analogical will
and the digital estate successor: the inexistence
of the digital will and the on-line contract
of service on the digital intentions
por
M.ª FERNANDA MORETÓN SANZ
Profesora de Derecho civil y Defensora Universitaria UNED
RESUMEN: A la luz de la jurisprudencia señera sobre el tipo de acciones o
derechos y su transmisibilidad, el denominado «testamento digital» o, por mejor
decir, «voluntades digitales», es parte del contenido no patrimonial —y cómo no,
incluido el que es evaluable patrimonialmente—, susceptible de ser recogido en unas
disposiciones testamentarias. En este punto, no se ajusta a derecho la expresión
«testamento digital», pudiendo inducir a confusión a consumidores y usuarios en
el intercambio de prestaciones con una empresa, donde el contrato de prestación
de servicios online consista en la gestión presente y futura de su huella digital en
su conjunto. Y ello teniendo en cuenta que esta «herencia digital», hipotéticamente
integra cierto tipo de contratos o relaciones previas, en las que el usuario ha sus-
crito acuerdos de carácter personalísimo y, que por tanto, no son ni transmisibles
por razón de fallecimiento, ni gestionables por un operador de esta naturaleza.
ABSTRACT: According to the case law on the type of shares or rights and the
qualities of their transferability, the so-called «digital will» or, to be exact, «digital
intentions», is part of the non-proprietary content that can be included in a will.
The expression «digital will» is neither in any case nor in conformity with the law,
as it may confuse consumers and users as subjects in the interchange of services
with a company where the online service supply contract consists of the present and
the future management of their entire digital heritage. Moreover, this considering
that there are certain types of contracts or previous relationships, in which the user
has signed agreements of a strictly confidential and personal nature, therefore, are
not transmissible by death, nor can be managed by an operators such as this one.
PALABRAS CLAVE: Testamento digital. Elementos sucesorios. Huella digital.
Contrato de prestación de servicios.
M.ª Fernanda Moretón Sanz
1798
Rev. Crítica de Derecho Inmobiliario, Nº 797, págs. 1797 a 1831. Año 2023
KEY WORDS: Digital will. Components of heredity. Digital fingerprint. Service
provision contract.
SUMARIO: I. PREÁMBULO SOBRE EL ÁMBITO DEL FENÓMENO SUCE-
SORIO Y EL CONTENIDO DEL CAUDAL HEREDITARIO: 1. LOS AR TÍCU LOS657 Y
661 DEL CÓDIGO CIVIL Y LA CONSTANTE DOCTRINA JURISPRUDENCIAL SOBRE DERECHOS Y OBLI-
GACIONES TRANSMISIBLES E INTRANSMISIBLES. 2. DERECHOS Y TÍTULOS QUE NO FORMAN PARTE
DEL CAUDAL RELICTO.—II. TITULARIDAD Y TENENCIA DE CONVERSACIONES
PRIVADAS, SMS Y LA PUBLICIDAD DE LAS DISPOSICIONES TESTAMEN-
TARIAS: NO CABE DISTINGUIR ENTRE HERENCIA DIGITAL Y ANALÓGICA
Y NO HABRÁ HEREDERO DE PATRIMONIO DIGITAL DISTINTO DEL HE-
REDERO DEL PATRIMONIO ANALÓGICO, PORQUE LA HERENCIA ES UNA
SOLA.—III.LAS VOLUNTADES DIGITALES SEGÚN LAS PRESCRIPCIONES DE
LA LEY ORGÁNICA 3/2018: 1. REGLAMENTO EUROPEO (UE) 2016/679 DEL PARLAMENTO
EUROPEO Y DEL CONSEJO DE 27 DE ABRIL DE 2016 RELATIVO A LA PROTECCIÓN DE LAS PERSONAS
FÍSICAS EN LO QUE RESPECTA AL TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES Y A LA LIBRE CIRCULACIÓN
DE ESTOS DATOS Y POR EL QUE SE DEROGA LA DIRECTIVA 95/46/CE (REGLAMENTO GENERAL DE
PROTECCIÓN DE DATOS). 2. LEY ORGÁNICA 3/2018, DE 5 DE DICIEMBRE, DE PROTECCIÓN DE DA-
TOS PERSONALES Y GARANTÍA DE LOS DERECHOS DIGITALES: A) El texto y su futuro desarrollo.
B) Notas sobre su contenido: el legislador de nuevo quiere aventurar más allá del
Reglamento europeo y añadir elementos novedosos. C) Oferta on line: prestación de
servicios. D) Potenciales contenidos de la «herencia digital». 3. LA INEXISTENCIA DE UN
TESTAMENTO DIGITAL Y LA CONFUSIÓN QUE AFECTA AL CONSENTIMIENTO DE AQUELLOS USUARIOS
QUE SUSCRIBAN ON LINE ESTOS NEGOCIOS. 4. TEXTO DE LA LEY 10/2017, DE 27 DE JUNIO, DE LAS
VOLUNTADES DIGITALES Y DE MODIFICACIÓN DE LOS LIBROS SEGUNDO YCUARTO DEL CÓDIGO CIVIL
DE CATALUÑA.—IV. UNA MENCIÓN A LA BIOMETRÍA.—V.REFLEXIONES CON-
CLUSIVAS.—VI. ÍNDICE DE RESOLUCIONES CITADAS.—VII. BIBLIOGRAFÍA.
I. PREÁMBULO SOBRE EL ÁMBITO DEL FENÓMENO SUCESORIO Y EL
CONTENIDO DEL CAUDAL HEREDITARIO
1. LOS AR TÍCU LOS657 Y 661 DEL CÓDIGO CIVIL Y LA CONSTANTE DOCTRINA JURISPRUDENCIAL
SOBRE DERECHOS Y OBLIGACIONES TRANSMISIBLES E INTRANSMISIBLES
Para sistematizar de forma convencional estas reflexiones preliminares, resul-
ta preceptivo reiterar la mejor doctrina y la tradicional disección del fenómeno
de la herencia y su contenido, donde cabe singularizar hasta tres elementos
constitutivos1. Desde esta perspectiva, el denominado elemento personal apela
al causante o al sucesor, frente a los formales que incumben al título sucesorio
y, en su caso, a la aceptación de la herencia. Finalmente, la visión estática de la
herencia, integra los elementos reales por cuanto está constituido por el conjunto
de bienes y derechos susceptibles de ser heredados2.
En nuestro Derecho común, el denominado aspecto estático o contenido de la
herencia y la propia transmisibilidad de derechos y obligaciones del causante, está
previsto, en dos preceptos esenciales. Es el caso del ar tícu lo657 que concreta que «los
derechos a la sucesión de una persona se transmiten desde el momento de su muerte»
y, a mayor abundamiento, el artículo 661, al declarar que «los herederos suceden
al difunto por el hecho solo de su muerte en todos sus derechos y obligaciones»3.
Rev. Crítica de Derecho Inmobiliario, N.º 797, págs. 1797 a 1831. Año 2023
1799
La herencia digital y analógica es una, como lo es el heredero de patrimonio digital…
Sea como fuere, esta tradicional perspectiva doctrinal sobre los elementos
hereditarios y su interpretación por parte de la doctrina jurisprudencial en cuan-
tas controversias reclaman su aplicación, se ratifica —cuando menos por el mo-
mento— ayuna de fisuras reseñables. La herencia es una, sin que la naturaleza
de los bienes, derechos y obligaciones del causante, quebrante esta perspectiva.
Cuestión distinta o condigna a esta afirmación es la de que, de aquellos bienes
del causante, alguno de ellos estuviese dotado de la categoría de personalísimo,
circunstancia esta última que, por su identidad jurídica, supondría la inmedia-
ta exclusión de la potencial transmisibilidad a sus legitimarios, mediado o no
«albacea digital».
De modo que la intransmisibilidad, emana de aquella cualificación adjetiva
y sus consecuencias imbricadas de forma inseparable. Así y como declara la sen-
tencia del Tribunal Supremo de 17 de febrero de 1981, «los herederos suceden al
difunto por el solo hecho de su muerte en todos los derechos y obligaciones, y
si bien es cierto que ante la falta de una normativa sobre los que en esta sucesión
son transmisibles o intransmisibles, ha venido la doctrina de esta Sala estableciendo,
a título enunciativo, como excepciones al principio general de la transmisibilidad,
los que en atención a su naturaleza han de tenerse como intransmisibles, como lo
han de ser los de carácter público, o los intuite personae o personales en razón a
estar ligados a una determinada persona en atención a las cualidades que le son
propias —los en general denominados o calificados de personalísimos— como
parentesco, confianza y otras, que por Ley o convencionalmente, acompañan a la
persona durante su vida; y como el que se está contemplando en autos no cabe
asimilarle a ninguno, en los que se da dichas circunstancias, es más, desvirtúa
dicho posible carácter el que la cosa sea transmitida a determinada persona, que
lo ha de ser con todos los derechos que le sean inherentes, de los que no puede
ser excepción el retracto, si la acción para ejercitarlo había nacido por haber sido
enajenada a un extraño por un copropietario de la misma cuando se transmite al
que sea el sucesor a título hereditario, teniendo este carácter, en aquel momento,
el causante de la sucesión».
Por su parte, la sentencia del Tribunal Supremo de 19 de julio de 1983 advierte
que «la norma contenida en el ar tícu lo 661 del Código Civil, del que se deduce
en consonancia con el testamento que los demandantes sucedieron a su padre
y esposo por el solo hecho de su muerte en todos sus derechos y obligaciones,
y al ar tícu lo 659 del mismo Cuerpo legal, que integra en la herencia ‘todos los
bienes, derechos y obligaciones’ que no se extingan con la muerte de su titular,
y aparece como lógica consecuencia, que, como se deduce de la Sentencia de esta
Sala de 12 mayo de 1959, las obligaciones y los derechos nacidos de vínculos con-
tractuales, salvo los supuestos de ser personalísimos o de prohibirlo el pacto o la
Ley —no concurrentes en el caso ahora contemplado— se transmiten a los herede-
ros de los contratantes, pudiendo, por lo tanto, ejercitarlas en juicio, no solo de
forma conjunta por todos los herederos, como ocurrió en la litis de que dimana
este recurso, sino también cualquier heredero en provecho de la herencia (STS
de 26 de junio de 1948)»4.
2. DERECHOS Y TÍTULOS QUE NO FORMAN PARTE DEL CAUDAL RELICTO
En defecto de norma específica que resuelva la concreta transmisibilidad de
un bien o un derecho, habremos de atender las reglas de interpretación testa-
mentaria, siendo la universal, la que declara la intransmisibilidad de los que sean

Para continuar leyendo

Comienza Gratis

Desbloquea el acceso completo con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu forma de trabajar con vLex y Vincent

  • Accede a una plataforma jurídica todo en uno, diseñada para abogados que buscan ir un paso por delante.

  • Consulta jurisprudencia, formularios, legislación, prácticos y doctrina de España y más de 100 jurisdicciones en una sola búsqueda.

  • Ahorra tiempo con IA jurídica avanzada: Vincent AI analiza documentos, resume casos y responde tus consultas en lenguaje natural con citas verificadas.

  • Encuentra exactamente lo que necesitas gracias a potentes filtros y funciones de búsqueda inteligente.

  • Actualización constante y fuentes oficiales, para trabajar siempre con información verificada y segura.

  • Utilizada por los principales despachos, instituciones públicas y universidades de referencia.

vLex

Desbloquea el acceso completo con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu forma de trabajar con vLex y Vincent

  • Accede a una plataforma jurídica todo en uno, diseñada para abogados que buscan ir un paso por delante.

  • Consulta jurisprudencia, formularios, legislación, prácticos y doctrina de España y más de 100 jurisdicciones en una sola búsqueda.

  • Ahorra tiempo con IA jurídica avanzada: Vincent AI analiza documentos, resume casos y responde tus consultas en lenguaje natural con citas verificadas.

  • Encuentra exactamente lo que necesitas gracias a potentes filtros y funciones de búsqueda inteligente.

  • Actualización constante y fuentes oficiales, para trabajar siempre con información verificada y segura.

  • Utilizada por los principales despachos, instituciones públicas y universidades de referencia.

vLex

Desbloquea el acceso completo con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu forma de trabajar con vLex y Vincent

  • Accede a una plataforma jurídica todo en uno, diseñada para abogados que buscan ir un paso por delante.

  • Consulta jurisprudencia, formularios, legislación, prácticos y doctrina de España y más de 100 jurisdicciones en una sola búsqueda.

  • Ahorra tiempo con IA jurídica avanzada: Vincent AI analiza documentos, resume casos y responde tus consultas en lenguaje natural con citas verificadas.

  • Encuentra exactamente lo que necesitas gracias a potentes filtros y funciones de búsqueda inteligente.

  • Actualización constante y fuentes oficiales, para trabajar siempre con información verificada y segura.

  • Utilizada por los principales despachos, instituciones públicas y universidades de referencia.

vLex

Desbloquea el acceso completo con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu forma de trabajar con vLex y Vincent

  • Accede a una plataforma jurídica todo en uno, diseñada para abogados que buscan ir un paso por delante.

  • Consulta jurisprudencia, formularios, legislación, prácticos y doctrina de España y más de 100 jurisdicciones en una sola búsqueda.

  • Ahorra tiempo con IA jurídica avanzada: Vincent AI analiza documentos, resume casos y responde tus consultas en lenguaje natural con citas verificadas.

  • Encuentra exactamente lo que necesitas gracias a potentes filtros y funciones de búsqueda inteligente.

  • Actualización constante y fuentes oficiales, para trabajar siempre con información verificada y segura.

  • Utilizada por los principales despachos, instituciones públicas y universidades de referencia.

vLex

Desbloquea el acceso completo con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu forma de trabajar con vLex y Vincent

  • Accede a una plataforma jurídica todo en uno, diseñada para abogados que buscan ir un paso por delante.

  • Consulta jurisprudencia, formularios, legislación, prácticos y doctrina de España y más de 100 jurisdicciones en una sola búsqueda.

  • Ahorra tiempo con IA jurídica avanzada: Vincent AI analiza documentos, resume casos y responde tus consultas en lenguaje natural con citas verificadas.

  • Encuentra exactamente lo que necesitas gracias a potentes filtros y funciones de búsqueda inteligente.

  • Actualización constante y fuentes oficiales, para trabajar siempre con información verificada y segura.

  • Utilizada por los principales despachos, instituciones públicas y universidades de referencia.

vLex

Desbloquea el acceso completo con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu forma de trabajar con vLex y Vincent

  • Accede a una plataforma jurídica todo en uno, diseñada para abogados que buscan ir un paso por delante.

  • Consulta jurisprudencia, formularios, legislación, prácticos y doctrina de España y más de 100 jurisdicciones en una sola búsqueda.

  • Ahorra tiempo con IA jurídica avanzada: Vincent AI analiza documentos, resume casos y responde tus consultas en lenguaje natural con citas verificadas.

  • Encuentra exactamente lo que necesitas gracias a potentes filtros y funciones de búsqueda inteligente.

  • Actualización constante y fuentes oficiales, para trabajar siempre con información verificada y segura.

  • Utilizada por los principales despachos, instituciones públicas y universidades de referencia.

vLex