KÖTZ, Hein: Vertragsrecht, Tubinga, 2009, ed. Mohr Siebeck, 547+XXIII pp.

AutorBruno Rodríguez-Rosado
CargoProfesor titular de Derecho civil. Universidad de Málaga
Páginas803-805

Page 803

Algo se mueve en la manualística alemana. Hasta hace bien poco la sistemática creada por Georg Arnold Heise, popularizada por los pandectistas y recibida en el BGB parecía consagrada como canon expositivo del Derecho civil contemporáneo, siendo asumida como modelo en todos los países del ámbito continental. Hoy, en cambio, no puede pasarse por alto que esa distribución de materias -parte general, obligaciones, reales, familia y sucesiones- está siendo puesta en tela de juicio en su lugar de origen, donde comienzan a ensayarse otras formas de ordenación de las instituciones propias del Derecho civil.

Las tentativas iniciales de superación de ese modelo provienen de los años sesenta del pasado siglo, cuando empezaron a aparecer una serie de libros de texto que, con el título de «Curso básico» (Grundkurs), abordaban los temas habitualmente tratados en la Parte General y en el Derecho de obligaciones, así como algunas cuestiones de los derechos reales, especialmente las referentes a los muebles. Los manuales de Musielak o Schmidt/Brügge-meier han sido ejemplos típicos de este género, y siguen gozando de amplia popularidad.

Sin embargo, ya cercano el final del siglo xx, el movimiento dio un paso adelante en el abandono del esquema tradicional encarnado en el BGB. Surge entonces una serie de manuales que, muy próximos a la tradición del common law, rompen la unidad del Derecho de obligaciones, disgregando sus elementos en unidades independientes. Si primeramente fue el Derecho de daños el que ensayó su propio camino -así en los manuales de Fuchs o del propio Kötz-, hoy la cuestión ha alcanzado el núcleo mismo del Derecho de obligaciones: la publicación por Günter Christian Schwarz de su manual sobre «Obligaciones de origen legal», englobando únicamente daños, enriquecimiento y gestión de negocios ajenos, y del presente «Derecho de contratos» de Hein Kötz marca sin duda un punto de inflexión en este proceso.

El Derecho de contratos del profesor Hein Kötz, en efecto, apenas responde a la tradición continental. Se halla mucho más vinculado a la tradición anglosajona de los manuales de contract law, cuya estela sigue incluso en aspectos externos -piénsese en la imagen figurativa de la portada, bien ajena a nuestros costumbres, pero habitual en libros de texto del common law-. Quien compare, por ejemplo, el Derecho de contratos de Kötz con el The law of contract de Treitel, hoy continuado por Peel, encontrará numerosas afinidades. Hechos...

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