ORDEN PRE/446/2004, de 2 de diciembre, por la que se hace pública la relación de las tasas vigentes que gestiona el Departamento de la Presidencia.

SecciónDisposiciones Generales
Rango de LeyOrden

ORDEN

PRE/446/2004, de 2 de diciembre, por la que se hace pública la relación de las tasas vigentes que gestiona el Departamento de la Presidencia.

Considerando el título II de la Ley 15/1997, de 24 de diciembre, de tasas y precios públicos de la Generalidad de Cataluña;

Considerando que, de conformidad con el Decreto 195/2004, de 24 de febrero, de reestructuración parcial del Departamento de la Presidencia de la Generalidad de Cataluña, este Departamento ha asumido nuevas funciones y competencias;

Considerando que la disposición final cuarta de la Ley 7/2004, de 16 de julio, de medidas fiscales y administrativas, dispone que los departamentos deben publicar, a efectos informativos, una relación de las tasas que gestionan;

Considerando el artículo 38 de la Ley 6/2004, de 16 de julio, de presupuestos de la Generalidad de Cataluña para el 2004, que prevé la actualización de las tasas con tipos de cuantía fija;

Por todo ello, de acuerdo con el artículo 12 de la Ley 13/1989, de 14 de diciembre, de organización, procedimiento y régimen jurídico de la Administración de la Generalidad de Cataluña,

Ordeno:

Artículo único

Dar publicidad, a efectos informativos, a la relación de tasas vigentes que se gestionan en el ámbito competencial del Departamento de la Presidencia, que se especifican en el anexo de esta Orden.

Barcelona, 2 de diciembre de 2004

Josep Bargalló Valls

Primer Consejero

Anexo

Tasas que gestiona el Departamento de la Presidencia y las unidades que dependen del mismo

.1 Tasa por el servicio de guarda de vehículos del Patronato de la Montaña de Montserrat.

1.1 Cuota

El importe de la cuota es:

De día (de las 6 a las 22 horas)

T: turismos; M: motos; A: autocares

Euros

Tiempo máximo

T

M

A

1/2 hora

0

0

5

Todo el día

4

2

10,5

3 días

5

3

14

7 días

6

3,5

20

15 días

7

4,5

30 días

10

6

60 días

12

9

1.2 Exenciones

Está exenta la primera media hora de uso del aparcamiento para todos los tipos de vehículos, salvo los autocares.

.2 Tasa para la adquisición, la suscripción y la publicación de anuncios en el DOGC, gestionado por la Entidad Autónoma del Diario Oficial y de Publicaciones de la Generalidad de Cataluña.

2.1 Cuota

a) La cuota de subscripción se determina según la fecha en que se efectúa, de acuerdo con el baremo siguiente:

De enero a diciembre: 142,30 euros.

De febrero a diciembre...

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