Resolución de 17 de diciembre de 2007, del Departamento de Gestión Tributaria, por la que se delegan en el titular de la Delegación Central de Grandes Contribuyentes, en sus adjuntos y en los Delegados especiales determinadas competencias en materia de comprobación del domicilio fiscal.

MarginalBOE-A-2007-22413
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Economia y Hacienda
Rango de LeyResolución

La Orden PRE/3581/2007, de 10 de diciembre de 2007, por la que se establecen los Departamentos de la Agencia Estatal de Administración Tributaria y se les atribuyen funciones y competencias, atribuye al titular del Departamento de Gestión Tributaria la competencia de iniciar y resolver los procedimientos de comprobación del domicilio fiscal cuando el domicilio declarado y aquel al que se promueve su traslado se encuentre en el ámbito territorial de distintas Delegaciones Especiales.

La Resolución de 26 de diciembre de 2005, de la Presidencia de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se establece la estructura orgánica de la Delegación Central de Grandes Contribuyentes, determina que la competencia para el inicio y la resolución de los procedimientos de cambio de domicilio fiscal a instancia de la Administración respecto de los obligados tributarios adscritos a la Delegación Central de Grandes Contribuyentes le corresponde a su titular. Les corresponderá ejercer esta competencia a los Delegados Centrales Adjuntos respecto de los obligados tributarios que les asigne el citado titular de la Delegación Central.

La Resolución de 19 de febrero de 2004, de la Presidencia de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, sobre organización y atribución de funciones en el ámbito de competencia del Departamento de Gestión Tributaria establece que tratándose de obligados tributarios no adscritos a la Delegación Central de Grandes Contribuyentes los Delegados Especiales de la Agencia Tributaria son competentes para iniciar y resolver los procedimientos de cambio de domicilio fiscal cuando el domicilio declarado y aquel al que se promueve el traslado se encuentren en el ámbito territorial de la Delegación Especial y exista discrepancia entre las Delegaciones afectadas.

Asimismo, la citada Resolución de 19 de febrero de 2004 atribuye a los Delegados la competencia para iniciar y resolver los procedimientos de cambio de domicilio fiscal cuando el domicilio declarado y aquel al que se promueve el traslado se encuentren en el ámbito territorial de la propia Delegación.

El ejercicio efectivo de las funciones de gestión tributaria atribuidas al citado Departamento, a su titular y a su organización territorial unido a la necesidad de conseguir la mayor eficacia y agilidad en la resolución de los procedimientos de cambio de domicilio fiscal entre Delegaciones Especiales, aconsejan que, la competencia para iniciar y resolver los...

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