Gestión subrogada. Principales cuestiones civiles, penales, registrales y médicas. Su evolución y consideración (1988-2019)

AutorIgnacio Lledó Benito
CargoDoctor Internacional Derecho Penal Profesor Contratado Doctor (ANECA) Profesor Derecho penitenciario UNIR
Páginas303-313
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R.E.D.S. núm. 15, Julio-Diciembre 2019 ISSN: 2340-4647
pág. 303!
GESTACIÓN SUBROGADA: PRINCIPALES
CUESTIONES CIVILES, PENALES, REGISTRALES Y
MÉDICAS. SU EVOLUCIÓN Y CONSIDERACIÓN (1988-
2019)
Ignacio Lledó Benito
Doctor Internacional Derecho Penal
Profesor Contratado Doctor (ANECA)
Profesor Derecho penitenciario UNIR
Ainhoa Gutiérrez Barrenengoa (coord.) Francisco Lledó Yagüe (dir.) (2019)
Gestación subrogada: Principales cuestiones civiles, penales, registrales y
médicas: su evolución y consideración (1988-2019). Dykinson. Madrid. 823 pp.
Sobre la gestación subrogada, explica PÉREZ MONGE1, que desde la
bioética, la mayoría del Comité de Bioética de España, entiende que todo
contrato de gestación por sustitución, lucrativo o altruista, entraña una
explotación de la mujer y un daño a los intereses superiores del menor y, por
tanto, no puede aceptarse por principio. Otros miembros del Comité, aunque
aceptan en línea de principio que esta práctica podría regularse de modo que
compaginara la satisfacción de dicho deseo con la garantía de los derechos e
intereses de los otros, no alcanzan a ver la fórmula de hacerlo en el contexto
actual. Las propuestas regulatorias que se manejan y las experiencias de otros
países son claramente deficientes en la tutela de la dignidad y derechos de la
gestante y del menor.
En atención a la naturaleza y funciones del Comité, no le corresponde
(indica la autora), traducir su parecer en una concreta propuesta de reforma
legal, pero sí, ofrecer algunos criterios que orienten aquélla, y, entre estos,
destacan tres fundamentales:
1.º Dotar de verdadera eficacia legal a la nulidad de esos contratos, de manera
que resulte aplicable también a los celebrados en el extranjero, para lo que
podría considerarse la posibilidad, entre otras medidas legales de sancionar a
las agencias que se dedicaran a esta actividad.
2.º Promover a nivel internacional un marco común regulatorio que prohíba la
celebración de contratos de gestación, en garantía de la dignidad de la mujer y
del niño.
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1 PÉREZ MONGE, M. Maternidad subrogada. Actualidad del Derecho en Aragón. Junio
2018. Pg. 28.

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