STSJ Castilla y León 835/2006, 26 de Abril de 2006

PonenteAGUSTIN PICON PALACIO
ECLIES:TSJCL:2006:3462
Número de Recurso1767/2000
Número de Resolución835/2006
Fecha de Resolución26 de Abril de 2006
EmisorSala de lo Contencioso

SENTENCIA NÚM. 835

ILTMOS. SRES.:

MAGISTRADOS:

D. EZEQUÍAS RIVERA TEMPRANO

D. AGUSTÍN PICÓN PALACIO.

Dª. MARÍA ANTONIA DE LALLANA DUPLÁ.En Valladolid, a veintiséis de abril de dos mil seis.

Visto por esta Sección Tercera de la Sala de 1o Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, con sede en Valladolid, el presente recurso en el que se impugna:

La resolución de veintitrés de febrero de dos mil, dictada por el Tribunal Económico-Administrativo Regional de Castilla y León, desestimatoria de la reclamación presentada contra la resolución del Administrador de Aduanas e Impuestos Especiales de la Delegación de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria de Valladolid, sobre uso fraudulento de gasóleo agrícola.

Son partes en dicho recurso: de una y en concepto de demandante, DON Inocencio , defendido por el Letrado don Ángel J. Domínguez Domínguez y representado por el Procurador de los Tribunales don Julio César Samaniego Molpeceres; y de otra, y en concepto de demandada, la ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO, defendida y representada por la Abogacía del Estado; siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado don AGUSTÍN PICÓN PALACIO, quien expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
Primero

Interpuesto y admitido a trámite el presente recurso y recibido el expediente administrativo, la parte recurrente dedujo demanda en que, con base en los hechos y fundamentos de derecho, solicitó de este Tribunal que se dictase sentencia "en la que estimando plenamente el Recurso,: contra la Resolución dictada por el Tribunal Económico Administrativo Regional de fecha 23 de febrero de 2000, anule y deje sin efecto la citada resolución objeto de este recurso, y subsidiariamente solicitamos la graduación de la sanción.". Por otrosi, se interesó el recibimiento a prueba del recurso.

SEGUNDO

En el escrito de contestación, con base en los hechos y fundamentos de derecho expresados en el mismo, se solicitó de este Tribunal se dictase de una sentencia que desestimase las pretensiones de la parte actora.

TERCERO

El procedimiento se recibió a prueba, desarrollándose la misma con el resultado que obra en autos.

CUARTO

Conferido traslado a las partes para presentar conclusiones, se evacuó el trámite por ambas, se señaló para votación y fallo el día veinticinco de abril de dos mil seis.

QUINTO

En la tramitación de este recurso se han observado las prescripciones legales. Salvo los plazos legales en ella fijados por causa del volumen de pendencia y trabajo que soporta la Sala.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
  1. Impugna el actor la resolución de Tribunal Económico-Administrativo Regional de Castilla y León que desestima su reclamación frente a la resolución del Administrador de Aduanas e Impuestos Especiales de la Delegación de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria de Valladolid, sobre uso fraudulento de gasóleo agrícola y que derivaba de la utilización que se le imputaba haber hecho en su camión. Resolución que la parte demandada estima correcta.

  2. Se imputa al demandado por la administración la comisión de un ilícito administrativo tipificado en el artículo 55.1 de la Ley 38/1.992, de 28 de diciembre, que Regula los Impuestos Especiales , a cuyo tenor, "1. Constituirá infracción tributaria grave la inobservancia de las prohibiciones y limitaciones de uso que se establecen en el artículo 54 de...

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