Resolución de 4 de marzo de 2010, del Fondo Español de Garantía Agraria, por la que se crea la Sede Electrónica del Organismo.

MarginalBOE-A-2010-4447
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino
Rango de LeyResolución

La Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos, reconoce, entre otros, el derecho de los ciudadanos a relacionarse con las Administraciones Públicas utilizando medios electrónicos para el ejercicio de los derechos previstos en el artículo 35 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Por otro lado, el artículo 10 de la citada Ley 11/2007, de 22 de junio, regula la creación de la sede electrónica como aquella dirección electrónica disponible para los ciudadanos a través de las redes de telecomunicaciones cuya titularidad, gestión y administración corresponde a una Administración Pública, órgano o entidad administrativa en el ejercicio de sus competencias.

De conformidad con el artículo 3.2 del Real Decreto 1671/2009, de 6 de noviembre, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos, la sede electrónica se crea mediante Orden del Ministro correspondiente o Resolución del titular del organismo público.

En consecuencia, mediante la presente Resolución se crea y regula la sede electrónica del Fondo Español de Garantía Agraria.

En su virtud, resuelvo:

Artículo 1 Objeto.

La presente Resolución tiene por objeto crear la sede electrónica del Fondo Español de Garantía Agraria (en adelante FEGA), con el fin de dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 3 del Real Decreto 1671/2009, de 6 de noviembre, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos.

Artículo 2 Características de la sede electrónica.

La sede electrónica del Fondo Español de Garantía Agraria se crea con las siguientes características:

  1. Ámbito de aplicación de la sede: Se realizarán a través de la sede electrónica del FEGA todas las actuaciones, procedimientos y servicios relacionados con el ámbito de actuación del Organismo que requieran la autenticación de los ciudadanos o de la Administración Pública, así como aquellos otros respecto a los que se decida su inclusión en la sede por razones de eficacia y calidad en la...

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