STSJ Andalucía , 7 de Octubre de 2002

PonenteRAFAEL PUYA JIMENEZ
ECLIES:TSJAND:2002:13579
Número de Recurso516/2001
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución 7 de Octubre de 2002
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCÍA SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO DE GRANADA SECCIÓN PRIMERA ROLLO NÚM. 516/01 JUZGADO: ALMERÍA NÚM. DOS SENTENCIA NÚM. 701 DE 2.002 SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Ilmo. Sr. Presidente:

Don Rafael Puya Jiménez Iltmos. Sres. Magistrados Don Juan Manuel Cívico García Doña María Luisa Martín Morales

En la Ciudad de Granada, a siete de octubre de dos mil dos. Ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con sede en Granada, se ha tramitado el recurso de apelación número 516/01 dimanante del Procedimiento Abreviado núm. 220/01, seguido ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número Dos de los de Almería , siendo parte apelante el SERVICIO ANDALUZ DE SALUD, que comparece representado y dirigido por el Letrado del mismo y parte apelada DON Daniel , que comparece en su propio nombre e interés en su calidad de funcionario.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. Dos de Almería, en fecha 13 de septiembre de 2.001, dicto sentencia núm. 182/01 en el Procedimiento Abreviado núm. 220/01 tramitado ante el mismo, en la que se acordaba: "Estimo el recurso contencioso-administrativo interpuesto por D. Daniel frente al acto administrativo de toma de posesión, de fecha 18 de enero de 2.001, consecuencia de la resolución del Iltmo. Sr. Director General de Personal y Servicios del Servicio Andaluz de Salud, de fecha 18 de diciembre de 2.000, de las que más arriba se ha hecho expresión, y, en consecuencia, anulo dicha toma de posesión por no ser conforme a derecho, declarado el derecho del actor o ocupar, de forma temporal, con efectos del día 1 de enero de 2.001, la plaza de nueva creación perteneciente a la plantilla de Veterinarios del Distrito Centro de Almería, que figura en el Decreto 395/2000 de la Junta de Andalucía, así como el derecho a recibir de la Administración la cantidad que corresponda conforme a lo declarado en el último párrafo del fundamento jurídico cuarto de la presente resolución, y sin hacer expresa declaración sobre las costas causadas en este recurso".

SEGUNDO

Contra dicha sentencia se interpuso recurso de apelación, del que, tras ser admitido en ambos efectos por el Juzgado, se dio traslado a las demás partes personadas para que en el plazo de 15 días formularan su oposición, presentándose por la parte apelada escrito de impugnación de dicho recurso.

TERCERO

Elevadas las actuaciones a esta Sala se formó el oportuno rollo, se registró, se designó

Ponente al Ilmo. Sr. D. Rafael Puya Jiménez, y al no haberse solicitado prueba, ni vista o conclusiones, se declararon conclusas las actuaciones para dictar la resolución procedente. Se señaló para deliberación, votación y fallo del presente recurso el día y hora señalado en autos, en que efectivamente tuvo lugar, habiéndose observado las prescripciones legales en la tramitación del recurso.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se impugna en el presente recurso de apelación la sentencia la sentencia dictada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. Dos de los de Almería, en fecha 13 de septiembre de 2.001, en el recurso contencioso-administrativo 220/01, interpuesto contra la resolución del acto de toma de posesión de fecha 18 de enero de 2.001 derivado de la resolución del Director General de Personal y Servicios del Servicio Andaluz de Salud de fecha 18 de diciembre de 2.001; sentencia estimatoria del recurso contencioso-administrativo por la que se anula la toma de posesión por no ser conforme a derecho, declarando el derecho del actor a ocupar de forma temporal con efectos del día 1 de enero de 2.001 la plaza de nueva creación perteneciente a la plantilla de Veterinarios del Distrito Centro de Almería, que figura en el Decreto 395/2.000 de la Junta de Andalucía, así como el derecho a recibir de la Administración la cantidad que corresponda conforme a lo declarado en el párrafo último del fundamento jurídico cuarto de la resolución.

SEGUNDO

El recurso de apelación tiene por objeto la interpretación que efectuó la Juez de instancia de la disposición transitoria segunda del Decreto 395/2.000, de 26 de septiembre, de la Junta de Andalucía, por el que se reguló la plantilla orgánica, funciones y retribuciones del nuevo Cuerpo Superior Facultativo de Instituciones Sanitarias de la Junta de Andalucía en especialidad de Veterinaria, al establecer que: "todas las plazas de Veterinarios titulares del S.A.S. con excepción de lo previsto en la disposición transitoria primera, quedarán...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR