STSJ Comunidad de Madrid 325/2002, 20 de Mayo de 2002

PonenteD. ENRIQUE FELIX DE NO ALONSO-MISOL
ECLIES:TSJM:2002:6793
Número de Recurso5587/2000
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución325/2002
Fecha de Resolución20 de Mayo de 2002
EmisorSala de lo Social

D. ENRIQUE FELIX DE NO ALONSO-MISOLDª. MARIA BEGOÑA HERNANI FERNANDEZDª. MARIA PAZ VIVES USANO

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

SALA DE LO SOCIAL - SECCIÓN PRIMERA

Recurso número: 5587/00

Sentencia número: 325/02

J.A.P

Ilmo. Sr. D. ENRIQUE F. DE NO ALONSO MISOL

Presidente en funciones

Ilma. Sra. Dª. Mª BEGOÑA HERNANI FERNANDEZ

Ilma. Sra. Dª. Mª PAZ VIVES USANO

En la Villa de Madrid, a veinte de mayo de dos mil dos, habiendo visto en recurso de suplicación los presentes autos la Sección Primera de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de

Madrid, compuesta por los Ilmos. Sres. citados, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 117.1 de la Constitución española de 27 de diciembre de 1.978,

EN NOMBRE DE S.M. EL REY

Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE

EL PUEBLO ESPAÑOL

ha dictado la siguiente

SENTENCIA

En el recurso de suplicación número 5587/00, formalizado por el Sr. Letrado D. JUAN GILLARD LOPEZ, en nombre y representación de D. Juan Francisco, contra la sentencia de fecha 2-11-99, dictada por el Juzgado de lo Social número 24 de MADRID, en sus autos número 437/99, seguidos a instancia de D./Dª. María del Pilar, Germán, Juan Francisco Y Salvador representado por el letrado D. JUAN GILLARD LOPEZ frente a INSTITUTO NACIONAL DE LA SALUD, en reclamación por DERECHOS, siendo Magistrado-Ponente el Ilmo. Sr. D. ENRIQUE F. DE NO ALONSO MISOL, y deduciéndose de las actuaciones habidas los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en los autos, se presentó demanda por la citada parte actora contra la mencionada parte demandada, siendo turnada para su conocimiento y enjuiciamiento al señalado Juzgado de lo Social, el cual, tras los pertinentes actos procesales de tramitación y previa celebración de los oportunos actos de juicio oral, en el que quedaron definitivamente configuradas las respectivas posiciones de las partes, dictó la sentencia referenciada anteriormente.

SEGUNDO

En dicha sentencia recurrida en suplicación se consignaron los siguientes hechos en calidad de expresamente declarados probados: "1°.- Con fecha 13-2-1976 D. Juan Francisco fue nombrado por el Delegado General del Insalud DIRECCION000 del Servicio de Radiodiagnóstico con carácter definitivo en el centro nacional de Especialidades Quirúrgicos "Ramón y Caja" de Madrid, en virtud de Resolución de 30-12-1975 por la que se falló el concurso libre de méritos de 19-9-1974.

  1. - Con igual fecha y en virtud de la misma resolución, D. Germán y D. Alexander fueron nombrados por idéntica autoridad Jefes de Sección de Radiodiagnóstico con carácter definitivo en el mismo Centro Médico.

  2. - Con fecha 9-6-1992, el Director Gerente del Hospital "Ramón y Cajal" remitió la siguiente nota interdepartamental a la Dirección General de Recursos Humanos del Ministerio de Sanidad y consumo: "Adjunto se remite Memoria Justificativa de la necesidad de crear la plaza de DIRECCION000 de Servicio de Radiodiagnóstico (Resonancia Magnética) a favor del Dr. Alexander, actual DIRECCION000 de Sección del Servicio de Neurorradiología. Dicha plaza no supone incremento de dotación presupuestaria, dado que por un lado existe la vacante de DIRECCION000 de Departamento de Urología y por otro lado se solicita que en caso de que no se asuma su amortización, se lleve a cabo la supresión de la segunda plaza de DIRECCION000 de Servicio de Medicina Preventiva que en la actualidad está ocupada por el Dr. Jesús Luis, y se ha pedido ya su reestructuración.

  3. - con fecha 23-6-1992 el Director General de Recursos Humanos y Organización del citado Departamento Ministerial contestó con el siguiente oficio: "En contestación a su escrito núm. 16.592 de fecha 9 de junio de 1992, solicitando la creación de una plaza de DIRECCION000 de Servicio de Radiodiagnóstico (Resonancia Magnética) para ser cubierta mediante promoción interna, por el DIRECCION000 de Sección Dr. Alexander, se le significa que en atención a las necesidades manifestadas por ese Centro y hasta tanto tenga lugar, en la próxima fijación de plantilla, la reconversión de una plaza de DIRECCION000 de Departamento de Urología, en una plaza de DIRECCION000 de Servicio de Radiodiagnóstico, esta Dirección General autoriza el nombramiento provisional del Sr. Alexander, como DIRECCION000 de Servicio de Radiodiagnóstico (Resonancia Magnética) con cargo al presupuesto de la plaza de DIRECCION000 de Departamento de Urología.

  4. - Como consecuencia de ello, con fecha 29-6-1992 el mencionado Director Gerente remitió a D. Alexander la siguiente autorización: "Esta Dirección Gerencia, de conformidad con la Resolución de 22 de Mayo de 1992 (B.O.E. 28-5-92), de la Dirección General de Recursos Humanos y organización sobre delegación de atribuciones, ha resuelto autorizarle, para desempeñar provisionalmente, la plaza vacante de DIRECCION000 de Servicio de Radiodiagnóstico (Resonancia Magnética) en el Area n° 4, Hospital "Ramón y Cajal" de Madrid. La efectividad de esta autorización será la de 23-6- 92".

  5. - con fecha 20-1-1994 el Director Gerente del Hospital Ramón y Cajal adoptó la siguiente resolución: "Coordinador Servicio Radiodiagnóstico. Exposición de Motivos. La introducción de nuevas tecnologías (ultrasonidos, tomografía computerizada, radiología intervencionista, Resonancia Magnética, etc...), y de nuevos métodos y conceptos dentro del radiodiagnóstico obliga a una revisión de las estructuras existentes. Además, los problemas derivados de la estructura organizativa inicial en nuestro Hospital con Servicios de Radiodiagnóstico independientes organizativos, funcionales, etc., han conducido a una descoordinación entre ellos que podría incidir de forma negativa en la calidad asistencial- Esta deficiencia organizativa, sin una orientación común, puede generar a su vez desmotivación profesional y una falta de sentido de grupo y eficiencia de los Servicios. Está comprobado que el Radiodiagnóstico es decisivo en la mayoría de los diagnósticos médicos y planteamientos quirúrgicos de los pacientes hospitalarios. Una mejora de su funcionamiento implicaría su cambio percibido inmediatamente por todo el Hospital. En el reciente documento elaborado por el Grupo Estratégico para el Cambio, coordinado por el Sr. Lorenzo, se hace mención a la "necesidad de ordenar la estructura y funcionalidad del Servicio de Radiodiagnóstico que permita optimizar flujos y satisfacer expectativas del usuario (pacientes y servicios dependientes del servicio central) y de los propios profesionales (médicos, enfermería y otro personal)". De hecho ya en anteriores ocasiones se había intentado esta labor y el Dr. Luis María que fue nombrado para este fin y con posterioridad se marcha del Hospital. Todas estas causas recomiendan la puesta en marcha de un Radiodiagnóstico: Una planificación basada en nuevos conceptos de organización y funcionamiento, que aproveche, de la forma más adecuada, los medios materiales y humanos disponibles. En esta línea de necesidad de buscar una estructura coherente se pronuncia la Junta Técnica Asistencial y recomiendan el nombramiento de un Coordinador en su reunión de 4 de junio de 1993. Posteriormente la Dirección Médica insiste en el nombramiento de esta figura, al tiempo que se consensua un proyecto organizativo sobre la Especialidad. Resolución.- Por tanto, a la vista de los nuevos requerimientos del Hospital, a propuesta de la Dirección Médica y previa aprobación en la Comisión de Dirección del pasado día 13 de enero, en virtud de las atribuciones que me confiere el art. 7.2 del R.D. 521/1987 y el punto noveno 3.2 de la Resolución 27627 del 4 de Diciembre de 1992 sobre delegación de atribuciones, se nombra Coordinador de Radiodiagnóstico, al Dr. D. Alexander, con dependencia jerárquica de la Dirección del Hospital y cuyas funciones, además de las asistenciales, serán:

    1. - Asumir y conseguir globalmente, en el marco de una gestión participativa, los objetivos pactados para Radiodiagnóstico.

    2. - Diseñar los indicadores de actividad y de calidad de la Especialidad.

    3. - Promover dentro de la Especialidad la puesta en marcha del Plan de Acción 1993-1995.

    4. - Agrupar y priorizar las necesidades materiales de la Especialidad de Radiodiagnóstico.

    5. - Responsabilizarse de los recursos humanos de la Especialidad de Radiodiagnóstico.

    6. - Responsabilizarse de los recursos humanos de la Especialidad de Radiodiagnóstico con la reasignación, promoción y motivación de los mismos, en el ámbito de su coordinación.

    7. - Conectar y representar a Radiodiagnóstico con otros Servicios del Hospital, con la Dirección y, en general, con organismos externos.

    8. - Promover la participación de los componentes de la Especialidad en todas sus actividades.

    9. - Y, en general, propiciar y tutelar cualquier actividad que mejore la funcionalidad de la Especialidad, mediante el ejercicio de la coordinación.

  6. - Con fecha 31-1-1994 el coordinador de Radiodiagnóstico dirigió al Dr. Salvador, DIRECCION000 del Servicio de Radiodiagnóstico el siguiente escrito: "De acuerdo con la delegación de atribuciones que me confirió el Gerente para una efectiva coordinación de la Especialidad de Radiodiagnóstico, a efecto de una efectividad funcional, se va a trabajar con las siguientes unidades asistenciales tal como viene en el escrito anexo.- El primer nombre que figura en cada una de las unidades es el DIRECCION000 de dicha unidad y responsable de la consecución de los objetivos funcionales.- La puesta en marcha de estas unidades comenzará el próximo lunes día seis de febrero, si bien de forma progresiva se irán delimitando las diferentes funciones que corresponden al DIRECCION000 de Unidad y a esta Coordinación.

    SERVICIO DE RADIODIAGNOSTICO, CENTRO RAMON Y CAJAL

    UNIDADES ASISTENCIALES.

    U. NEURORADIOLOGÍA.

    Dr. Juan Francisco.

    " Germán.

    " Jose Francisco.

    "...

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