ORDEN ADM/545/2008 de 19 de marzo, por la que se convoca concurso de méritos para la provisión de puestos de trabajo reservados al personal funcionario de los Grupos/Subgrupos A1 y A2 de los Cuerpos de Ingenieros Superiores (Minas), (Industriales), (Telecomunicaciones), Arquitectos y de Ingenieros Técnicos (Minas), (Industriales) y Arquitectos Técnicos y Aparejadores, en la Administración de la Comunidad de Castilla y León.

SecciónIII - Autoridades y Personal
EmisorConsejería de Administración AutonóMica
Rango de LeyOrden

vocatoria pública para cubrir, mediante el sistema de libre designación el puesto de trabajo que en el Anexo de dicha Orden se indicaba.

Finalizado el plazo de presentación de instancias, y una vez visto el informe del titular del órgano superior correspondiente al que figura adscrito el puesto convocado, en uso de las atribuciones que me confiere el artículo 26.1.g) de la Ley 3/2001, de 3 de julio del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, por el que se articulan las atribuciones de los Consejeros de esta Administración, y de conformidad con lo dispuesto en el Art. 48.2 de la Ley 7/2005, de 24 de mayo, de la Función Pública de Castilla y León,

DISPONGO:

Primero. Resolver definitivamente la convocatoria indicada de la forma recogida en el Anexo de la presente Orden, adjudicando el puesto de trabajo al funcionario que se cita.

Segundo. El funcionario designado para ocupar el puesto de trabajo mencionado en el Anexo, deberá cesar, en su caso, en su anterior destino y tomar posesión del nuevo en el plazo reglamentariamente establecido.

Tercero. De las diligencias de cese y toma de posesión que se cumplimenten deberán remitirse copias al Registro General de Personal dentro de los tres días siguientes a aquél en que se produzcan.

Cuarto. Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Valladolid en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente a su publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos 8.2. y 14.2 de la Ley 29/1998 de 13 de julio reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Igualmente, con carácter previo y potestativo, podrá interponerse recurso de reposición ante el Consejero de Familia e Igualdad de Oportunidades en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su publicación, según lo dispuesto en los artículos 116 y siguientes de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Valladolid, 26 de marzo de 2008.

El Consejero de Familia e Igualdad de Oportunidades,

Fdo.: CÉSAR ANTÓN BELTRÁN ANEXO QUE SE CITA Apellidos y Nombre: M.' ANTONIA CARRIÓN RECIO.

D.N.I.: 12.357.860-Y.

Centro Directivo: Gerencia de Servicios Sociales de Castilla y León.

Denominación del puesto: Secretario/a de Alto Cargo.

Código R.P.T.: 41741.

Grupo: C1/C2.

Nivel: 18.

Complemento Específico: 05.

Administración. Administraciones Públicas.

Localidad: Valladolid.

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN ORDEN EDU/546/2008, de 31 de marzo, por la que se resuelve convocatoria pública para cubrir mediante el sistema de libre designación el puesto de trabajo que se cita.

Por Orden EDU/315/2008, de 25 de febrero, ('B.O.C. y L.' de 29 de febrero de 2008), se anunció convocatoria pública para cubrir mediante el sistema de libre designación el puesto de trabajo que en el Anexo de dicha Orden se citaba.

Visto el informe del titular del órgano superior al que figura adscrito el puesto convocado, y en uso de las atribuciones que me confiere el artículo 26 de la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 48 y 51 de la Ley 7/2005, de 24 de mayo, de la Función Pública de Castilla y León.

RESUELVO Primero. Adjudicar el puesto de trabajo que se relaciona en el Anexo de esta Orden al funcionario que se cita.

Segundo. El funcionario designado para ocupar el puesto de trabajo mencionado deberá cesar, en su caso, en su anterior destino y tomar posesión del nuevo en el plazo reglamentariamente establecido.

Tercero. De las diligencias de cese y toma de posesión que se formulen, deberán remitirse copias al Registro General de Personal dentro de los tres días siguientes a aquél en que se produzcan.

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Valladolid en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos 8.2 y 14.2 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Igualmente, con carácter previo y potestativo, podrá interponerse recurso de reposición ante el Consejero de Educación en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su publicación, según lo dispuesto en los artículos 116 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Valladolid, 31 de marzo de 2008.

El Consejero,

Fdo.: JUAN JOSÉ MATEOS OTERO ANEXO Apellidos y Nombre: Cuesta del Campo, Antonio.

Centro Directivo: Consejería de Educación.

Código R.P.T.: 28276.

Denominación del puesto: Secretario/a de Alto Cargo.

Grupo: CD.

Nivel: 18.

Complemento específico: 07.

Administración: Administraciones Públicas.

Localidad: Valladolid.

  1. OPOSICIONES Y CONCURSOS CONSEJERÍA DE ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA ORDEN ADM/545/2008, de 19 de marzo, por la que se convoca concurso de méritos para la provisión de puestos de trabajo reservados al personal funcionario de los Grupos/Subgrupos A1 y A2 de los Cuerpos de Ingenieros Superiores (Minas), (Industriales), (Telecomunicaciones), Arquitectos y de Ingenieros Técnicos (Minas), (Industriales) y Arquitectos Técnicos y Aparejadores, en la Administración de la Comunidad de Castilla y León.

    Estando dotados presupuestariamente puestos de trabajo en la Administración de la Comunidad de Castilla y León, cuya provisión corres ponde llevar a efecto por el procedimiento de concurso, esta Consejería, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 48 y 50 de la Ley 7/2005, de 24 de mayo, de la Función Pública de Castilla y León, y en ejercicio de la competencia que le atribuye el artículo 7.2.i) del mismo texto legal, ha dispuesto convocar concurso de méritos para la provisión de los puestos de trabajo que se relacionan en el Anexo I de esta Orden, de acuerdo con el régimen establecido en los artículos 49 y siguientes del Reglamento General de ingreso del personal y de provisión de puestos de trabajo de los funcionarios de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, aprobado por Decreto 67/1999, de 15 de abril, que se desarrollará con arreglo a las siguientes BASES Primera. Objeto del concurso.

    Es objeto del presente concurso la provisión, en una primera fase, de los puestos señalados en el Anexo I A 'Relación de puestos de trabajo vacantes ofertados'.

    Asimismo podrá ser también objeto de concurso, en una segunda fase, la cobertura de los puestos señalados en el Anexo I B 'Relación de puestos de trabajo a resultas' que resulten vacantes como consecuencia de la adjudicación a sus titulares de los puestos contenidos en el Anexo I A.

    En esa segunda fase de adjudicación de los puestos anunciados a resultas se aplicarán los mismos requisitos, criterios y méritos que en la fase de adjudicación de vacantes.

    La codificación y el encuadramiento de los puestos en una determinada Consejería se entiende sin perjuicio de lo dispuesto en los Decretos 2/2003, de 3 de julio, y 2/2007, de 2 de julio, del Presidente de la Junta de Castilla y León, de Reestructuración de Consejerías, en tanto no finalice la aprobación de los Decretos de aprobación o modificación de las Relaciones de Puestos de Trabajo.

    Segunda. Requisitos de participación.

    1. Podrán participar en el presente concurso para la provisión de los puestos de trabajo relacionados en los Anexos I A y I B identificados con los códigos A1 y A5 en la columna 'Adm.', todos los funcionarios de la Administración de la Comunidad de Castilla y León pertenecientes a los Cuerpos o Escalas que figuran en la columna Cuerpo/Especialidad de los citados Anexos de la presente Orden o asimilados a los mismos, cualquiera que sea su situación administrativa, excepto los suspensos en firme mientras dure la suspensión, siempre que reúnan las condiciones generales y los requisitos establecidos en la presente convocatoria.

      Los funcionarios procedentes de otras Administraciones Públicas que, no estando integrados en Cuerpos o Escalas de esta Administración, estén destinados con carácter definitivo en la misma, deberán estar asimilados a los Cuerpos o Escalas a que se refiere el párrafo anterior, de conformidad con lo establecido en la disposición adicional tercera del Decreto 285/1994, de 15 de diciembre.

    2. Los funcionarios de esta Administración en situación administrativa de servicio en otras Administraciones Públicas sólo podrán tomar parte en el concurso si han transcurrido dos años desde la efectividad de la declaración de dicha situación, sin perjuicio de lo establecido en el apartado 5 de esta base.

      Se exceptúan de lo dispuesto en el párrafo anterior los funcionarios de esta Administración que, en cumplimiento de la Ley 1/1998, de 4 de junio, de Régimen Local de Castilla y León, hayan pasado a prestar servicios en Entidades Locales, los cuales sólo podrán participar en esta convocatoria si han transcurrido dos años desde la toma de posesión del último destino definitivo obtenido, salvo en el ámbito de la misma Consejería en que originariamente radicase el puesto definitivo.

    3. Los funcionarios que se encuentren en la situación de excedencia por cuidado de familiares o de excedencia por razón de violencia de género y no tengan reservado puesto de trabajo, podrán participar en este concurso para la obtención de puesto de trabajo cuya reserva se efectuará en los términos legalmente establecidos, sin que ello implique necesariamente su reingreso al servicio activo, debiendo manifestar, en su caso, en el plazo posesorio la opción de permanecer en la situación de excedencia mencionada.

    4. Los funcionarios de otras Administraciones Públicas, excluido el personal docente e investigador, sanitario, de correos y telecomunicaciones, de instituciones...

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