DECRETO 68/2008, de 26 de febrero, por el que se suprime la aportación de la fotocopia de los documentos indentificativos oficiales y del certificado de empadronamiento en los procedimientos administrativos de la Administración de la Junta de Andalucía y se establece la sede electrónica para la práctica de la notificación electrónica.
Sección | 1. Disposiciones Generales |
Emisor | CONSEJERIA DE JUSTICIA Y ADMINISTRACION PUBLICA |
Rango de Ley | Decreto |
DECRETO 68/2008, de 26 de febrero, por el que se suprime la aportación de la fotocopia de los documentos indentificativos oficiales y del certificado de empadronamiento en los procedimientos administrativos de la Administración de la Junta de Andalucía y se establece la sede electrónica para la práctica de la notificación electrónica.
El artículo 47.1.1.ª del Estatuto de Autonomía para Andalucía establece la competencia exclusiva de la Comunidad Autónoma en materia de procedimiento administrativo derivado de las especialidades de la organización propia de la Comunidad Autónoma.
La Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en su artículo 35.f) establece el derecho de los ciudadanos a no presentar documentos que ya se encuentren en poder de la Administración actuante y en su artículo 45.1 que las Administraciones Públicas impulsarán el empleo y aplicación de las técnicas y medios electrónicos, informáticos y telemáticos, para el desarrollo de su actividad y el ejercicio de sus competencias, con las limitaciones que a la utilización de estos medios establecen la Constitución y las Leyes.
En este sentido la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos, en su artículo 6.2.b) establece el derecho de los ciudadanos a no aportar los datos y documentos que ya obren en poder de las Administraciones Públicas, las cuales utilizarán medios electrónicos para recabar dicha información, de acuerdo con la Ley Orgánica 15/1999, de Protección de Datos de Carácter Personal, y el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, que aprueba el Reglamento de desarrollo de dicha norma. Así mismo en su artículo 9.1 y 2 establece que para un eficaz ejercicio del citado derecho cada Administración deberá facilitar el acceso de las restantes Administraciones Públicas a los datos relativos a las personas interesadas que obren en su poder y se encuentren en soporte electrónico, estando la disponibilidad de los datos limitada estrictamente a aquellos que son requeridos a los ciudadanos por las restantes Administraciones para la tramitación y resolución de los procedimientos y actuaciones de su competencia.
Por su parte, la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, en su artículo 84.3 establece que la ciudadanía tiene derecho a no presentar aquellos documentos que obren ya en poder de la Administración de la Junta de Andalucía, siempre que indique el día y procedimiento en que los presentó.
El continuo avance de las tecnologías de la información y comunicaciones facilita el ejercicio efectivo del citado derecho tanto para los documentos que obren en la Administración actuante como en otras Administraciones mediante el acceso por medios electrónicos a las bases de datos donde residan, previo consentimiento de la persona interesada.
En este sentido, el presente Decreto aplica los principios generales de racionalización, simplificación y agilidad, la eficacia y eficiencia de los procedimientos recogidos en el artículo 3 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, y mejora la atención a la ciudadanía y las condiciones de prestación de los servicios públicos. Para ello establece una medida de simplificación relevante como es la supresión de la exigencia de aportar el documento nacional de identidad o tarjeta equivalente de las personas extranjeras y el certificado de empadronamiento como documento probatorio del domicilio y la residencia respecto de los procedimientos tramitados en la Administración de la Junta de Andalucía, agencias administrativas, agencias públicas empresariales y de régimen especial. Asimismo, se establece la sede electrónica que utilizará la Administración de la Junta de Andalucía a...
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