Orden 6115/2001, de 19 de diciembre, de la Consejería de Medio Ambiente, por la que se somete a Información Pública, a los efectos de los artículos 17.1, 18 y 19 de la Ley de Expropiación Forzosa, la relación de bienes y derechos afectados por el proyecto de arteria aductora del campo de pozos de la cuenca del Guadarrama 2.a fase (canal de ...
Sección | D - Anuncios |
Emisor | Consejería de Medio Ambiente |
Rango de Ley | Orden |
Orden 6115/2001, de 19 de diciembre, de la Consejería de Medio Ambiente, por la que se somete a Información Pública, a los efectos de los artículos 17.1, 18 y 19 de la Ley de Expropiación Forzosa, la relación de bienes y derechos afectados por el proyecto de arteria aductora del campo de pozos de la cuenca del Guadarrama 2.a fase (canal de Picadas-Brunete), en los términos municipales de Valdemorillo, Villanueva de la Cañada y Brunete (expedientes 620, 621 y 622, respectivamente).
En uso de las atribuciones que me han sido conferidas por las disposiciones vigentes:
DISPONGO
Primero
Incoar el expediente de expropiación forzosa de los bienes y derechos afectados por el proyecto de arteria aductora del campo de pozos de la cuenca del Guadarrama 2.a fase (canal de Picadas-Brunete), en los términos municipales de Valdemorillo, Villanueva de la Cañada y Brunete, en el que la Entidad Beneficiaria es el Canal de Isabel II.
Segundo
Someter a Información Pública durante el plazo de quince días a los efectos previstos en los artículos 17.1, 18 y 19 de la Ley de Expropiación Forzosa, la relación de bienes y derechos afectados por el mismo.
La relación de bienes y derechos afectados, podrá examinarse durante el mencionado plazo, contado a partir del siguiente a la publicación de esta Orden en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en la División de Expropiaciones del Canal de Isabel II, calle Santa Engracia, número 108, de nueve a catorce horas y en los Ayuntamientos de Valdemorillo, Villanueva de la Cañada y Brunete.
Durante dicho período, las personas afectadas por la expropiación y cualesquiera otras interesadas, podrán formular cuantas alegaciones estimen oportunas, mediante escrito dirigido a la Consejería de Medio Ambiente, calle Princesa, número 3, 28008 Madrid, o bien al Canal de Isabel II, División de Expropiaciones, calle Santa Engracia, número 108, 28003 Madrid, y presentado en la forma establecida en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999. De igual modo, se podrán presentar las alegaciones que tengan por fin subsanar posibles errores en la descripción material o legal de las fincas afectadas.
La presente publicación se hace, asimismo, a los efectos previstos en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, en cuanto a posibles afectados desconocidos o de ignorado domicilio.
En Madrid, a...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba