Fiscalidad de la Unión Europea

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JURISPRUDENCIA

(Imposición sobre la renta - deducción de las cotizaciones al seguro de enfermedad - Estado miembro de la Unión Europea en el que se abonan)

Artículo 18 CE - normativa en materia de impuesto sobre la renta - deducción del impuesto sobre la renta de las cotizaciones al seguro de enfermedad abonadas en el Estado miembro de tributación - denegación de la deducción de las cotizaciones abonadas en otros Estados miembros. Asunto C-544/07. STJCE 23- 4-2009.

El Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas ha declarado en esta Sentencia que el artículo 18 CE, apartado 1, se opone a la normativa de un Estado miembro de la Unión Europea que vincule la concesión del derecho a deducir del impuesto sobre la renta las cotizaciones al seguro de enfermedad abonadas al requisito de que las cotizaciones se abonen en dicho Estado miembro con arreglo a disposiciones de Derecho nacional y deniegue la concesión de tal ventaja fiscal cuando las cotizaciones deducibles del impuesto sobre la renta exigible en dicho Estado miembro se abonen en el marco de un régimen de seguro obligatorio de enfermedad de otro Estado miembro.

(Impuesto sobre el Valor Añadido - deducción - impuesto soportado por la compra subvencionada de bienes de equipo)

Sexta Directiva IVA - adhesión de un nuevo Estado miembro - impuesto soportado por la compra subvencionada de bienes de equipo - derecho a deducción - exclusiones previstas por una legislación nacional en el momento de la entrada en vigor de la Sexta Directiva - facultad de los Estados miembros de mantener exclusiones. Asunto C-74/08. STJCE 23-4-2009.

El Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas ha declarado en esta Sentencia que el artículo 17, apartados 2 y 6, de Page 178 la Directiva 77/388/CEE del Consejo, de 17 de mayo de 1977, Sexta Directiva en materia de armonización de las legislaciones de los Estados miembros relativas al Impuesto sobre el Valor Añadido, debe interpretarse en el sentido de que se opone a una normativa nacional que, en caso de adquisición de bienes subvencionada con fondos públicos, sólo permita deducir el IVA soportado por la parte no subvencionada de esta adquisición.

Añade el Tribunal que el referido artículo 17, apartado 2, de la citada Directiva 77/388 confiere a los sujetos pasivos derechos que pueden invocar ante el juez nacional para oponerse a una normativa nacional incompatible con esta disposición.

Debemos recordar que la citada Directiva 77/388/CEE...

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