Fiscalidad internacional

FISCALIDAD INTERNACIONAL

LEGISLACIÓN

Convenio entre el Reino de España y la República de Chile para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de Impuestos sobre la Renta y sobre el Patrimonio y Protocolo, hecho en Madrid el 7 de julio de 2003 (BOE 2-2-2004).

Convenio entre el Reino de España y la República de Lituania para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de Impuestos sobre la Renta y sobre el Patrimonio y Protocolo, hecho en Madrid el 22 de julio de 2003 (BOE 2-2-2004).

JURISPRUDENCIA

La comisión pagada por una entidad española a una entidad estadounidense, como mandataria de esta última para la publicación, reproducción, ejecución y transmisión por cualquier medio de las obras de la mandante, así como la facultad de gestionar el registro de las mismas debe tributar, a tenor del CDI con Estados Unidos, como canon por cesión de uso de obras discográficas al 8% y no al 5%. SAN 30-10-2003.

Fundamento jurídico 6º: “Según el tenor del contrato suscrito por la hoy actora con la sociedad estadounidense por la que ésta le otorga "a la mandataria española la publicación, reproducción, ejecución y transmisión por cualquier medio de las obras de la mandante, así como la facultad de gestionar el registro de las mismas. La mandataria debe remitir a la mandante el 95% de las regalías e ingresos ..." y como consecuencia del citado contrato la entidad estadounidense Karen Publishing C.O. obtuvo en España sin mediación de establecimiento permanente rendimientos por cánones por la cesión de uso de las obras discográficas a que se refiere el contrato suscrito entre ambas sociedades, derivando los ingresos obtenidos de las facultades de la mandataria, entre las que figuran la reproducción, ejecución y transmisión por cualquier medio de las obras de la mandante; de ahí que a la vista del transcrito precepto y teniendo en cuenta las facultades concedidas por la entidad estadounidense a su mandataria española en el citado contrato suscrito entre ambas, entre las que, efectivamente, figuran la producción, ejecución y transmisión por cualquier medio de las obras de la mandante ha de entenderse correcta la liquidación efectuada por la Administración al resultar claramente aplicable al caso el artículo 12.2 b) del Convenio hispano-estadounidense que prevé la aplicación precisamente del tipo del 8% sobre los cánones percibidos como retribución por el uso del material fonográfico en...

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