ORDEN CYT/1438/2008 de 31 de julio, por la que se convocan subvenciones para financiar las actividades de los artistas plásticos, galerías de arte y otros profesionales del sector.

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
EmisorConsejeria de Cultura y Turismo
Rango de LeyOrden

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN RESOLUCIÓN de 29 de julio de 2008, de la Dirección General de Planificación, Ordenación e Inspección Educativa, por la que se publica la parte dispositiva de la Resolución de la misma fecha y de la misma Dirección General, por la que se autoriza la apertura y funcionamiento del Centro Privado de Educación Infantil 'Kid´s Garden 3' de Valladolid.

Visto el expediente instruido a instancia del representante legal de la Fundación ESCUNA, en relación con la solicitud de autorización de apertura y funcionamiento del Centro Privado de Educación Infantil 'Kid's Garden 3', sito en C/ Colón s/n de Valladolid, esta Dirección General a tenor de lo dispuesto en el artículo 7.3 del Real Decreto 332/1992, de 3 de abril, sobre autorizaciones de centros docentes privados para impartir enseñanzas de régimen general, procede, por la presente Resolución, a dar cumplimiento a lo establecido en dicho precepto con la publicación de la parte dispositiva de la Resolución de 29 de julio de 2008, de la Dirección General de Planificación, Ordenación e Inspección Educativa, por la que se autoriza la apertura y funcionamiento del mencionado centro:

Primero. Autorizar la apertura y funcionamiento del Centro Privado de Educación Infantil 'KID'S GARDEN 3' de Valladolid, de forma que el mismo quedará constituido como a continuación se describe:

Denominación genérica: Centro de Educación Infantil.

Denominación específica: KID'S GARDEN 3.

Titular: Fundación ESCUNA.

Domicilio: Calle Colón s/n.

Localidad: Valladolid.

Municipio: Valladolid.

Provincia: Valladolid.

Enseñanzas que se autorizan:

Primer Ciclo de Educación Infantil. 3 unidades:

· 1 unidad de 0 a 1 año: 8 p.e.

· 1 unidad de 1 a 2 años: 13 p.e.

· 1 unidad de 2 a 3 años: 19 p.e.

Segundo Ciclo de Educación Infantil. 3 unidades:

· 1 unidad de 3 a 4 años: 25 p.e.

· 1 unidad de 4 a 5 años: 25 p.e.

· 1 unidad de 5 a 6 años: 25 p.e.

Segundo. El código asignado en el Registro de Centros Docentes de la Comunidad es 47011279.

Tercero. La presente autorización surtirá efecto desde el inicio del curso académico 2008/2009.

Cuarto. Antes del inicio de las enseñanzas autorizadas por la presente Resolución, la Dirección Provincial de Educación de Valladolid, previo informe del Área de Inspección Educativa, aprobará expresamente la relación de personal del que dispondrá el Centro.

Quinto. El Centro deberá cumplir la normativa relativa a la protección contra incendios y a las condiciones higiénicas, acústicas, de habitabilidad y seguridad en general de edificios, teniendo en cuenta lo previsto en el Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo, por el que se aprueba el Código Técnico de la Edificación. Todo ello sin perjuicio de que hayan de cumplirse otros requisitos exigidos en la normativa municipal o autonómica correspondiente.

Sexto. La titularidad del Centro queda obligada al cumplimiento de la legislación vigente en todo lo que afecte al mismo y a solicitar la oportuna modificación, a través de su representación legal, cuando haya de alterarse cualquiera de los datos señalados en la presente Resolución.

Séptimo. La presente autorización se comunicará de oficio al Registro de Centros Docentes de la Comunidad de Castilla y León a los efectos oportunos.

Contra la presente Resolución que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el Consejero de Educación, en el plazo de un mes, a computar desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con lo establecido en los artículos 107 y 114 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del procedimiento administrativo Común, en relación con el artículo 60 de la Ley 3/2001 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.

Valladolid, 29 de julio de 2008.

El Director General de Planificación,

Ordenación e Inspección Educativa,

Fdo.: EMILIO GUTIÉRREZ FERNÁNDEZ CONSEJERÍA DE CULTURA Y TURISMO ORDEN CYT/1438/2008, de 31 de julio, por la que se convocan subvenciones para financiar las actividades de los artistas plásticos, galerías de arte y otros profesionales del sector.

La Consejería de Cultura y Turismo, en virtud de las competencias atribuidas en el artículo 1 del Decreto 77/2007, de 12 de julio, por el que se establece su estructura orgánica, ha estimado oportuno proceder a arbitrar un cauce que permita apoyar las acciones que el sector privado promueve y desarrolla en el campo de las artes plásticas. Con tal medida se pretende sobretodo fomentar la investigación y la formación de los sujetos implicados, la producción de la obra artística y la difusión del arte de Castilla y León, con especial atención a a la presencia en el ámbito internacional y a la labor creativa de los artistas de Castilla y León.

En este marco, la Orden CYT/1402/2008, de 25 de julio, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de artes plásticas, regula las condiciones en régimen de concurrencia competitiva de las inversiones realizadas para financiar las actividades de los artistas plásticos, galerías de arte y otros profesionales del sector, y prevé, en el artículo 8, que el procedimiento de concesión se efectúe previa convocatoria a través de la correspondiente Orden.

En virtud de lo anterior y de conformidad con lo establecido en la Orden CYT/1402/2008, de 25 de julio, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de artes plásticas, en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y en virtud de las atribuciones conferidas por el artículo 26 de la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León,

DISPONGO Primero. Objeto.

El objeto de la presente Orden es convocar en régimen de concurrencia competitiva, las subvenciones destinadas a financiar aquellos proyectos, actividades y/o actuaciones en materia de artes plásticas realizados desde el 1 de enero al 15 de octubre de 2008 que tengan por finalidad apoyar la creatividad artística, la formación, la investigación y el perfeccionamiento de artistas y otros profesionales del sector así como la organización o...

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