SAP Barcelona 338/2004, 28 de Junio de 2004

PonenteASUNCIÓN CLARET CASTANY
ECLIES:APB:2004:8466
Número de Recurso192/2004
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución338/2004
Fecha de Resolución28 de Junio de 2004
EmisorAudiencia Provincial - Barcelona, Sección 19ª

D. MIGUEL JULIAN COLLADO NUÑODª. NURIA BARRIGA LÓPEZDª. ASUNCIÓN CLARET CASTANY

AUDIENCIA PROVINCIAL

DE

BARCELONA

SECCION Decimonovena

ROLLO Nº 192/2004

PROCEDIMIENTO ORDINARIO NÚM. 89/2003

JUZGADO PRIMERA INSTANCIA 5 SANT FELIU DE LLOBREGAT

S E N T E N C I A N ú m.

Ilmos. Sres.

D. MIGUEL JULIAN COLLADO NUÑO

Dª. NURIA BARRIGA LÓPEZ

Dª. ASUNCIÓN CLARET CASTANY

En la ciudad de Barcelona, a veintiocho de junio de dos mil cuatro.

VISTOS, en grado de apelación, ante la Sección Decimonovena de esta Audiencia Provincial, los presentes autos de Procedimiento ordinario, número 89/2003 seguidos por el Juzgado Primera Instancia 5 Sant Feliu de Llobregat, a instancia de VOLKSWAGEN FINANCE; SA, contra D/Dª. Patricia ; los cuales penden ante esta Superioridad en virtud del recurso de apelación interpuesto por Patricia contra la Sentencia dictada en los mismos el día 3l de diciembre de 2003, por el/la Juez del expresado Juzgado.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La parte dispositiva de la Sentencia apelada es del tenor literal siguiente: "FALLO: ESTIMO LA DEMANDA interpuesta por el Procurador Robert Martí Campo en nombre y representación de Volkswagen Finance, SA y condeno a Patricia a pagar la cantidad de l2.464,07 euros más los intereses legales desde la interpelación judicial (20.2.03) más pago de las costas procesales.".

SEGUNDO

Contra la anterior Sentencia interpuso recurso de apelación la parte demandada mediante su escrito motivado, dándose traslado a la contraria se opuso en tiempo y forma; elevándose las actuaciones a esta Audiencia Provincial.

TERCERO

Se señaló para votación y fallo el día 2 de junio de 2004.

CUARTO

En el presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.

VISTO, siendo Ponente el Ilmo/a. Sr/a. Magistrado/a D/Dª. ASUNCIÓN CLARET CASTANY.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Frente a la sentencia dictada en la instancia que con íntegra estimación de la demanda interpuesta por VOLKSWAGEN FINANCE, S.A. frente a Patricia en reclamación de cantidad derivada de un contrato de Financiación a Comprador de Automóviles condeno al demandado a pagar la suma reclamada de l2.464,07 Euros, se alza el recurrente interesando la revocación reproduciendo idéntico motivo que el aducido en la instancia, esto es la pluspetición en cuanto a la suma reclamada en concepto de comisión por devolución de cuotas por importe de l98,33 euros por entender nula de pleno derecho por abusiva la clausula del Anexo 2º del contrato de Financiación en que se recoge la clausula referida.

SEGUNDO

La clausula del Anexo 2º del Contrato de Financiación a Comprador de Automóviles, suscrito interpartes litigantes en fecha 22 de junio de l999, puso la adquisición del vehículo marca Seat, modelo Cordoba matricula X-....-XV ,...

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