Por fin llegó la Ley de Ordenación de la Edificación

AutorJesús Larrosa Abellán
CargoOficial de la Administración de Justicia Licenciado en Derecho Alumno de la Escuela de Práctica Jurídica de Eche
I Introducción

El sector de la edificación es uno de los principales sectores económicos con evidentes repercusiones en el conjunto de la sociedad y en los valores culturales que entraña el patrimonio arquitectónico y, sin embargo, ha carecido de una regulación acorde con esta importancia.

Así, la tradicional regulación del suelo siempre ha contrastado con la falta de una configuración legal de la construcción de los edificios, básicamente establecida a través del Código Civil y de una variedad de normas cuyo conjunto adolece de serias lagunas en la ordenación del complejo proceso de la edificiación, tanto respecto a la identificación, obligaciones y responsabilidades de los agentes que intervienen en el mismo, como en lo que se refiere a las garantías para proteger al usuario.

Por otra parte, la sociedad demanda cada vez más la calidad de los edificios y ello incide tanto en la seguridad estructural y la protección contra incendios como en otros aspectos vinculados al bienestar de las personas, como la protección contra el ruido, el aislamiento térmico o la accesibilidad para personas con movilidad reducida.

En todo caso, el proceso de la edificación, por su directa incidencia en la configuración de los espacios, implica siempre un compromiso de funcionalidad, economía, armonía y equilibrio medioambiental de evidente relevancia desde el punto de vista del interés general; así se contempla en la Directiva 85/384/CEE de la Unión Europea, cuando declara que "la creación arquitectónica, la calidad de las construcciones, su inserción armoniosa en el entorno, el respeto de los paisajes naturales y urbanos, asi como del patrimonio colectivo y privado, revisten un interés público".

Respondiendo a este orden de principios, se aprobó por el Parlamento la Ley 38/1999, de 5 de noviembre de Ordenación de la Edificación, que entró en vigor el pasado 7 de mayo y que introduce importantes novedades en el sector de la edificación que afecta a un conjunto importante de ciudadanos, ya sea directa o indirectamente.

II Objeto y ámbito de aplicación

El objeto de la Ley viene definido en su artículo I de la siguiente forma:

"1. Esta Ley tiene como objeto regular en sus aspectos esenciales el proceso de la edificación, estableciendo las obligaciones y responsabilidades de los agentes que intervienen en dicho proceso, así como las garantías necesarias para el adecuado desarrollo del mismo, con el fin de asegurar la calidad mediante el cumplimiento de los requisitos básicos de los edificios y la adecuada protección de los intereses de los usuarios.

  1. Las obligaciones y responsabilidades relativas a la prevención de riesgos laborales en las obras de...

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