SAP Vizcaya 476/2007, 2 de Julio de 2007

PonenteFERNANDO VALDES-SOLIS CECCHINI
ECLIES:APBI:2007:1676
Número de Recurso272/2006
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución476/2007
Fecha de Resolución 2 de Julio de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Vizcaya, Sección 4ª

AUDIENCIA PROVINCIAL DE BIZKAIA

BIZKAIKO PROBINTZIA-AUZITEGIA

Sección 4ª

BARROETA ALDAMAR 10 3ªplanta- C.P. 48001

Tfno.: 94-4016665

Fax: 94-4016992

N.I.G. 48.05.2-04/000343

Apel.filiaci.L2 272/06

O.Judicial Origen: 1ª Inst. e Instrucc. nº 1 (Balmaseda)

Autos de Pru.anti.coet.L2 1/05

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Recurrente: Ramón

Procurador/a: ALFONSO BARTAU ROJAS

Recurrido: Amelia, Mónica y Diana

Procurador/a: ITZIAR OTALORA ARIÑO, SIN PROCURADOR y SIN PROCURADOR

SENTENCIA Nº 476/07

ILMOS. SRES.

D. FERNANDO VALDÉS SOLÍS CECCHINI

Dña. LOURDES ARRANZ FREIJO

Dña. REYES CASTRESANA GARCIA

En BILBAO, a dos de Julio de 2007.

Visto en grado de apelación ante la Audiencia Provincial de Bilbao, Sección Cuarta, integrada por los Ilmos. Sres. Magistrados arriba reseñados, el procedimiento J.VERBAL Nº 203/04 (FILIACIÓN NO MATRIMONIAL), procedente del Juzgado de 1ª Instancia nº 1 de Balmaseda y seguido entre partes: Como parte apelante Ramón representada por el Procurador Sra. Bartau Rojas y dirigido por el Letrado Sr. Marín Pablos; como parte apelada que se opone al recurso Amelia representada por la Procuradora Sra. Otalora Ariño y dirigida por la Letrado Sra. Estefanía Larrañaga y como partes apeladas que no se oponen/no impugnan Mónica Y Diana, siendo parte el MINISTERIO FISCAL.

SE ACEPTAN y se dan por reproducidos en lo esencial, los antecedentes de hecho de la sentencia impugnada en cuanto se relacionan con la misma.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La Sentencia de instancia de fecha 5 de Septiembre de 2005 es de tenor literal siguiente:

"FALLO: Que estimando la demanda presentada por Dña. Amelia contra D. Ramón, Dña. Diana y D. Mónica, declaramos la filiación no matrimonial de Dña. Amelia, en relación a su padre biológico, D. Ramón, debiendo procederse a la rectificación del asiento registral de la inscripción de nacimiento de Dña. Amelia, efectuado en el Registro Civil de Santurce (Vizcaya), en cuanto a la identificación del padre del nacido, y las demás que sean consecuencia de ella, todo ello con imposición de costas a la demandada D. Ramón ".

SEGUNDO

Publicada y notificada dicha Resolución a las partes litigantes, por la representación de la demandada se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación que, admitido por el Juzgado de Instancia y tramitado en legal forma ha dado lugar a la formación del presente rollo, al que ha correspondido el nº 272/06 de Registro y que se ha suscitado con arreglo a los trámites de los de su clase.

TERCERO

Hecho el oportuno señalamiento quedaron las actuaciones sobre la Mesa del Tribunal para votación y fallo.

CUARTO

En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.

Ha sido Ponente para este trámite el Ilmo. Sr. Magistrado D. FERNANDO VALDÉS SOLÍS CECCHINI.

Se acepta y da por reproducida la fundamentación jurídica de la sentencia recurrida.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

Dictada Sentencia en primera instancia, se declara en la misma, en lo que aquí nos concierne, la paternidad del demandado, Don Ramón, en relación con la demandante, Dª Amelia. Don Ramón recurre el pronunciamiento solicitando la absolución de la demanda.

Basa su recurso en la falta del hecho base del cuál deducir la prueba de la paternidad que la sentencia de instancia le imputa. Alega al efecto que la prueba practicada en primera instancia es fragmentaria y endeble, sin que en absoluto indique de forma indiciaria la autenticidad de la paternidad imputada.

Desgrana en su recurso la distinta prueba que se llevó a cabo;...

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