Familia y cambio social. (De la «casa» a la persona)

AutorFrancisco Rivero Hernández
Páginas1074-1093

ROCA TRÍAS, Encarna: Familia y cambio social. (De la «casa» a la persona), ed. Cuadernos Civitas, Madrid, 1999, 277 pp.

Page 1074

I

Hace unos meses ha aparecido en nuestro panorama editorial y jurídico un nuevo libro de la profesora Encarna Roca Trías, Familia y cambio social (De la «casa» a la persona) (Cuadernos Civitas, Madrid, 1999), largamente esperado por quienes conocíamos sus últimos afanes y aficiones civilísticas, y del que destaca inmediatamente una acusada desproporción entre su peso físico -formato pequeño, unas 275 páginas en total- y el peso científico, quizá mayor todavía en cuanto a la influencia llamada a tener por ese libro. Es una obra que no ha pasado desapercibida no ya en el ámbito estrictamente jurídico, sino en el intelectual -tres artículos, firmados por prestigiosas plumas, le han prestado atención en páginas de opinión del periódico La Vanguardia; también en algún foro universitario; no conozco otras referencias, pero puede haberlas habido-. Me temo, pues, que puede ser tardío y poco útil cuanto diga yo aquí sobre dicho libro, por conocido en los medios iusprivatistas a que van destinadas estas páginas.

Se trata, desde luego, de una obra poco frecuente en muchos aspectos -y no digo atípica por no abusar desde el principio de tópicos y otros adjetivos-, fruto de preocupaciones que ya habían aparecido en trabajos anteriores de E. Roca, de meditación y de investigación seria (en su sentido más estricto, aunque sorprenda a quienes circunscriben esa actividad intelectual a otros ámbitos científicos) llevada a cabo en buena parte en la Universidad de Oxford, como la autora explica en su Introducción a modo de conclusión, donde ha madurado ideas y culminado trabajos y materiales suyos anteriores. Exponente de todo ello es el notable y denso contenido de la obra, sus aportaciones y sus reflexiones novedosas, sus muchas preguntas (el saber hacerlas es a veces más importantes que el contestarlas), algunas de sus conclusiones.

Es posible que más de uno no comparta ideas y conclusiones, cosas que se dicen en este libro -la propia autora lo prevé en algún momento-, pero nadie le podrá negar originalidad en sus planteamientos (aquí y ahora), profundidad en su argumentación, racionalidad en sus criterios, incluso valentía en la exposición de algunas aseveraciones arriesgadas. Se trata de una aventura intelectual, ésta de la profesora Roca Trías, de alto nivel y fecundas consecuencias, inmediatas unas y próximas otras (que cabe esperar).

Quiero destacar desde el primer momento de este libro -«que se lee muy bien», dice en su prólogo el profesor Díez Picazo- su nuevo enfoque de casi todo lo que trata, sus planteamientos nuevos partiendo de hechos sociales y datos estadísticos que están en la base de la realidad e instituciones que estudia, la forma lúcida, también nueva, de hacerse preguntas o de abordar cuestiones de política legislativa que suelen descuidarse en nuestros libros de Derecho, amén de otros extremos a que me referiré.

En un país y una civilística que se debate casi siempre, todavía, entre el mos gallicum y el mos italicum, con varia fortuna, suena bien y sabe a aire fresco la nueva «forma de hacer» Derecho de familia de la profesora Roca Trías, cuyo primer mérito radica en preguntarse cuál sea la mejor metodología que seguir en la materia que va a estudiar, entre las varias conocidas y ensayadas, sobre todo en el mundo jurídico angloamericano.Page 1075

Haré otras valoraciones y crítica más amplia y concreta de esta obra de E. Roca en la última parte de este comentario-recensión; pero quiero dejar constancia desde ahora de la alta calidad científica e importancia de la misma en nuestro panorama jurídico, no sólo por lo que desde su aparición tenemos y antes no había, sino por lo que augura que podrá haber (y cómo deberá trabajarse) en un horizonte próximo. Familia y cambio social (de la «casa» a la persona) es una obra de imprescindible lectura para todo jurista (no sólo iusprivatista o aficionado al Derecho de familia), incluidos los que están más próximos a la aplicación efectiva del Derecho (jueces, abogados); también para otras personas que hagan profesión del pensar.

Este libro supone una extraordinaria (fuera de lo ordinario, también) aportación doctrinal al estudio del Derecho de familia en no pocos aspectos, de los que ahora sólo apunto tres: su enfoque científico (en sentido amplio: no sólo jurídico) del concepto y función de la familia en la sociedad actual, la relación directa de aquél con el Derecho y derechos (fundamentales) de la persona, y la necesidad de encontrar soluciones racionales y útiles (también esto) a los problemas reales de nuestra familia y sociedad en cambio acelerado.

La proyección de esta obra no se agota, desde luego, en el tratamiento de la familia y del Derecho de familia y sus problemas jurídicos al clásico modo (naturalezas jurídicas, requisitos, efectos; disección de artículos, excepciones a las reglas generales, ...). Es, sobre todo, particularmente interesante por las otras cuestiones que sugiere, unas veces de forma expresa, otras implícita en sus consideraciones: por qué esto o aquéllo, para qué sirve esta institución o aquella norma, qué otras soluciones jurídicas serían hoy más adecuadas o justas, política jurídica más rentable económica y socialmente, etc.

Tras la aparición de Familia y cambio social cabe esperar que en nuestra civilística, y en ese terreno, en particular, ya no podremos limitarnos a citar, para justificar nuestra información y erudición, bibliografía y autores franceses o italianos, y aun doctrina alemana los que quieran quedar mejor y dar alto tono a sus trabajos; tampoco circunscribirnos a obras estrictamente jurídicas ceñidas a la legalidad. En Derecho de familia no puede prescindirse ya -como en Derecho constitucional, por ejemplo, y otras ramas del Derecho público; como en Derecho mercantil o en el de daños, en el privado- de la rica e interesante bibliografía anglosajona (tanto por la cantidad como por la calidad) como en esta obra se muestra; ni del manejo de información -datos, estudios- de tipo sociológico y demás que nos presente la otra cara de la familia, su realidad vivencial y actual, casi siempre desdibujada cuando no ignorada en las obras al uso tras el formalismo y el dogmatismo que de una manera más o menos disfrazada sigue predominando en nuestro panorama jurídico. El haber puesto todo eso en evidencia -y el decir, por ejemplo, que las ideas deben ajustarse a la realidad, y no la realidad a las ideas- es contribución no menor del reciente libro de Encarna Roca. Volveré sobre todo ello.

II

La obra que comento, Familia y cambio social (De la «casa» a la persona), consta de una Introducción a modo de conclusión, y cuatro capítulos, dedicados, respectivamente, a El método en el Derecho de familia: los dere-Page 1076chos fundamentales, El derecho a contraer matrimonio, Las consecuencias económicas del divorcio: la pensión compensatoria y Menores y familia. Añade al final una relación de la jurisprudencia que cita (de tribunales españoles, desde el Constitucional a las Audiencias provinciales, del Tribunal Europeo de Derechos Humanos y de tribunales extranjeros) y cierra con una «Bibliografía» abundante y precisa, donde, quizá por omisión involuntaria, no aparecen todos los autores y obras que cita a lo largo del trabajo (aunque en notas a pie de página hay datos bibliográficos que los identifican suficientemente).

Viene precedida la obra de referencia de un interesante prólogo del profesor Díez-Picazo -cuya autoría adivinaría el lector antes de llegar al final por su estilo personal y contenido-, que no trata tanto de presentar a la autora y al libro -«no es éste, evidentemente, el caso de la profesora Roca i Trias», dice, refiriéndose a la necesidad de aval alguno-, cuanto de reflexionar sobre los principales problemas del Derecho de Familia que han aflorado en nuestro panorama social y jurídico desde 1981. No deje de leerlo quien tenga ocasión de ello.

  1. Introducción a modo de conclusión

    Comienza recordando la autora cierta conversación con el profesor Villavicencio, y cómo éste le hizo notar que tras la entrada en vigor de la Constitución «nada era igual que antes»: nuestro sistema jurídico había cambiado profundamente. La Constitución, en efecto, obliga a reconsiderar muchas cosas y abrió la puerta a la innovación. Los conceptos de persona y familia han sido los que más han sufrido las influencias políticas.

    Advierte una paradoja que se da en los Códigos del XIX: la personalidad de los ciudadanos que los hace iguales ante la Ley, no tiene una traducción práctica en las normas de Derecho de familia, en las que, por lo que se refiere al nuestro y hasta la Constitución de 1978, no rigió el principio de igualdad, sino el de autoridad. El reconocimiento de los derechos fundamentales de los ciudadanos representa un cambio radical en nuestro ordenamiento, que queda impregnado -dice- de toda la metodología utilizada por la Constitución, y ciertas decisiones han de tener siempre como finalidad la plenitud de esos derechos.

    En tres puntos anuncia la autora que basará su estudio: la metodología utilizada, los fundamentos de su planteamiento y la tensión entre los sectores público y privado; elementos -dice- que son el leit-motiv del libro.

    Destaca los cambios sociales ocurridos en los últimos veinte años y cómo han influido en el Derecho de familia, lo que requiere una metodología apropiada, el funcionalismo, según el que la familia debe cumplir tres funciones: la de protección, la de ajuste a las nuevas circunstancias y la de ayuda.

    Alude luego a los dos grupos de normas que afectan a las relaciones familiares, las que lo hacen de forma directa (arts. 32 y 39 CE), y las que se aplican y deben ser respetadas por los miembros del grupo familiar porque todos ellos son personas y titulares de derechos fundamentales. El Derecho español no se basa en una contraposición sector público vs. sector...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR