SAP Madrid 84/2007, 15 de Febrero de 2007
Ponente | ADRIAN VARILLAS GOMEZ |
ECLI | ES:APM:2007:1898 |
Número de Recurso | 91/2007 |
Número de Resolución | 84/2007 |
Fecha de Resolución | 15 de Febrero de 2007 |
Emisor | Audiencia Provincial - Madrid, Sección 3ª |
AUDIENCIA PROVINCIAL
SECCION TERCERA
MADRID
ROLLO DE APELACIÓN.- 91/07
JUICIO FALTAS.- 998/06
JDO. INST.-Nº 3 DE MOSTOLES (MADRID)
SENTENCIA NÚMERO 84
En la Villa de Madrid, a 15 de Febrero de 2007
El Iltmo. Sr. D. ADRIAN VARILLAS GOMEZ, Magistrado de esta Audiencia Provincial, actuando como Tribunal Unipersonal en turno de reparto, conforme a lo dispuesto en el art. 82.2, de la vigente Ley Orgánica del Poder Judicial, ha visto en segunda instancia, ante esta Sección Tercera, la presente apelación contra Sentencia dictada por el Juzgado de Instrucción nº 3 de los de Móstoles (Madrid), en el Juicio de Faltas seguido ante dicho Juzgado bajo el nº 998/06, conforme al procedimiento establecido en el articulo 976 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Criminal según la nueva redacción dada por la Ley 10/92 del 30 de abril y 38/02, de 24 de Octubre, habiendo sido parte como apelante María Milagros.
El Juzgado de Instrucción nº 3 de los de Móstoles (Madrid) en el Juicio de Faltas antes mencionado dictó Sentencia con fecha 28.07.06 cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "FALLO: ABSUELVO A María Milagros de los hechos denunciados al día 23 de mayo de 2.006.
CONDENO A María Milagros como autora de una falta de incumplimiento de obligaciones familiares, ya definida, a la pena de 1 mes de multa con una cuota diaria de 6 euros y responsabilidad personal subsidiaria de 1 día de privación de libertad por cada 2 cuotas impagadas, y costas.".
Notificada dicha Sentencia a las partes personadas por el denunciante se interpuso recurso de Apelación que autoriza el art. 976 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, que hizo las alegaciones que se contienen en sus escritos del recurso que aquí se tiene por reproducidas, no pidiéndose la practica de ninguna diligencia de prueba dándose traslado del escrito de personación por el Juez de Instrucción a las demás partes personadas por el plazo de diez días comunes para que pudieran adherirse o impugnarlo, formulando oposición Valentín y el Ministerio Fiscal.
Recibido el procedimiento en esta Audiencia y Sección Tercera se acordó la formación del Rollo, al que correspondió el nº 91/07, acordándose por la Sala se dictase la resolución correspondiente por el Magistrado Unipersonal reseñado al principio de la presente, dentro del plazo que establece el art....
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