SAP Madrid 604/2003, 31 de Octubre de 2003

PonenteDª. MARIA JOSE ALFARO HOYS
ECLIES:APM:2003:11922
Número de Recurso143/2002
Número de Resolución604/2003
Fecha de Resolución31 de Octubre de 2003
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 14ª

D. PABLO QUECEDO ARACILDª. AMPARO CAMAZON LINACERODª. MARIA JOSE ALFARO HOYS

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 14

MADRID

SENTENCIA: 00604/2003

Rollo: RECURSO DE APELACION 143 /2002

SENTENCIA

Ilmos. Sres. Magistrados:

PABLO QUECEDO ARACIL

AMPARO CAMAZON LINACERO

MARIA JOSE ALFARO HOYS

En MADRID , a treinta y uno de octubre de dos mil tres .

VISTO en grado de apelación ante esta Sección 14 de la Audiencia Provincial de MADRID , los Autos de MONITORIO 71 /2001 , procedentes del JDO. 1A.INST.E INSTRUCCION N. 5 de COLLADO VILLALBA , a los que ha correspondido el Rollo 143 /2002 , en los que aparece como parte apelante ASOCIACION DE PROPIETARIOS DE LA URBANIZACIÓN000 representado por el procurador Dª MARIA ISABEL GARCIA MARTINEZ , en esta alzada, y como apelado D. Felix, quien formuló oposición al recurso en base al escrito que a tal efecto presentó, representado por el procurador D. LUIS FERNANDO ALVAREZ WIESE , en esta alzada, sobre juicio monitorio, y siendo Magistrado Ponente la Ilma. Sra. Dª MARIA JOSE ALFARO HOYS.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de 1ª Instancia nº 5 de Collado Villalba, en fecha 30 de Julio de 2001 se dictó sentencia, cuya parte dispositiva es de tenor literal siguiente: "Estimando la excepción de falta de personalidad en el actor formulada por el demandado, y sin entrar a resolver sobre el fondo del asunto, debo absolver y absuelvo en la instancia al demandado Felix, con expresa imposición de las costas a la actora "Asociación de Propietarios de la URBANIZACIÓN000".

SEGUNDO

Notificada la mencionada resolución, contra la misma se interpuso recurso de apelación por la parte ASOCIACIÓN DE PROPIETARIOS URBANIZACIÓN000 al que se opuso la parte apelada D. Felix, y tras dar cumplimiento a lo dispuesto en los artículos 457 y siguientes de la LEC, se remitieron las actuaciones a esta sección, sustanciándose el recurso por sus trámites legales.

TERCERO

Por Providencia de esta Sección, se acordó para deliberación, votación y fallo el día 3 de Julio de 2003.

CUARTO

En la tramitación del presente procedimiento han sido observadas las prescripciones legales, excepto en el plazo para dictar sentencia, debido al cúmulo de asuntos pendientes que pesan sobre esta Sección.

FUNDAMENTOS JURIDICOS

Se aceptan los fundamentos de derecho de la resolución recurrida.

PRIMERO

La Asociación de Propietarios "URBANIZACIÓN000" interpuso demanda contra D. Felix en reclamación del importe de cuotas impagadas correspondientes a las comprendidas desde el primer trimestre del año 1999 hasta el primer trimestre del año 2000, que ascendían a la cantidad de 184.979 pts., pretensión que fue rechazada por el Juzgado de Primera Instancia núm. 5 de los de Collado- Villalba, basándose en la falta de las cualidades necesarias para comparecer en juicio, ya que no tiene el carácter de Entidad Urbanística Colaboradora, pues desde la aprobación definitiva de la reparcelación no existen bienes comunes a los propietarios de las urbanizaciones sino de propiedad municipal (viales, alumbrados, zonas verdes), quien simplemente ha encargado, conforme establece la legislación urbanística, a la correspondiente Unidad Urbanística Colaboradora el deber de mantenimiento y conservación de los mismos hasta su definitiva recepción por lo que debe ser la citada Entidad (URBANIZACIÓN000 Fases II y III) la única legitimada para reclamar las cuotas, que indebidamente se están exigiendo.

SEGUNDO

Antes de entrar en el tema de fondo, realizaremos una pequeña relación de los hechos más relevantes sobre esta materia. Para atender al mantenimiento de la Urbanización de Los Peñascales, sita en el término municipal de Torrelodones, los propietarios afectados reunidos en Asamblea y adoptando la forma de Asociación, aprobaron los Estatutos de la Entidad Urbanística de colaboración que fue denominada Asociación de Propietarios de la URBANIZACIÓN000 (II y III fase), aprobándose la constitución de la Entidad y sus estatutos en dos Plenos del Ayuntamiento de Torrelodones que tuvieron lugar en los meses de abril y diciembre de 1989 e inscribiéndose, posteriormente, en el Registro de Entidades Urbanísticas Colaboradoras, Asociación con la que también se pretendía cubrir intereses comunes de los propietarios de las parcelas al margen de los puramente urbanísticos, como pueden referirse a la vigilancia y a la seguridad de la urbanización que constituye la más alta de las partidas de presupuesto anual.

Por acuerdo de la Asamblea General de fecha 6 de julio de 1991, los propietarios de la Urbanización de los Peñascales deciden agrupar en una sola asociación las dos Entidades Colaboradoras que existían en la...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
1 sentencias
  • SAP Madrid 6/2005, 15 de Septiembre de 2005
    • España
    • 15 Septiembre 2005
    ...o comunitarias creadas o reguladas por la ley (S.A.P. Madrid, Sección 14ª, de 11 de marzo de 2004 [JUR 2004\249170], S.A.P. de Madrid, Sección 14ª, de 31 de octubre de 2003 [JUR 2003\88201], S.A.P. de Madrid, Sección 14ª, de 6 de febrero de 2002 [JUR 2002\120539], S.A.P. de Madrid, Sección ......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR