SAP Madrid 1242/2007, 29 de Noviembre de 2007

PonenteMARIA JESUS CORONADO BUITRAGO
ECLIES:APM:2007:16683
Número de Recurso391/2007
ProcedimientoPENAL
Número de Resolución1242/2007
Fecha de Resolución29 de Noviembre de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 17ª

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID

SECCION 17ª

ROLLO DE APELACION Nº 391/07 RP

PROCEDIMIENTO ABREVIADO 483/05

JUZGADO DE LO PENAL Nº 8 MADRID

MAGISTRADOS ILUSTRISIMOS SEÑORES:

D. Ramiro Ventura Faci

Dña. María Jesús Coronado Buitrago.

Dña. Rosa Brobia Varona

La Sección Decimoséptima de la Ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid, en la causa al margen de referencia, ha

dictado,

EN NOMBRE DE SU MAJESTAD, EL REY

la siguiente

S E N T E N C I A Nº 1242/07

En la Villa de Madrid, veintinueve de noviembre de dos mil siete.

La Sección Decimoséptima de la Ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid, formada por los Ilustrísimos Señores Magistrados don Ramiro Ventura Faci, doña María Jesús Coronado Buitrago y doña Rosa Brobia Varona, ha visto el recurso de apelación interpuesto por la procuradora de los Tribunales doña Carmen Medina Medina en nombre y representación de doña Elena, contra la sentencia dictada con fecha cinco de marzo de dos mil siete, en procedimiento abreviado 483/05 por el Juzgado de lo Penal nº 8 de los de Madrid; intervino como parte apelada el Ministerio Fiscal y el procurador don Antonio Barreiro Meiro Barbero, en nombre y representación de doña Elisa, don Jose Pablo y don Felix. La Ilustrísima Sra. Magistrada doña María Jesús Coronado Buitrago actúa como Ponente y expresa el parecer del Tribunal.

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO

Con fecha cinco de marzo de dos mil siete, se dictó sentencia en procedimiento abreviado 483/05, del Juzgado de lo Penal nº 8 de los de Madrid.

En dicha resolución se fijaron los siguientes hechos, como probados:

El 6 de enero de 2005, Elena, mediante comparecencia en las dependencias policiales, formuló denuncia, en la que hacía constar que, sobre las 13 horas del mismo día, en el portal de su domicilio en la calle DIRECCION000 número NUM000 de Madrid, fue abordada por su vecino Jose Pablo (mayor de edad y sin antecedentes penales) que le propinó puñetazos y empujones, mientras el padre del agresor Felix (mayor de edad y sin antecedentes penales) s situaba junto a la puerta para impedir que saliera a la calle, personándose en el lugar Elisa (mayor de edad y sin antecedentes penales), madre y esposa, respectivamente, de los anteriores, que le arrebató las llaves de su vivienda, dos cazadoras y 400 euros que estaban guardados en uno de los bolsillos de esas prendas.

Elena fue asistida de traumatismo craneoencefálico leve, traumatismo costal, erosiones y contusiones en antebrazo derecho y contractura muscular cervical.

No se han probado los hechos denunciados ni la causa de las lesiones.

Su parte dispositiva contenía el siguiente fallo:

Que debo absolver y absuelvo a Elisa, Jose Pablo y Felix del delito y las faltas que se les imputaban, declarando de oficio las costas procesales.

SEGUNDO

Contra dicha sentencia, se interpuso, en tiempo y forma, recurso de apelación por la Procuradora doña Carmen Medina Medina en nombre y representación procesal de doña Elena.

TERCERO

Se dio traslado a las demás partes personadas, a fin de que pudieran formular sus alegaciones. Remitidas las actuaciones a este Tribunal, no se estimó precisa la celebración de vista, quedando pendiente el procedimiento de resolución en esta segunda instancia.

Se asumen y tienen por reproducidos los fijados como tales en la sentencia recurrida.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se...

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