SAP Madrid 327/2006, 7 de Noviembre de 2006

PonenteMARIA PILAR OLIVAN LACASTA
ECLIES:APM:2006:14708
Número de Recurso271/2006
Número de Resolución327/2006
Fecha de Resolución 7 de Noviembre de 2006
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 15ª

MARIA PILAR OLIVAN LACASTA

AUDIENCIA PROVINCIAL

SECCIÓN QUINCE

MADRID

RJ: 271/06

JUICIO DE FALTAS: 85/06

JUZGADO DE INSTRUCCIÓN: Nº 22 de MADRID

SENTENCIA Nº 327

ILMA. MAGISTRADA Dª MARIA PILAR OLIVAN LACASTA

En Madrid, a 7 de noviembre de 2006

Visto en segunda instancia por el Ilmo. Magistrado al margen referenciado, actuando como Tribunal unipersonal, conforme a lo dispuesto en el art. 82 nº 2 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, el recurso de apelación contra la sentencia de fecha 30-5-06, dictada por el Juzgado de Instrucción nº 22 de Madrid en el juicio de faltas nº 85/06. Han sido partes: de un lado, como apelantes Ariadna y Pablo y del otro como apelado Mutua Madrileña Automovilista y Carlos.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de Instrucción nº 22 de Madrid se dictó sentencia en el juicio de faltas antes mencionado con fecha de 30-5-06, cuya parte dispositiva dice: "Que debo condenar y condeno a Carlos como autor criminalmente responsable de una falta de lesiones por imprudencia a la pena de quince días de multa con una cuota diaria de 3 euros, que abonará en una sola vez cuando sea requerido para ello dada su escasa cuantía, y a que indemnice a Ariadna en la cantidad de 6.081,94 euros por lesiones y secuelas y a Pablo en la cantidad de 4.525 euros por los daños, con responsabilidad civil directa de la Compañía de seguros Mutua Madrileña Automovilista, a la que será de aplicación el interés del art. 20 LCS y al abono de las costas procesales causadas."

SEGUNDO

Notificada esta resolución a las partes, por Ariadna y Pablo se interpuso recurso de apelación alegando error en la valoración de la prueba.

TERCERO

Admitido el recurso, se efectuaron los oportunos traslados, presentando escrito de impugnación Mutua Madrileña Automovilista y Carlos.

Se aceptan los contenidos en la resolución impugnada, que se dan por reproducidas.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La primera pretensión, consistente en que se le imponga al denunciado una multa de un mes con una cuota diaria de 100 euros, no puede prosperar.

Argumenta el recurrente que la pena es demasiado benévola porque el acusado abandonó el lugar del accidente.

Sin embargo, tal argumento no justifica la pretensión mencionada, fundamentalmente, porque la gravedad de la conducta no puede justificar la imposición de una cuota multa de 100 euros. Parece olvidar el...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR