SAP Córdoba 309/2007, 1 de Junio de 2007

PonentePEDRO ROQUE VILLAMOR MONTORO
ECLIES:APCO:2007:890
Número de Recurso55/2007
ProcedimientoPENAL
Número de Resolución309/2007
Fecha de Resolución 1 de Junio de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Córdoba, Sección 1ª

SENTENCIA n. 309.-

Magistrado

Don Pedro Roque Villamor Montoro

Juzgado de Instrucción:

Córdoba 5

Juicio de Faltas

414/2006

Rollo 55/2007

En la ciudad de Córdoba a uno de junio de de dos mil siete.

Vistos por el Magistrado indicado constituido en Tribunal unipersonal, los autos de juicio de faltas referenciados al margen en virtud del recurso de apelación interpuesto por don Jose Manuel, asistido del Letrado sr. Tena Risquez, siendo parte apelada doña Milagros, y el Ministerio Fiscal.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de Instrucción indicado y con fecha 20.2.2007 se dictó sentencia cuyo fallo textualmente dice: "Que debo condenar y condeno a Jose Manuel como autor de una falta de lesiones prevista y penada en el artículo 617.1 del Código Penal, imponiéndole la pena de 6 días de localización permanente y a que indemnice a Romeo en la persona de su representante legal, en 264 € por los diez días no impeditivos a razón de 26,40 € por día no impeditivo, cantidad que devengará el interés previsto en el artículo 570 de la L. E. Civil y pago de las costas procesales. Dedúzcase testimonio de actuaciones a Fiscalía de Menores en orden a la conducta seguida por el menor."

SEGUNDO

Por escrito de fecha 26.03.07 se interpuso y formalizó por la parte indicada recurso de apelación contra dicha sentencia, del que se dió traslado a la parte apelada que presentó escrito de impugnación del mismo. Por el Ministerio Fiscal se solicitó la desestimación del recurso.

TERCERO

Remitidas las actuaciones a esta Audiencia, fue turnada por reparto, incoándose el correspondiente rollo y quedando para sentencia.

No se aceptan los hechos probados de la resolución recurrida

Sobre las 20:30 horas del día 16 de mayo de 2006, Jose Manuel llamó la atención junto a otros vecinos a tres jóvenes que se habían introducido en el interior de un patio vecinal, patiio Libertador Simón Bolívar 2 "Residencial Las Perlas" estando montando en bicicleta, y se les dijo que se marcharan, y si bien en un primer momento se manifestaron en el sentido de "no nos vamos porque no nos de la gana", "Puedes llamar a quien quieras", se consiguió entre varios vecinos que los dos jóvenes más pequeños abandonaran el patio, momento en que el joven de más edad, llamado Romeo, de 17 años de edad, se encaró con Jose Manuel diciéndole que le iba a meter fuego a su casa esgrimiendo en su contra una llave inglesa, ante lo que el citado Jose Manuel le dio una patada para evitar que lo golpeara, consiguiendo...

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