SAP Córdoba 52/2003, 27 de Febrero de 2003
Ponente | FRANCISCO ANGULO MARTIN |
ECLI | ES:APCO:2003:345 |
Número de Recurso | 27/2003 |
Número de Resolución | 52/2003 |
Fecha de Resolución | 27 de Febrero de 2003 |
Emisor | Audiencia Provincial - Córdoba, Sección 3ª |
D. FRANCISCO ANGULO MARTÍN
AUDIENCIA PROVINCIAL DE CÓRDOBA
SECCION Nº 3 DE LA AUDIENCIA PROVINCIAL DE CORDOBA
RECURSO:Apelación de Juicio de Faltas 27/2003
ASUNTO: 300154/2003
Proc. Origen: Juicio de Faltas 66/2001
Juzgado Origen :JUZGADO DE INSTRUCCION NUMERO 7 DE CORDOBA
Apelante:.
Verónica
Abogado:.Sr. Gallardo García
Procurador:.MARIA JOSE MEDINA LAGUNA
Apelado:CIA. SEGUROS FIDELIDADE S.A. Y AUTOTRANSPORTES URE
Abogado:Mª ISABEL DOMINGUEZ VERDIER
Procurador:LUCIA AMO TRIVIÑO
S E N T E NC I A N U M . 52/03
ILMO. SR.
MAGISTRADO
D. FRANCISCO ANGULO MARTÍN
En CORDOBA a veintisiete de febrero de 2.003
Vista en grado de apelación por el/la Ilmo./a. Sr/a. D/Dª FRANCISCO ANGULO MARTÍN, Magistrado de esta Audiencia Provincial de Córdoba, Sección Tercera, el presente Rollo de Faltas nº 27/2003; en primera instancia por el Juzgado de JUZGADO DE INSTRUCCION NUMERO 7 DE CORDOBA con el nº de Juicio de Faltas 66/2001 por falta de lesiones imprudentes, en el que ha sido parte apelante
Verónica
, representada por la Procuradora Sra. Medina Laguna y asistida del Letrado Sr. Gallardo García, y apelados la CIA. SEGUROS FIDELIDADE S.A. Y AUTOTRANSPORTES UREÑA S.A., representados por la Procuradora Sra. Amo Triviño y asistidosde la Letrada Sra. Domínguez Verdier, siendo parte el Ministerio Fiscal.
Por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez del Juzgado de INSTRUCCION NUMERO 7 DE CORDOBA se dictó con fecha 20-01-03 sentencia en cuyo fallo se dice: "FALLO: En atención a todo lo expuesto, por la autoridad que me confieren la Constitución española y el resto del ordenamiento jurídico, absuelvo a
Eugenio
de la falta por la que vino acusado, decretándose de oficio las costas procesales causadas en esta instancia.".
Contra dicha sentencia se interpuso recurso de apelación por
Verónica
y admitido tal recurso en ambos efectos, fueron elevados los autos a esta Audiencia, Recibidos, se formó el Rollo y se siguió este recurso por sus trámites.
UNICO.- Frente a la sentencia de fecha 20 de enero del 2003 dictada en esta Causa por el Juzgado de Instrucción nº 7 de los de esta ciudad, se alza en apelación
Verónica
, articulando su recurso en un solomotivo, el pretendido error en la apreciación de la prueba, afirmando la realidad del atropello como derivado no solo de las diversas lesiones sufridas, sino tambien de la opinión de...
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