SAP Madrid 298/2007, 18 de Abril de 2007

PonenteMIGUEL HIDALGO ABIA
ECLIES:APM:2007:8641
Número de Recurso171/2007
Número de Resolución298/2007
Fecha de Resolución18 de Abril de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 16ª

AUDIENCIA PROVINCIAL

SECCION DECIMOSEXTA

MADRID

ROLLO DE APELACIÓN Nº: 171/2007 RJ

JUICIO DE FALTAS 358/05

JUZGADO DE INSTRUCCIÓN Nº 4 DE ALCALÁ DE HENARES

SENTENCIA Nº 298/2007

D. MIGUEL HIDALGO ABIA

En Madrid, a dieciocho de abril de dos mil siete.

Visto por D. MIGUEL HIDALGO ABIA, Magistrado de ésta Sección 16ª de la Audiencia Provincial de Madrid, actuando como Tribunal Unipersonal, el presente Recurso de Apelación nº 171/07 contra la sentencia de fecha 26-2-07, dictada por el Magistrado del Juzgado de Instrucción nº 4 de Alcalá de Henares, en el Juicio de Faltas nº 358/05, interpuesto por la letrado doña Miriam Palenzuela Otalora, en defensa de Luis Francisco. Siendo parte apelada el Ministerio Fiscal y Sandra.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de Instrucción nº 4 de Alcalá de Henares en el procedimiento que más arriba se indica se dictó sentencia, de fecha 26-2-07, cuya parte dispositiva establece:

"FALLO: Que debo condenar y condeno a D. Luis Francisco, como autor criminal y civilmente responsable de una falta contra los intereses generales del artículo 631 CP, a la pena de treinta días de multa, con cuota diaria de 10 euros, con responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas impagadas, así como a que indemnice a Dña. Sandra, conjunta y solidariamente con la entidad aseguradora "Mapfre", en la suma correspondiente al valor del perro, tomando como base el precio de 110.000 pesetas (661´11 euros) y actualizándolo por aplicación de los IPC correspondientes a los años transcurridos desde la compra hasta la muerte del mismo, y en la suma de 4.000 euros por los daños morales causados. Se imponen a los denunciados las costas de este procedimiento".

SEGUNDO

Notificada dicha sentencia a las partes, por la letrado doña Miriam Palenzuela Otalora, en defensa de Luis Francisco, se formalizó el recurso de apelación, que autoriza el artículo 976 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, que hizo las alegaciones que se contienen en su escrito de recurso, que aquí se tienen por reproducidas, no pidiéndose la práctica de ninguna diligencia de prueba.

Del escrito de formalización se dio traslado por el Juez de Instrucción al Ministerio Fiscal y a las demás partes personadas por el plazo de diez días comunes para que pudieran adherirse o impugnarlo. Siendo impugnado por Sandra.

TERCERO

Recibidas las actuaciones en esta Audiencia Provincial se formó el correspondiente rollo de apelación, repartiéndose por turno para la resolución, conforme al artículo 82.2 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, al Magistrado que firma la presente sentencia.

Se confirman los de la sentencia recurrida, que aquí se tienen por reproducidos.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El recurrente discrepa con la valoración de la prueba realizada por el Juez Instructor en la sentencia recurrida, alegando vulneración del principio de presunción de inocencia.

"Aunque la fijación de los hechos y la valoración de los medios de prueba corresponde, en...

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