SAP Madrid 217/2005, 9 de Mayo de 2005

PonenteJOSE LUIS SANCHEZ TRUJILLANO
ECLIES:APM:2005:5292
Número de Recurso165/2005
Número de Resolución217/2005
Fecha de Resolución 9 de Mayo de 2005
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 2ª

MARIA CARMEN COMPAIRED PLOADORACION MARIA RIERA OCARIZJOSE LUIS SANCHEZ TRUJILLANO

CG

AUDIENCIA PROVINCIAL

SECCIÓN SEGUNDA

MADRID

Rollo: APELACION PROCTO. ABREVIADO 165 /2005

Proc. Origen: PROCEDIMIENTO ABREVIADO nº 15 /2005

Órgano Procedencia: JDO. DE LO PENAL N. 14 de MADRID

S E N T E N C I A Nº 217/05

ILMOS. SRES.

PRESIDENTA DÑA. Mª DEL CARMEN COMPAIRED PLO

MAGISTRADA DÑA. A. MARIA RIERA OCARIZ

MAGISTRADO D. JOSE LUIS SANCHEZ TRUJILLANO

En MADRID, a nueve de mayo de dos mil cinco.

VISTO, por esta Sección Segunda de esta Audiencia Provincial de Madrid, el recurso de apelación interpuesto por el Procurador D. Roberto Primitivo Granizo Palomeque, en representación de Carlos Ramón, contra Sentencia dictada por el Juzgado de lo Penal nº 14; habiendo sido parte en él el mencionado recurrente y el Ministerio Fiscal, en la representación que le es propia, actuando como ponente el Magistrado Ilmo. Sr. D. JOSE LUIS SANCHEZ TRUJILLANO.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En el Juicio Oral de referencia se dictó Sentencia con fecha 19/01/05, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: ›FALLO: Que debo condenar y condeno a Carlos Ramón como autor/a responsable/s de una falta de hurto en grado de tentativa, sin concurrencia de circunstancias modificativas, a la pena de 1 mes de multa con cuota diaria de 6 euros (en total 180 euros9, con responsabilidad personal subsidiaria de 15 días caso de impago y costas del juicio..‹

Y como Hechos Probados expresamente se recogen los de la sentencia apelada: ›Que el día 10 de Enero de 2005, s obre las 13,30 horas, Carlos Ramón, mayor de edad, sin antecedentes penales, y como quiera que se encontrara el vehículo ZI-....-K, propiedad de Luis Andrés, aparcado en la calle Fundadores de Madrid con un cristal de la ventanilla trasera previamente fracturado y y abierto, decidió entrar en el mismo y, con ánimo de obtener un beneficio, coger unas cintas de cassette y un spray de cargar mecheros, tasados en 6 euros. Cuando justamente se hallaba en el interior de dicho vehículo y con los objetos citados en la mano, fue sorprendido por el propietario del automóvil quien le retuvo hasta la llegada de la Policía. El vehículo o sufrió daños tasados en 70 euros, sin que conste acreditado que el acusado hubiera ocasionado dichos desperfectos. ›.

SEGUNDO

Contra dicha Sentencia, por la representación procesal del hoy recurrente, se interpuso recurso de apelación que formalizó exponiendo las alegaciones que constan en su escrito, el cual se halla unido a las actuaciones.

TERCERO

Dado traslado del escrito de formalización del recurso al Ministerio Fiscal, se presentó escrito de impugnación en base a la sentencia objeto de recurso plenamente ajustada a derecho solicitando su confirmación.

CUARTO

Por el Juzgado de lo penal más arriba referido se remitieron a este Tribunal los Autos originales con todos los escritos presentados y, recibidos que fueron, se señaló día para deliberación, la que tuvo lugar el día 09/05/05.

Se aceptan y se dan por reproducidos los hechos que en la sentencia recurrida se declaran probados.

FUNDAMENTOS JURIDICOS
PRIMERO

Recurre en apelación el Procurador Sr. Granizo Palomeque, en la representación procesal que ostenta de Carlos Ramón, contra la sentencia de 19 de...

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