SAP Teruel 9/2007, 25 de Abril de 2007
Ponente | FERMIN FRANCISCO HERNANDEZ GIRONELLA |
ECLI | ES:APTE:2007:103 |
Número de Recurso | 12/2007 |
Número de Resolución | 9/2007 |
Fecha de Resolución | 25 de Abril de 2007 |
Emisor | Audiencia Provincial - Teruel, Sección 1ª |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1
TERUEL
SENTENCIA: 00009/2007
AUDIENCIA PROVINCIAL DE TERUEL
ROLLO DE APELACION 12/2007
EXPEDIENTE DE REFORMA 29/2006
JUZGADO DE MENORES DE TERUEL
S E N T E N C I A Nº 9
Ilmos. Sres.:
PRESIDENTE:
D. Fermín Hernández Gironella
MAGISTRADOS:
Dª. María Teresa Rivera Blasco
Dª. María de los Desamparados Cerdá Miralles
En la ciudad de Teruel a veinticinco de Abril de dos mil siete
La Audiencia Provincial de Teruel, integrada para este asunto por los Magistrados anotados al margen ha examinado el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia del Juzgado de Menores de la Provincia de Teruel de fecha dieciséis de Enero de dos mil siete, recaída en los Expedientes de Reforma acumulados 29 y 30 de 2006, seguidos al menor Rafael. Ha sido parte apelante en el presente recurso el Ministerio Fiscal, y apelado el menor Rafael, defendido por el letrado D. Alfonso Casas Ologaray; siendo ponente el Ilmo. Sr. Presidente D. Fermín Hernández Gironella, que expresa el parecer del Tribunal.
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En fecha dieciséis de Enero de dos mil siete, el Juzgado de Menores de la Provincia de Teruel dictó sentencia en los Expedientes de Reforma acumulados 29 y 30 de 2006, en cuya parte dispositiva era del tenor literal siguiente: "Que debo absolver y absuelvo al menor Rafael de los hechos objeto de las presente actuaciones. Se declaran las costas de oficio".
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Contra la referida sentencia se interpuso recurso de apelación por el Ministerio Fiscal, que solicitó la revocación del la sentencia apelada, para que se dictase otra que revocase la recurrida y condenase al menor expedientado en los términos solicitados en su escrito de alegaciones
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En providencia del Juzgado de lo Penal, de fecha nueve de Febrero de dos mil siete, se admitió a trámite el recurso y se acordó dar traslado del mismo por diez días a la representación del menor Rafael, que evacuó dicho traslado en escrito fechado el día dos de Marzo siguiente, en el que se oponía al recurso, solicitando la desestimación del mismo y la confirmación de la resolución recurrida.
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Elevadas las actuaciones a este Tribunal, que las recibió en fecha veintiocho de Marzo de dos mil siete, se acordó la formación del oportuno rollo y la designación de Magistrado Ponente, y en providencia de fecha tres de Abril de dos mil siete se acordó convocar a las partes y al representante del Equipo Técnico a la celebración del vista, que tuvo lugar el día de la fecha, en la cual el Ministerio Fiscal interesó la revocación de la sentencia apelada, para que se dictase otra que condenase al menor expedientado en los términos solicitados anteriormente, en tanto que la representación del menor solicitó la desestimación del recurso y la confirmación de la resolución recurrida
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No se aceptan los hechos que la sentencia de instancia declara probados, que se sustituyen por los siguientes: En hora no concretada del día...
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