Extremadura aprueba el Plan de Recuperación del Águila Perdicera

AutorEva Blasco Hedo
CargoResponsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Páginas130-130
Recopilación mensual n. 64, Enero 2017
130
Publicado en Actualidad Jurídica Ambiental el 27 de enero de 2017
Extremadura aprueba el Plan de Recuperación del Águila Perdicera
Autora: Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro
Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Decreto 76/2016, de 13/12/2016, por el que se aprueba el Plan de Recuperación
del Águila Perdicera (Aquila fasciata) y se declaran zonas sensibles las áreas críticas para la
supervivencia de esta especie en Castilla-La Mancha. (DOCM núm. 244, de 19 de
diciembre de 2016)
Temas Clave: Biodiversidad; Especies en peligro de extinción; Planificación
Resumen:
El águila perdicera está incluida en el Anexo I de la Directiva 2009/147/CEE, relativa a la
Conservación de las Aves Silvestres, que requiere a los Estados Miembros de la Unión
Europea la designación de zonas de protección especial para su conservación. El artículo
86 de la Ley 9/1999, de 26 de mayo, de Conservación de la Naturaleza de Castilla-La
Mancha, establece la necesidad de redactar Planes de Recuperación para las especies
catalogadas “en peligro de extinción”.
A través de este decreto se definen las medidas necesarias para eliminar o aminorar los
factores que ponen en peligro su supervivencia. Las actuaciones comprendidas en el Plan
de Recuperación del águila perdicera en Castilla-La Mancha, se centran en las áreas críticas
y zonas de dispersión que se definen en el mismo y delimitadas según se dispone en el
anexo II del presente Decreto. El Plan contiene la zonificación del territorio precisa para la
realización de las actuaciones, la determinación de las áreas críticas para su conservación y
la normativa y limitaciones para los usos y actividades que deban ser de su aplicación.
Los objetivos y las actuaciones contenidas en el Plan se consideran de utilidad pública e
interés social.
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