REAL DECRETO-LEY 13/1998, de 18 de septiembre, por el que se conceden créditos extraordinarios y suplementos de crédito por importe total de 31.885.000.000 de pesetas para atender obligaciones derivadas de gastos de inversión del Ministerio de Medio Ambiente.

Fecha de Entrada en Vigor19 de Septiembre de 1998
MarginalBOE-A-1998-22013
SecciónI - Disposiciones Generales
Rango de LeyReal Decreto-ley
EXPOSICI”N DE MOTIVOS

El Ministerio de Medio Ambiente necesita crÈditos adicionales a los consignados en su presupuesto, para realizar actuaciones y pagos que no pueden demorarse a ejercicios posteriores, correspondientes a la DirecciÛn General de Obras Hidr·ulicas y de Calidad de las Aguas.

La citada DirecciÛn General, como consecuencia de contratos de obras y asistencias tÈcnicas en curso de ejecuciÛn, liquidaciones y revisiones de precios, expropiaciones y otras incidencias que generar·n obligaciones en el ejercicio en vigor, necesita una dotaciÛn adicional de†15.570.000.000 de pesetas.

El artÌculo†63 del texto refundido de la Ley General Presupuestaria, seg˙n la redacciÛn dada por la Ley†11/1996, de†27 de diciembre, de Medidas de Disciplina Presupuestaria, dispone que con cargo a los crÈditos de cada presupuesto sÛlo podr·n contraerse obligaciones derivadas de adquisiciones, obras, servicios y dem·s prestaciones o gastos en general, que se realicen en el aÒo natural del propio ejercicio presupuestario. Por ello, si las obligaciones derivadas de la actuaciÛn de la DirecciÛn General de Obras Hidr·ulicas y de Calidad de las Aguas se van a generar en el ejercicio†1998, deben recibir la oportuna cobertura crediticia de forma urgente e inaplazable, pues en caso contrario no podrÌan ser atendidas, ocasionado el correspondiente perjuicio para los terceros acreedores y desvirtuando la liquidaciÛn del presupuesto.

Adem·s, en el Presupuesto de este ejercicio existe una dotaciÛn especÌfica para atender obligaciones, generadas en ejercicios anteriores a†1997, que es necesario suplementar en la cantidad de†10.810.000.000 de pesetas para atender gastos de naturaleza similar a los referidos anteriormente.

Finalmente, ha de darse cobertura mediante los correspondientes crÈditos extraordinarios a diversas obligaciones generadas en el ejercicio†1997, por importe de†5.505.000.000 de pesetas.

Estas ˙ltimas obligaciones no pueden ser imputadas al ejercicio corriente por el procedimiento establecido en el citado artÌculo†63. Su pago no puede demorarse dado el perjuicio que supondrÌa para los acreedores y la propia din·mica presupuestaria exige que no se demore su aplicaciÛn a presupuesto, por lo que ha de dictarse la oportuna norma con rango de ley.

En su virtud, en uso de la autorizaciÛn contenida en el artÌculo†86 de la ConstituciÛn, a propuesta del Vicepresidente Segundo del Gobierno y Ministro de EconomÌa y Hacienda y de la Ministra de Medio Ambiente, de acuerdo con el Consejo de Estado y previa deliberaciÛn en Consejo de Ministros en su reuniÛn del†18 de septiembre de†1998,

DISPONGO:

ArtÌculo†1.

Para atender obligaciones del ejercicio†1997, se conceden crÈditos extraordinarios por importe de†5.505.000.000 de pesetas, en el vigente presupuesto de la SecciÛn†23 ´Ministerio de Medio Ambienteª, con el detalle que se recoge en el anexo I.

ArtÌculo†2.

Para atender obligaciones de ejercicios anteriores a†1997, se conceden suplementos de crÈdito por importe de†10.810.000.000 de pesetas, en el vigente presupuesto de la SecciÛn†23 ´Ministerio de Medio Ambienteª, con el detalle que se recoge en el anexo II.

ArtÌculo†3.

Para atender gastos de inversiÛn del ejercicio†1998, se conceden suplementos de crÈdito por importe de†15.570.000.000 de pesetas, en el vigente presupuesto de la SecciÛn†23 ´Ministerio de Medio Ambienteª, con el detalle que se recoge en el anexo III.

ArtÌculo†4.

Los crÈditos extraordinarios y suplementos de crÈdito que se conceden en los artÌculos anteriores se financiar·n con Deuda P˙blica, de conformidad con lo dispuesto en el artÌculo†101 del texto refundido de la Ley General Presupuestaria, aprobado por Real Decreto Legislativo†1091/1988, de†23 de septiembre.

DisposiciÛn final ˙nica.

El presente Real Decreto-ley entrar· en vigor el mismo dÌa de su publicaciÛn en el ´BoletÌn Oficial del Estadoª.

Dado en Madrid a†18 de septiembre de†1998.

JUAN CARLOS R.

El Presidente del Gobierno en funciones,

FRANCISCO ¡LVAREZ-CASCOS FERN¡NDEZ

ANEXO I CrÈditos extraordinarios

SERVICIO†05: DIRECCI”N GENERAL DE OBRAS HIDR¡ULICAS Y CALIDAD DE LAS AGUAS

AplicaciÛn DenominaciÛn Importe ? En pesetas
Programa†512.A. ´GestiÛn e infraestructura de recursos hidr·ulicosª.
ArtÌculo†60. InversiÛn nueva en infraestructura y bienes destinados al uso general:.
Concepto†608. Obligaciones de ejercicios anteriores (Real Decreto-ley†13/1998)................. 2.358.000.000
ArtÌculo†61. InversiÛn de reposiciÛn en infraestructura y bienes destinados al uso general:.
Concepto†618. Obligaciones de ejercicios anteriores (Real Decreto-ley†13/1998). 2.339.000.000
Total Programa†512.A. 4.697.000.000
ArtÌculo†60. Programa†441.A. ´Infraestructura urbana de saneamiento y calidad del aguaª.
InversiÛn nueva en infraestructura y bienes destinados al uso general:.
Concepto†608. Obligaciones de ejercicios anteriores (Real Decreto-ley†13/1998). 808.000.000
Total Programa†441.A. 808.000.000
Total crÈditos extraordinarios. 5.505.000.000
ANEXO II Suplementos de crÈdito

SERVICIO†05: DIRECCI”N GENERAL DE OBRAS HIDR¡ULICAS Y CALIDAD DE LAS AGUAS

AplicaciÛn DenominaciÛn Importe ? En pesetas
Programa†512.A ´GestiÛn e infraestructura de recursos hidr·ulicosª.
ArtÌculo†60. InversiÛn nueva en infraestructura y bienes destinados al uso general:.
Concepto†609. Expropiaciones, modificados, adicionales y otras incidencias de inversiones de ejercicios anteriores a†1997. 8.827.000.000
ArtÌculo†61. InversiÛn de reposiciÛn en infraestructura y bienes destinados al uso general:.
Concepto†619. Expropiaciones, modificados, adicionales y otras incidencias de inversiones de ejercicios anteriores a†1997. 1.966.000.000
ArtÌculo†62. InversiÛn nueva asociada al funcionamiento operativo de los servicios:.
Concepto†629. Incidencias de inversiones de ejercicios anteriores a†1997. 4.000.000
ArtÌculo†63. InversiÛn de reposiciÛn asociada al funcionamiento operativo de los servicios:.
Concepto†639. Incidencias de inversiones de ejercicios anteriores a†1997. 12.000.000
ArtÌculo†64. Gastos de inversiones de car·cter inmaterial:
Concepto†649. Incidencias de inversiones de ejercicios anteriores a†1997. 1.000.000
Total suplementos de crÈdito. 10.810.000.000
ANEXO III

Suplementos de crÈdito

SERVICIO†05: DIRECCI”N GENERAL DE OBRAS HIDR¡ULICAS Y CALIDAD DE LAS AGUAS

AplicaciÛn DenominaciÛn Importe ? En pesetas
Programa†512.A. ´GestiÛn e infraestructura de recursos hidr·ulicosª.
ArtÌculo†60. InversiÛn nueva en infraestructura y bienes destinados al uso general:
Concepto†601. Otras. 15.081.000.000
ArtÌculo†62. InversiÛn nueva asociada al funcionamiento operativo de los servicios:
Concepto†620. InversiÛn nueva asociada al funcionamiento operativo de los servicios. 273.000.000
ArtÌculo†63. InversiÛn de reposiciÛn asociada al funcionamiento operativo de los servicios:
Concepto†630. InversiÛn de reposiciÛn asociada al funcionamiento operativo de los servicios. 216.000.000
Total suplementos de crÈdito. 15.570.000.000

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