STSJ Comunidad de Madrid 1837/2006, 2 de Noviembre de 2006

PonenteELVIRA ADORACION RODRIGUEZ MARTI
ECLIES:TSJM:2006:13646
Número de Recurso354/2006
Número de Resolución1837/2006
Fecha de Resolución 2 de Noviembre de 2006
EmisorSala de lo Contencioso

T.S.J.MADRID CON/AD SEC.2

MADRID

SENTENCIA: 01837/2006

Recurso de apelación 354/2006

SENTENCIA NÚMERO 1837

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO

SECCI0N SEGUNDA

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Ilustrísimos señores:

Presidente.

D. Juan Francisco López de Hontanar Sánchez.

Magistrados:

Dñª. Elvira Adoración Rodríguez Martí.

D. Miguel Angel García Alonso.

Dña. Sandra González de Lara Mingo.

D. Francisco Javier Canabal Conejos.

D. Marcial Viñoly Palop

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En la Villa de Madrid, a dos de noviembre de dos mil seis.

Vistos por la Sala, constituida por los señores del margen, de este Tribunal Superior de Justicia, los autos del recurso de apelación número 354/2006, interpuesto por la Delegación del Gobierno en Madrid, representada por el Abogado del Estado, contra la Sentencia de fecha 24-1- 2006, dictada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 15 de los de Madrid, en el recurso de Procedimiento Abreviado nº 234/2005. Ha sido parte apelada D. Rosendo, estando representado por el Letrado Dª Jeannette Margarita Alfau Ortiz.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El día 24-1-2006, por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 15 de los de esta ciudad, en el Procedimiento Ordinario nº*, se dictó Sentencia cuyo fallo es del tenor literal siguiente:"Que estimando el recurso contencioso administrativo interpuesto por la Letrada Dª JEANNETTE ALFAU ORTIZ, en nombre y representación de D. Rosendo, contra la resolución de la DELEGACIÓN DEL GOBIERNO EN MADRID de fecha 19 de enero de 2005, denegatoria de la autorización de residencia temporal por circunstancia excepcionales, debo declarar nula la referida resolución por ser contraria a Derecho, debiendo ordenar a la Delegación del Gobierno en Madrid que proceda a otorgar al recurrente el permiso de residencia temporal solicitado en su día; sin hacer expresa condena en las costas. Contra la presente resolución cabe interponer recurso de apelación ante este Juzgado dentro de los quince días siguientes a su notificación, mediante escrito razonado que deberá contener las alegaciones en que se fundamente el recurso".

SEGUNDO

Por escrito presentado el día 28-2-2006, por el Abogado del Estado se interpuso recurso de apelación contra la citada sentencia formulando los motivos de impugnación frente a la resolución recurrida y terminó solicitando su admisión y estimación.

TERCERO

Por providencia de fecha 2-3-2003, se admitió a trámite el recurso y se acordó dar traslado del mismo a la parte contraria, presentándose por la representación de D. Rosendo escrito el día 22-3-2006, por el que se opuso al mismo y solicitó su desestimación y la confirmación de la Resolución recurrida.

CUARTO

Por resolución de fecha 24-3-2006, se elevaron las actuaciones de este Tribunal, correspondiendo su conocimiento a esta Sección Segunda, siendo designado Magistrado Ponente la Ilma. Sra. Dª. Elvira Adoración Rodríguez Martí, señalándose el día 2-11-2006, para la deliberación...

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