Orden 2/2003, de 30 de diciembre, de la Consejería de Presidencia y Acción Exterior, por la que se convoca una beca de formación en prácticas en la Oficina de La Rioja en Bruselas

SecciónIII. Otras disposiciones y actos
EmisorConsejeria de Presidencia y Accion Exterior
Rango de LeyOrden

Teniendo en cuenta los importantes procesos de integración política y económica en los que está inmersa la Unión Europea, la Comunidad Autónoma de La Rioja quiere promover y potenciar la formación de profesionales en asuntos comunitarios europeos que mejoren y complementen los recursos humanos con estas capacidades en La Rioja.

Para ello resulta especialmente apropiada la realización de prácticas profesionales en asuntos comunitarios. La oficina de La Rioja en Bruselas proporciona un campo de trabajo útil y práctico para conocer las políticas comunitarias y el funcionamiento institucional europeo de forma directa a aquellos titulados superiores que cuenten con el perfil académico adecuado y con un conocimiento de idiomas suficiente para poder aprovechar esta oportunidad formativa en un entorno transnacional y multilingüe.

Durante los últimos años se ha venido detectando un interés creciente de los universitarios riojanos con relación a las áreas comunitarias, por lo que el Gobierno de La Rioja estima conveniente impulsar una política de formación en temas comunitarios a través de la concesión de una beca de formación en prácticas en la Oficina de La Rioja en Bruselas.

La situación de la Oficina en la sede de diferentes Instituciones europeas proporcionará al becario un contacto diario con las mismas, así como con sus propuestas normativas, programas de trabajo, convocatorias, actividades... ofreciendo una visión de conjunto de las relaciones y el juego comunitario.

El becario contribuirá de forma directa a las actividades realizadas en la Oficina lo que le permitirá un amplio conocimiento de la normativa comunitaria y especial de aquellas áreas que presentan intereses especiales para La Rioja.

Este aprendizaje mediante prácticas será supervisado y tutelado por el personal de la Oficina de La Rioja en Bruselas y por la propia Dirección General de Acción Exterior en Logroño.

Estas prácticas profesionales contarán con un apoyo económico a disfrutar por el beneficiario que le permita establecerse en Bruselas con suficiencia de medios. Para lograr estos fines resulta adecuada la figura de la beca de prácticas, modelo aplicado por los principales organismos de la Unión Europea y por las distintas oficinas de las Comunidades Autónomas en Bruselas.

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 81 del Texto Refundido de la Ley General Presupuestaria y el artículo 4 del Decreto 12/92, de 2 de abril sobre procedimientos de concesión y gestión de subvenciones, se convocan becas de formación en prácticas dentro del límite de la consignación presupuestaria disponible en cada momento, con el propósito de continuar en futuros ejercicios en esta línea de apoyo a la formación de los jóvenes.

Es por lo que esta Consejería de Presidencia y Acción Exterior en uso de las facultades que la vigente legislación le confiere, dispone:

Artículo 1 Objeto.

La presente Orden tiene como objeto la convocatoria de una beca de formación en prácticas.

La beca versará sobre el tema: " Estudio y seguimiento de la participación de las CCAA en Asuntos Comunitarios, en la Oficina de la Comunidad Autónoma de La Rioja en Bruselas".

La beca de formación en prácticas tendrá como finalidad completar la formación académica a través de una apreciación directa de la realidad comunitaria en el núcleo principal de su actividad, la sede de las principales instituciones de la Unión Europea, en Bruselas, a través del enfoque que ofrece la experiencia de una Comunidad Autónoma como La Rioja y sus diversas gestiones ante la Unión.

Articulo 2 Cuantía económica.

La beca convocada por la presente Orden se financiarán con cargo a la aplicación presupuestaria 14 02 1311 488 del Presupuesto de la Dirección General de Acción Exterior para el año 2004.

La cuantía a percibir por el becario será de 1500 euros mensuales brutos, que serán abonados a mes vencido, todo ello a la vista del informe previo del tutor asignado que avale la realización mensual de los trabajos realizados por el becario.

En caso de producirse renuncia por parte del becario o la imposibilidad de continuar las prácticas por causa no imputable al mismo, éste percibirá...

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