STSJ Castilla y León , 28 de Junio de 2002

PonenteJUAN IGNACIO MORENO-LUQUE CASARIEGO
ECLIES:TSJCL:2002:3335
Número de Recurso38/2001
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución28 de Junio de 2002
EmisorSala de lo Contencioso

SENTENCIA En la ciudad de Burgos, a veintiocho de Junio de dos mil dos. En el recurso número 38/2001, interpuesto por METALIBERICA S.A. representada por la Procuradora Doña Elena Cobo de Guzman Pisón y defendida por el Letrado Don José María Alonso Duran, contra impugnación del Acuerdo del Jurado de Expropiación Forzosa de Burgos de 29 de noviembre de 2000 que estimando parcialmente el recurso de la parte actora y determina el valor expropiatorio que afecta a la finca urbana nº 197 del termino municipal de Burgos, con motivo del acondicionamiento del Camino de Santiago coincidente con la Carretera nacional 120 en el tramo de Cardeñajimeno a Tardajos, habiendo comparecido, como parte demandada la Administración General del Estado, representada y defendida por el Sr. Abogado del Estado en virtud de representación que por ley ostenta.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por la parte demandante se interpuso recurso contencioso-administrativo ante esta Sala el día 2 de febrero de 2001.

Admitido a trámite se dio al mismo la publicidad legal y se reclamó el expediente administrativo; recibido se confirió traslado al recurrente para que formalizara la demanda, lo que efectuó en legal forma por medio de escrito de fecha 14 de marzo de 2001 , que en lo sustancial se da por reproducido y en el que terminaba suplicando se dicte Sentencia por la que se declaren nulos, anule o revoque y deje sin efecto, los actos administrativos objeto del recurso, declarándose la obligación de reconocer el Justiprecio según las pretensiones anteriormente formuladas, con costas.

SEGUNDO

Se confirió traslado de la demanda por término legal a a la Administración General del Estado, quien contestó a medio de escrito de 4 de abril de 2001, oponiéndose al recurso y solicitando su desestimación en base a los fundamentos jurídicos que aduce.

TERCERO

Recibido el juicio a prueba se practicó con el resultado que obra en autos, evacuándose por las partes sus respectivos escritos de conclusiones, que obran unidos al recurso y señalándose el día 23 de mayo de 2002 para su votación y fallo, lo que se efectuó. Se han observado las prescripciones prevenidas en la Ley en la tramitación de este recurso jurisdiccional.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Que el objeto del presente recurso es la impugnación del Acuerdo del Jurado de Expropiación Forzosa de Burgos de 29 de noviembre de 2000 que estimando parcialmente el recurso de la parte actora y determina el valor expropiatorio que afecta a la finca urbana nº 197 del termino municipal de Burgos, con motivo del acondicionamiento del Camino de Santiago coincidente con la Carretera nacional 120 en el tramo de Cardeñajimeno a Tardajos para la que se fijó el precio de 12.500 ptas el m/2 por 1.861 m2 más el 5% de afección sumando una indemnización total de 24.425.625 ptas; que recurren los propietarios al considerar que la determinación del justo precio vulnera la Ley 6/1998 en cuanto los terrenos tienen un valor económico verdadero mucho mayor de uso claramente industrial. Además de solicitar un aumento por aplicación de IPC, depreciación por expropiación parcial, depreciación por...

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