Resolución de 7 de julio de 1982, de la Dirección General de Exportación, sobre bases generales reguladoras de la exportación de pepino fresco de invierno.
Marginal | A19689-19690 |
Sección | I - Disposiciones Generales |
Emisor | Ministerio de Economia y Comercio |
Rango de Ley | Resolución |
A tenor de lo previsto en la Orden ministerial de 3 de agosto de 1981 y a propuesta de la,correspondiente Comisión Consultiva Sectorial, esta Dirección General tiene a bien aprobar las siguientes bases generales reguladoras de la exportación de pepino fresco de invierno.
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La regulación Comercial de las exportaciones de pepinos frescos de invierno se llevará a cabo con arreglo a lo que establecen las presentes bases generales, a tenor de lo dispuesto en la Orden ministerial de 3 de agosto de 1981, del Ministerio de Economía y Comercio.
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Las normas de calidad se establecen en la Orden ministerial de 9 de julio de 1980 y en la Resolución de la Dirección General de Exportación de 9 de julio de 1980.
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Organismo competente
El Comité Permanente de la Comisión Consultiva Sectorial, de ámbito nacional, para la exportación de pepino fresco de invierno, constituido conforme a lo dispuesto en la Orden ministerial de 3 de agosto de 1981, modificada por la Orden ministerial de 30 de junio de 1982, se ocupará de la ejecución y desarrollo de las presentes bases generales y las especificas que se aprueben para cada campaña, así como también de la vigilancia del estricto cumplimiento de las medidas reguladoras que sean adoptadas.
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Comisiones Informativas en el extranjero
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En Londres, Rotterdam y Perpignan se constituirán Comisiones Informativas bajo la Presidencia del Consejero comercial Jefe, Consejeros agregados comerciales o Inspectores del SOIVRE agregados a la Oficina Comercial.
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Formarán parte de dicha Comisión Informativa dos representantes de cada una de las provincias de Almería, Cádiz, Granada, Málaga, Murcia, Las Palmas, Baleares y Santa Cruz de Tenerife, designados por la Comisión Consultiva Sectorial y a propuesta de las respectivas Asociaciones de Cosecheros-Exportadores de Pepino.
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Las Comisiones Informativas podrán reunirse siempre que lo estimen oportuno y preceptivamente los jueves durante la campaña de exportación, al objeto de informar a la Comisión Consultiva Sectorial sobre las condiciones de llegada de la fruta, la situación del correspondiente mercado o mercados, volúmenes de pepino importado de las diversas procedencias y perspectivas del mercado.
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Los respectivos Inspectores del SOIVRE informarán diariamente de los precios más generalizados de los pepinos, cuya precedencia y demás características se especifican en el...
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