STSJ Comunidad de Madrid 637/2006, 20 de Abril de 2006
Ponente | RAMON VERON OLARTE |
ECLI | ES:TSJM:2006:4419 |
Número de Recurso | 92/2006 |
Número de Resolución | 637/2006 |
Fecha de Resolución | 20 de Abril de 2006 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
RAMON VERON OLARTEANGELES HUET DE SANDEJUAN MIGUEL MASSIGOGE BENEGIUBERTA MARIA SANTILLAN PEDROSAJOSE LUIS QUESADA VAREAMARGARITA ENCARNACION PAZOS PITAJUAN IGNACIO GONZALEZ ESCRIBANO
T.S.J.MADRID CON/AD SEC.9
MADRID
SENTENCIA: 00637/2006
S E N T E N C I A Nº 637
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA
SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
SECCIÓN NOVENA
ILMOS. SRES.:
PRESIDENTE:
D. RAMÓN VERON OLARTE
MAGISTRADOS:
Dª. ANGELES HUET DE SANDE
D. JUAN MIGUEL MASSIGOGE BENEGIU
Dª. BERTA SANTILLAN PEDROSA
D. JOSE LUIS QUESADA VAREA
D. MARGARITA PAZOS PITA
D. JUAN IGNACIO GONZALEZ ESCRIBANO
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En la Villa de Madrid a veinte de abril del año dos mil seis.
Visto por la Sección Novena de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, el presente recurso de apelación nº 92/06 interpuesto por la Procuradora Sra. Salto Maquedano, en nombre y representación de don Rodrigo, contra el auto de fecha 21 de noviembre de 2005, dictado por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 24 de Madrid en el Procedimiento Ordinario nº 442/04 ; habiendo sido parte apelada la Administración demandada representada por el Servicio Jurídico de la Comunidad de Madrid.
El Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 24 de Madrid dictó auto en el Recurso Contencioso Administrativo antes citado del referido Juzgado en cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal: "Que debo inadmitir e inadmito el recurso presentado por el letrado D. ANTONIO MOZO SANCHEZ, en defensa de D. Rodrigo, y cuya representación ostenta la Procuradora Dª. Virginia Salto Maquedano. Sin imposición de costas".
Notificada dicha resolución a las partes, el Procurador Sra. Salto presenta escrito el 7 de diciembre de 2005 mediante el que interpone recurso de apelación contra el mencionado auto por entender que la misma era contraria a derecho.
Por providencia de 12 de diciembre de 2005 del Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 24 se tiene por interpuesto recurso de apelación que se admite en ambos efectos y se acuerda dar traslado a las partes para que en el plazo común de quince días puedan formular su oposición o adhesión al mencionado recurso.
La representación de la apelada se opone al recurso mediante escrito con fecha de entrada 2 de enero de 2006.
Recibidos los autos en esta Sección recae providencia 28 de febrero de 2006 mediante la que se acuerda el registro y formación de rollo; no habiéndose solicitado el recibimiento a prueba y no considerándolo necesario la Sala, quedan pendiente las actuaciones para señalamiento y fallo por no ser tampoco preciso el trámite de conclusiones.
En este estado se señala para votación y fallo el día 20/04/06, lo que así tiene lugar.
Siendo Ponente el Magistrado Ilmo. Sr. Don RAMÓN VERON OLARTE.
El auto de 21 de noviembre de 2005 del Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 24 , impugnado en el presente proceso, declara la inadmisibilidad del recurso contencioso por no existir acto administrativo impugnable toda vez que se recurre la imposición tácita de una sanción.
La parte recurrente...
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