SAP Barcelona 212/2007, 8 de Marzo de 2007

PonenteMARIA DEL PILAR PEREZ DE RUEDA
ECLIES:APB:2007:1029
Número de Recurso30/2007
ProcedimientoApelación penal
Número de Resolución212/2007
Fecha de Resolución 8 de Marzo de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Barcelona, Sección 3ª

AUDIENCIA PROVINCIAL

DE BARCELONA

SECCIÓN TERCERA

ROLLO Nº 30-2007

PROCEDIMIENTO ABREVIADO Nº 94-2006

JUZGADO DE LO PENAL Nº 2 de SABADELL

S E N T E N C I A N ú m. 212/2007

Ilmos. Sres.

  1. JOSÉ GRAU GASSÓ

Dª. ROSER BACH FABREGÓ

Dª. Mª DEL PILAR PÉREZ DE RUEDA

En la ciudad de Barcelona, a ocho de marzo de dos mil siete.

VISTO, en grado de apelación, ante la Sección Tercera de esta Audiencia Provincial, el presente rollo de apelación nº 30-2007, dimanante del Procedimiento Abreviado nº 94-2006, procedente del Juzgado de lo Penal nº 2 de Sabadell, seguido por un delito de lesiones, contra Jose Antonio y Jesús Luis y el Ministerio Fiscal; los cuales penden ante esta Superioridad en virtud del recurso de apelación interpuesto por Jesús Luis contra la Sentencia dictada en los mismos el día 19 de octubre de 2006, por el/la Sr/a. Juez del expresado Juzgado, compareciendo como parte apelada el Ministerio Fiscal.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La parte dispositiva de la Sentencia apelada es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que debo CONDENAR y CONDENO a Jesús Luis como coautor de un delito de lesiones del art. 147.1 del Código Penal, concurriendo en él la eximente incompleta de trastorno psíquico del art. 21.1 en relación al 20.1 del CP, a la pena de 4 meses de prisión y a la medida de seguridad de internamiento en establecimiento adecuado al tipo de anomalía psíquica y drogodependencia que padece por tiempo máximo de 2 años del que no podrá salir sin autorización de este tribunal, así como también se le condena al pago de la mitad de las costas procesales. Que debo CONDENAR y CONDENO a Jose Antonio como coautor de un delito de lesiones del art. 147.1 del CP a la pena de un año de prisión con la accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, y como autor responsable de una falta de lesiones del art. 617.1 del CP a la pena de un mes de multa con una cuota diaria de 4 euros (en total 120 euros) cuyo impago dará lugar a una responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas de multa no satisfechas, imponiéndosele finalmente el pago de la mitad de las costas procesales.".

SEGUNDO

Admitido el recurso y de conformidad con lo establecido en el artículo 795.4º de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, no siendo preceptivo el emplazamiento y comparecencia de las partes, se siguieron los trámites legales de esta alzada y quedaron los autos vistos para sentencia.

TERCERO

En el presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.

VISTO, siendo Ponente la Ilma. Sra. Magistrada Dª. Mª DEL PILAR PÉREZ DE RUEDA.

ÚNICO.- Se admite y reproduce la narración fáctica de la sentencia recaída.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se admiten los de la instancia.

SEGUNDO

Contra la sentencia que le condena como autor de un delito de lesiones previsto en el artículo 147.1 del C. Penal, Jesús Luis, a través de su representación procesal formula recurso de apelación alegando el error en la valoración de la prueba e infracción del principio constitucional de presunción de inocencia consagrado en el artículo 24.2 de la C.E., solicitando su libre absolución o, subsidiariamente se le aprecie la eximente completa prevista en el artículo 20.1 del C.Penal, reduciendo la medida de seguridad de internamiento en establecimiento adecuado a seis meses.

TERCERO

Examinadas las actuaciones que comportan el presente rollo de apelación, procederá el Tribunal al análisis de las cuestiones planteadas en el recurso, siguiendo el orden expositivo en que vienen...

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