ORDEN GRI/135/2013, de 21 de junio, de modificación de diversas órdenes de convocatorias de los fondos europeos en el marco del Programa operativo de los fondos FEDER Cataluña, tramo local, 2007-2013.
Sección | Disposiciones Generales |
Emisor | Departamento de Gobernación y Relaciones Institucionales |
Rango de Ley | Orden |
El Departamento de Gobernación y Administraciones Públicas aprobó mediante las órdenes GAP 442/2008, de 14 de octubre; 520/2008, de 28 de noviembre; 522/2008, de 28 de noviembre; 545/2008, de 2 de diciembre; 538/2010, de 18 de noviembre y 131/2009, de 23 de marzo, las bases reguladoras para seleccionar operaciones de los entes locales susceptibles de cofinanciación por el FEDER, para el periodo 2007 - 2013, y convocó el plazo de presentación de solicitudes para el cuadrienio 2007 - 2010 (ejes 2 y 4 y ejes 1 Girona, Lleida y Tarragona) y para el quinquenio 2007-2011 (eje 1 Barcelona y Cataluña).
Estas órdenes fueron modificadas, así la Orden GAP/442/2008, de 14 de octubre, por la Orden GAP/345/2009, de 6 de julio, y por la Orden GAP/578/2010, de 7 de diciembre; la Orden GAP/520/2008, de 28 de noviembre, por la Orden GAP/579/2010; la Orden GAP/522/2008, de 28 de noviembre, por la Orden GAP/601/2010, de 20 de diciembre; la Orden GAP/545/2008, de 2 de diciembre, por la Orden GAP/580/2010, de 14 de diciembre, y la Orden GAP/131/2009, de 23 de marzo, por la Orden GRI/302/2011, de 31 de octubre.
La modificación consistió en dar un nuevo redactado al artículo 6, que regulaba el periodo para ejecutar y pagar gastos de estas convocatorias, hasta el 31 de diciembre de 2010 y sólo para los entes que en esta fecha hubieran justificado, debidamente, haber iniciado su ejecución, se amplió el plazo hasta el 31 de diciembre de 2011 excepto la Orden GAP/131/2009, de 23 de marzo, que lo amplió hasta el 31 de diciembre de 2012. La Orden GAP/131/2009, de 23 de marzo, también fue modificada en la base 13.9, en relación con el adelantamiento mediante anticipo de la cofinanciación del 25% de la Diputación de Barcelona.
Vistas las numerosas peticiones de los beneficiarios en las que se solicitaba una prórroga de 6 meses para certificar el gasto total elegible de cofinanciación asignado, el 8 de febrero de 2012 y para los procedimientos regidos por las cinco primeras órdenes, el director general de Administración Local dictó una resolución que otorgaba una prórroga de 6 meses para certificar, en la aplicación SIFECAT, el gasto total elegible de cofinanciación asignado, a aquellos beneficiarios que a fecha límite de justificación de 31 de diciembre de 2011, hubieran ejecutado y pagado el 70% del gasto elegible y hubieran pedido prórroga, quedando, pues, para estos beneficiarios la fecha límite de certificación en 30 de...
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