Ética y derecho

AutorAntonio Viñas
Cargo del AutorProfesor Titular de la Universidad Autónoma de Madrid
  1. EL PUNTO DE CONEXIÓN ENTRE ÉTICA Y JURISPRUDENCIA

    Frente al saber cierto y demostrable (episteme), la opinión (doxa) supone un conocimiento del que no cabe excluir dudas y cuestiones. Esta distinción de raigambre filosófica también puede aplicarse al estudio del derecho, puesto que la contemplación del mismo es verificable desde el saber dogmático y abstracto, o bien desde la idea formulada como parecer o algo meramente verosímil. En Roma la tendencia al pensamiento abstracto, propio de la filosofía griega, es perceptible en los últimos siglos de la República. Se difumina bastante durante la época clásica y reaparece con relativa nitidez en época postclásica. Las leyes de la polis griega pretenden abarcar todos los repliegues del ser humano. Por eso no se registra una clara delimitación entre la ética y el derecho, y resulta problemático coordinar los pactos y convenciones por los que se rigen las distintas ciudades con la idea de una justicia absoluta e inmutable. Hasta Sócrates el ámbito de lo humano es más doxa que episteme y, por eso, no interesa especialmente. A partir de entonces el pensamiento filosófico emprende otro rumbo. Lo verosímil, lo que aspira a ser también puede considerarse objeto de admiración. El nosce te ipsum, traducción latina de la inscripción grabada en el frontispicio del templo de Delfos que algunos autores atribuyen a Sócrates, señala una nueva dirección en el orden del pensamiento. El ser humano y su quehacer más ordinario son susceptibles de análisis, al igual que, hasta ahora, lo había sido el ser de la naturaleza. La exaltación de la naturaleza imperante, hasta ahora, es sustituida por una peculiar valoración del ser humano. Lo humano en el seno de la naturaleza desempeña una función que destaca con cierta singularidad. Lo que había sido una constante en la preocupación filosófica se ve interrumpida por un nuevo planteamiento. Se trata de lo que se ha designado como giro socrático, consistente en la consideración de lo humano como un punto central de toda la naturaleza. Lo relativo al ser humano no supone un elemento más del conjunto. Ahora es la referencia ineludible que explica, impulsa y otorga sentido a una realidad integrada y armónica.

    La ética platónica implica una concepción en la que los intereses particulares y colectivos se identifican. Únicamente en la sociedad puede el individuo realizarse plenamente. Cuanto surge el conflicto y se rompe la necesaria armonía que ha de existir entre individuo y sociedad, entonces la solución ha de encontrarse en la educación, en la suficiente instrucción que permita restablecer el ajuste y la coordinación que requiere integrar lo público y lo privado. El eje sobre el que gira la ética de Platón es la polis, no el individuo. Se trata de un ética con signo marcadamente político y social.

    Aristóteles discurre en dirección similar al constatar la insuficiencia de las organizaciones que están en la base de la polis para satisfacer las necesidades individuales y de ahí deriva la exigencia de integrarse en una sociedad perfecta (polis), ya que sólo en élla es posible realizar los más altos fines de la vida comunitaria. Lo social y lo político no aluden a entidades perfectamente delimitadas, puesto que presentan contornos bastante difusos y, por lo mismo, sus fines son prácticamente idénticos.

    El pensamiento filosófico de los estoicos refleja una época de crisis y supone una vuelta a cuestiones tales como el sentimiento de la existencia individual y otras similares. Distintas influencias confluyen en esta filosofía. En lógica se opera con elementos tomados de Aristóteles. La dinámica heraclitea condiciona su concepción física y su ética adopta, originariamente, el mismo principio fundamental de la escuela cínica que consiste en vivir de acuerdo a la naturaleza, aunque luego la razón, como categoría superior de la misma naturaleza, -y aquí radica la aportación más propiamente estoicaseñala la trayectoria que debe seguirse. Se registra todo un repliegue, en el que se obvian consideraciones metafísicas, para adquirir una clara conciencia de humanidad igual y compartida. Una humanidad en la que la común naturaleza identifica a los que participan de la misma. El ser individual se diluye en la conciencia de pertenecer a la especie humana, acentuando el cosmopolitismo. Se preconiza la igualdad esencial de todo el género humano y, por tanto, las diferencias originadas por la familia, la ciudad o la condición social no anulan el nuevo vínculo que se establece y del que participan todos los griegos, incluidos los de la diáspora. No se admite tampoco la marginación de esclavos o extranjeros.

    El objetivo primordial de la ética estoica más evolucionada, uno de cuyos representantes más eximios vino a ser Panecio de Rodas, no es solamente la felicidad individual, estar y vivir de acuerdo a la naturaleza, sino que la naturaleza también tiene una vertiente cósmica que la razón exige tener en cuenta, y cuya consecuencia más inmediata es que la condición racional del ser humano impide que pueda negarse la existencia de una igualdad esencial entre griegos y bárbaros. En el estoicismo originario penetran ahora elementos de raíz platónica y aristotélica. La rigidez y el formalismo imperante en la primitiva cultura romana se resquebrajan un tanto ante el empuje del nuevo pensamiento que introduce la idea estoica de un estado universal en la concepción política romana, más pragmática y menos idealista que la griega. Que la ley sea expresión de una justicia de carácter universal responde al pensamiento griego de siempre. La novedad estoica radica en el hecho de establecer una jerarquía entre el derecho defectuoso y limitado de la ciudad y el derecho superior y más perfecto de la naturaleza. El cambio de dirección que puede implicar el recurso a la equidad hace que no siempre quepa identificación entre la justicia y el derecho positivo36.

    La especial valoración de todo lo humano es uno de los puntos sobre los que más ha incidido la filosofía estoica. La amplitud de objetivos y ausencia de prejuicios que caracterizan esta posición ideológica hacen que la misma pudiera hallar favorable acogida por parte de los ciudadanos romanos más cultivados. Un pueblo como el romano, imbuido de espíritu conservador, no podía permanecer indiferente frente a ideas que propugnan una peculiar orientación espiritual, pero que, en todo caso, discurren por los cauces señalados y tradicionales. Las preocupaciones de carácter ético aproximan la reflexión estoica a los problemas que han de resolver los juristas. Este parentesco teórico y práctico hace que la actividad de los juristas se ajuste a una ideología, inspirada, en gran medida, por el estoicismo.

    Es posible que la formación básica de los juristas romanos haya tenido lugar, inicialmente, al menos, en las escuelas de retórica, aunque luego el aprendizaje más especializado y técnico se realizase al lado de otro jurista acreditado y reconocido por su prestigio37. Así, pues, retóricos, filósofos y juristas compartirán sus estudios primarios, sin que ello fuese óbice para que, luego, la profesión de cada cual imponga los límites precisos en orden a individualizar la respectiva tarea. En los juristas laten principios de filosofía especulativa, pero la resolución inmediata de cuestiones prácticas y concretas, determina que los esquemas abstractos y especulativos sean marginados, al no presentar como objetivo próximo lo más pragmático y vital. El espíritu práctico de los romanos explicará el desdén con que, a veces, se observa la ocupación de filósofos y retóricos. Un senado-consulto del año 161 a. de C., autorizó al pretor para que prohibiese la estancia en Roma de retóricos y filósofos38.

    Sin perjuicio de que, en otra ocasión, se vuelva sobre este punto, nada impide afirmar que la conexión entre la reflexión griega y el ámbito cultural romano otorga a Cicerón un lugar de privilegio. Personifica este autor la apertura del eclecticismo romano, en el que laten las enseñanzas juveniles de sus maestros griegos, los académicos nuevos Filón de Larisa y Antíoco de Ascalona, el epicúreo Zenón de Sidón y el estoico Posidonio. Con Panecio de Rodas, maestro de Posidonio, reconoce Cicerón haber contraido una especial deuda intelectual. Su peculiar versión del estoicismo sirvió de fuente e inspiración inmediata para muchos de los pensamientos contenidos en el De Officiis. La trayectoria ciceroniana, característica de un ser inquieto y dubitativo, unifica en la misma persona a un teórico y práctico de la actividad política. Considera que la retórica ha de supeditarse a la oratoria que proporciona ideas contrastadas y no sólo opiniones para que el buen decir sea algo más que un sonido vacío de contenido. En la elocuencia se hace efectiva la mejor forma de expresión, la más alta función de la palabra. Versado en filosofía griega, Cicerón es consciente de sus límites y, a pesar de ser estudioso de las leyes, ni sus coetáneos lo consideran jurista, ni tal condición le atribuyen autores posteriores. Cuando a Aquilio Galo, que se sitúa en órbita distinta, le plantean cuestiones fácticas y puramente procesales remite lacónicamente al orador: Nihil hoc ad ius, ad Ciceronem39.

    El valor de lo humano será, a partir del estoicismo, un principio ineludible al que harán referencia constante todas aquellas reflexiones que pretendan una explicación del ser humano con vocación de totalidad. La afirmación de que toda la humanidad participa de la misma naturaleza común, aproxima ese planteamiento a un nuevo sistema religioso que entonces pugna por abrirse camino. El estoico Séneca, al ponderar la categoría humana, formula ideas suscribibles por cualquier cristiano: homo homini sacra res.

    Esa cercanía aclara que Tertuliano, un apologista cristiano, para referirse al filósofo, coetáneo de San Pablo, el llamado apóstol de las gentes, recurra a una expresión tan cargada de emoción y significado: Seneca saepe noster.

    La inspiración estoica, aunque no existan...

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