El estudio ZERP y ARBO

AutorEmilio González Bou
CargoNotario de Castelló d'Empúries
Páginas81-85

Page 83

El informe sobre el mercado de servicios de transmisión inmobiliaria europeo, elaborado por el Centre of European Law and Politics (ZERP) de la Universidad de Bremen encargado por la Comisión Europea considera que «la actividad notarial es de naturaleza esencialmente económica y no debería por ello ser calificada como ejercicio de autoridad pública» volviendo sobre la idea preconcebida de que el notario no desempeña una función pública y no es un funcionario ya defendida en su día por el famoso «Informe sobre la competencia en los servicios profesionales» de la Comisión Europea de 9 de febrero de 2004 (el «Informe Monti»), que quien escribe estas notas ya tuvo ocasión de comentar en la sección histórica de esta revista en el artículo correspondiente al año 1931.

No obstante, es importante destacar el hecho de ambos informes niegan el carácter de funcionario del notario exclusivamente en lo referente al mercado inmobiliario y por ello Sandra de Waele, responsable de Competencia de la Comisión Europea, ha reconocido que hay ciertos servicios notariales que son «bienes públicos» que presentan un valor para el conjunto de la sociedad y en particular para una buena administración de la justicia, lo que no daría lugar a suprimir la reglamentación existente.

En cualquier caso, el informe es sólo eso, un informe, y la Comisión ha anunciado que dirigirá una carta a los Gobiernos nacionales para que analicen los resultados del mismo instándoles a emprender las reformas necesarias, lo cual en los países de notariado latino implicaría tener que cambiar buena parte de la legislación sobre la seguridad jurídica preventiva. Así, en España los cambios serían realmente importantes ya que la configuración tradicional del notario como profesional del derecho que ejerce una función pública que resultaba del artículo 1 de la Ley Orgánica del Notariado de 28 de mayo de 1862 y el artículo 1 del Reglamento Notarial de 2 de junio de 1944 ha venido reforzada, decantando la balanza hacia el carácter funcionarial, tras la reforma de aquélla por las Leyes 24/2001, de 27 de diciembre, y 36/2006, de 29 de noviembre, y la de este último por el RD 45/2007, de 19 de enero, como ha declarado repetidamente la Dirección General de los Registros y del Notariado (ver resoluciones de 14, 20 y 28 de febrero de 2007).

Lo que resulta más curioso, es que del informe ZERP parece surgir una nueva forma de ver el carácter bifronte del notario como profesional y funcionario ya...

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