ORDEN ARP/277/2002, de 22 de julio, por la que se aprueban las bases reguladoras de las ayudas para la modernización de las estructuras sanitarias de las explotaciones de ovino y cabrío, y se convocan las correspondientes al año 2002.

SecciónDisposiciones Generales
Rango de LeyOrden

ORDEN

ARP/277/2002, de 22 de julio, por la que se aprueban las bases reguladoras de las ayudas para la modernización de las estructuras sanitarias de las explotaciones de ovino y cabrío, y se convocan las correspondientes al año 2002.

El sector del ovino y el cabrío, pequeño en términos absolutos dentro del sector agrario, es importante por su fuerte implantación territorial que en muchos casos va ligado al aprovechamiento extensivo de zonas no aptas para otros aprovechamientos.

La Ley 18/2001, de 31 de diciembre, de orientación agraria de Cataluña, dentro de los objetivos en el ámbito de la producción y la sanidad ganaderas, establece el de mejorar el rendimiento de los medios de producción ganadera con la finalidad, entre otras, de promover la adaptación de las explotaciones ganaderas para que los sistemas de producción sean más autosuficientes y respondan a las exigencias técnicas, sanitarias y de mercado.

Para mejorar la productividad de las explotaciones de ovino y cabrío, y controlar y erradicar determinadas enfermedades, se requiere la realización de diferentes actuaciones sanitarias y de manejo que, a menudo, se ven dificultadas por falta de las estructuras necesarias.

El Departamento de Agricultura, Ganadería y Pesca considera oportuno fomentar la modernización de las mencionadas estructuras sanitarias mediante la correspondiente línea de ayudas.

En consecuencia, de acuerdo con el artículo 92 del Decreto legislativo 9/1994, de 13 de julio, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña, y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas,

Ordeno:

Artículo 1

Aprobar las bases reguladoras de las ayudas para la modernización de las estructuras sanitarias de las explotaciones de ovino y cabrío, que se publican en el anexo de esta Orden.

Artículo 2

2.1 Convocar las ayudas destinadas a la modernización de las estructuras sanitarias de las explotaciones de ovino y cabrío, correspondientes al año 2002, de acuerdo con las bases reguladoras que se aprueban en el artículo 1 de esta Orden.

2.2 El plazo de presentación de solicitudes será de un mes contado desde el día siguiente de la publicación de esta Orden en el DOGC.

2.3 Para el año 2002, las inversiones objeto de ayuda deben realizarse dentro del año natural en el que se solicita la ayuda, y el 30 de octubre de 2002 es la fecha límite para presentar la documentación justificativa de las actuaciones para las que se solicita la ayuda.

2.4 El plazo máximo para emitir la resolución y notificarla por escrito al solicitante será de tres meses contado a partir de la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

2.5 La financiación de las ayudas que establece esta Orden irán a cargo de la partida presupuestaria D/771171000/7131 de los presupuestos del Departamento de Agricultura, Ganadería y Pesca, por un importe máximo de 360.607 euros.

Disposición final

Esta...

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