ORDEN FORAL 84/2013, de 26 de junio, del Consejero de Fomento, por la que se establece la estructura orgánica del Departamento de Fomento a nivel de Negociados.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

Por Decreto Foral 21/2013, de 20 de marzo, se ha establecido la estructura orgánica del Departamento de Fomento en la que se recogen las Direcciones Generales, Servicios y Secciones que se integran en la misma.

Como consecuencia de ello, procede la adecuación a lo dispuesto en el citado Decreto Foral de la estructura orgánica del Departamento de Fomento a nivel de Negociados.

En su virtud, y de conformidad con las facultades conferidas por el artículo 24.4 de la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra,

ORDENO:

CAPÍTULO I Artículos 1 a 24

Dirección General de Obras Públicas

SECCIÓN 1ª Artículos 1 a 11

Servicio de Estudios y Proyectos

Artículo 1 Estructura y adscripción de Negociados.

Las Secciones del Servicio de Estudios y Proyectos se estructuran en los siguientes Negociados:

  1. Sección de Proyectos:

    –Negociado de Normalización y Proyectos.

    –Negociado de Dirección y Ejecución de Proyectos I.

    –Negociado de Dirección y Ejecución de Proyectos II.

  2. Sección de Protección Ambiental:

    –Negociado de Proyectos Ambientales.

    –Negociado de Gestión Ambiental de Obras y Conservación.

  3. Sección de Expropiaciones:

    –Negociado de Afecciones y Valoraciones.

    –Negociado de Gestión de Expedientes y Pagos.

  4. Sección de Seguridad en la Construcción y Control de Calidad:

    –Negociado de Seguridad en la Construcción.

    –Negociado de Control de Calidad.

    –Negociado de Ensayos y Laboratorio.

  5. Sección de Administración y Control de Expedientes:

    –Negociado de Control Administrativo.

Artículo 2 Negociado de Normalización y Proyectos.

El Negociado de Normalización y Proyectos ejercerá las siguientes funciones:

  1. Comprobación de las afecciones previstas a bienes y derechos afectados tanto en lo que se refiere a expropiaciones como a ocupaciones temporales y servidumbres impuestas en los proyectos.

  2. Apoyo al Jefe de Sección de Proyectos en las tareas de análisis de la viabilidad de trazados de proyectos y comprobación sobre el terreno.

  3. Identificación de los propietarios afectados y entrega de los datos a los proyectistas para la elaboración de la relación de bienes y derechos afectados.

  4. Análisis de las alegaciones relativas a bienes y derechos afectados en la fase de información pública de los proyectos.

  5. Atención a los propietarios que demanden información y explicaciones sobre la causa y cuantía de las expropiaciones y servidumbres impuestas en los proyectos.

  6. Aquellas otras que se encomienden dentro del ámbito de su actividad.

Artículo 3 Negociados de Dirección y Ejecución de Proyectos I y II.

Los Negociados de Dirección y Ejecución de Proyectos I y II realizarán, en el campo de actuaciones que respectivamente les sean asignadas, las siguientes funciones:

  1. Confección de proyectos y estudios.

  2. Dirección de proyectos y estudios encargados a empresas consultoras.

  3. Realización de informes técnicos, urbanísticos y de afección a la programación o proyectos de la Red de Carreteras de Navarra.

  4. Aquellas otras que se le encomienden dentro del ámbito de su actividad.

Artículo 4 Negociado de Proyectos Ambientales.

El Negociado de Proyectos Ambientales ejercerá las siguientes funciones:

  1. Realización de estudios de impacto ambiental.

  2. Preparación, elaboración, adopción y aplicación de medidas relativas al tratamiento estético, ecológico y ambiental de proyectos de infraestructuras.

  3. Estudios sobre vegetación, con aplicación a la mejora de las obras públicas.

  4. Realización de proyectos de tratamientos y mejoras de taludes por medio de vegetación, de creación de pantallas protectoras contra nieve y viento, de áreas de descanso y otros relativos a la mejora ambiental de las obras públicas.

  5. Asesoramiento a los directores de proyecto para la obtención de mejoras ambientales en materia de obras públicas.

  6. Definición y aplicación a nivel de proyecto del tratamiento adecuado para vertederos relacionados con las obras públicas.

  7. Aquellas otras que se le encomienden dentro del ámbito de su actividad.

Artículo 5 Negociado de Gestión Ambiental de Obras y Conservación.

El Negociado de Gestión Ambiental de Obras y Conservación ejercerá las siguientes funciones:

  1. Control y gestión de las medidas relativas al tratamiento estético, ecológico y ambiental de las obras públicas.

  2. Gestión, en su caso, de las inversiones correspondientes a la integración medioambiental y ornamental de las obras.

  3. Asesoramiento a los directores de obra para la obtención de mejoras ambientales en materia de obras públicas.

  4. Gestionar y dirigir las relaciones de los directores de obra con las unidades administrativas competentes en materia de medio ambiente y patrimonio arqueológico.

  5. Aplicación del tratamiento adecuado para vertederos relacionados con las obras públicas.

  6. Mantenimiento, mejora y adecuación de las zonas verdes correspondientes a la Red de Carreteras de Navarra.

  7. Mantenimiento de los tratamientos medioambientales y ornamentales aplicados a la Red de Carreteras de Navarra y su entorno.

  8. Mantenimiento, mejora y adecuación de áreas de descanso y parada.

  9. Plantación, mantenimiento y mejora de bosquetes y plantaciones para la mejora estética del entorno de las obras públicas.

  10. Gestión y aplicación de normas de implantación y mantenimiento en tratamiento vegetal de taludes.

  11. Informes y memorias estadísticas.

  12. Aquellas otras que se le encomienden dentro del ámbito de su actividad.

Artículo 6 Negociado de Afecciones y Valoraciones.

El Negociado de Afecciones y Valoraciones ejercerá las siguientes funciones:

  1. Revisión y control de los parcelarios de los proyectos.

  2. Supervisión y control técnico de la ordenación urbanística respecto de los planes de inversión viaria.

  3. Realización y tutela de las valoraciones.

  4. Consecución y firma de entendimientos amistosos.

  5. Confección de las hojas de aprecio.

  6. Gestión de la actualización catastral de los inmuebles expropiados.

  7. Valoración técnica y realización de informes de las afecciones de los desarrollos urbanísticos en las infraestructuras viarias, hidráulicas, ferroviarias y aeroportuarias.

  8. Aquellas otras que se le encomienden dentro del ámbito de su actividad.

Artículo 7 Negociado de Gestión de Expedientes y Pagos.

El Negociado de Gestión de Expedientes y Pagos ejercerá las siguientes funciones:

  1. Gestión de los expedientes de expropiación.

  2. Control de pagos por depósitos previos y perjuicios de rápida ocupación recogidos en actas y/o consignados.

  3. Tramitación de pagos por indemnizaciones y/o justiprecios.

  4. Aquellas otras que se le encomienden dentro del ámbito de su actividad.

Artículo 8 Negociado de Seguridad en la Construcción.

El Negociado de Seguridad en la Construcción ejercerá las siguientes funciones:

  1. Asesoría a los proyectistas y directores de obra en materia de seguridad y salud.

  2. Asesoría a los proyectos de seguridad en las obras.

  3. Seguimiento del cumplimiento de medidas de seguridad y salud en la ejecución de obras.

  4. Seguimiento estadístico de todo aquello relacionado con la seguridad y salud en la ejecución de obras. Informes y memorias.

  5. Formación de terceros en materia de seguridad y salud.

  6. Relación con otros organismos competentes en materia de seguridad y salud.

  7. Aquellas otras que se le encomienden dentro del ámbito de su actividad.

Artículo 9 Negociado de Control de Calidad.

El Negociado de Control de Calidad ejercerá las siguientes funciones:

  1. Control de calidad de obras.

  2. Control de laboratorios externos.

  3. Control de ensayos con aparatos nucleares.

  4. Control de plantas asfálticas.

  5. Confección y valoración del Plan de Control de Calidad en las obras.

  6. Aquellas otras que se le encomienden dentro del ámbito de su actividad.

Artículo 10 Negociado de Ensayos y Laboratorio.

El Negociado de Ensayos y Laboratorio ejercerá las siguientes funciones:

  1. Ensayos de firmes.

  2. Auscultación de firmes (viga Benkelman, defrectógrafo, etc.).

  3. Control de permeabilidad en firmes drenantes.

  4. Control de calidad en señalización y balizamiento.

  5. Realización de ensayos químicos (pinturas, ligantes bituminosos, etc.).

  6. Aquellas otras que se le encomienden dentro del ámbito de su actividad.

Artículo 11 Negociado de Control Administrativo.

El Negociado de Control Administrativo ejercerá las siguientes funciones:

  1. Instrucción y tramitación de expedientes y resto de trabajos propios de la administración del Servicio.

  2. Coordinación, desde el punto de vista administrativo, del conjunto de Secciones y Negociados que integran el Servicio.

  3. Cooperación en el control y gestión del archivo de proyectos.

  4. Aquellas otras que se le encomienden dentro del ámbito de su actividad.

SECCIÓN 2ª Artículos 12 a 15

Servicio de Construcción

Artículo 12 Estructura y adscripción de Negociados.
  1. Las Secciones del Servicio de Construcción se estructuran en los siguientes Negociados:

    1. Sección de Obras I:

      –Negociado de Gestión de Obras I.

      –Negociado de Ejecución de Obras I.

    2. Sección de Obras II:

      –Negociado de Gestión de Obras II.

      –Negociado de Ejecución de Obras II.

    3. Sección de Obras III:

      –Negociado de Gestión de Obras III.

      –Negociado de Ejecución de Obras III.

  2. Se adscribe a la Dirección del Servicio de Construcción el Negociado de Asuntos Administrativos.

Artículo 13 Negociados de Gestión de Obras I, II y III.
  1. Los Negociados de Gestión de Obras I, II y III ejercerán las funciones que a continuación se indican, comunes a todos ellos pero aplicadas al ámbito de proyectos y obras que en cada momento tenga asignado cada Negociado:

  1. Participación en la Dirección de obra.

  2. ...

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